Filosofía en español 
Filosofía en español


Libro VIII. De las ciencias, artes y oficios
Título XVI. De los libros y sus impresiones, licencias y otros requisitos para su introducción y curso
ley ii

D. Carlos y el Príncipe D. Felipe en las ord. del Consejo hechas en la Coruña año 1554 cap. 14

Reglas que se han de observar en el Consejo sobre licencias para imprimir libros nuevos

Mandamos, que de aquí adelante las licencias, que se dieren para imprimir de nuevo algunos libros, de cualquier condición que sean, se den por el Presidente y los del nuestro Consejo, y no en otras partes: a los cuales encargamos, los vean y examinen con todo cuidado, antes que den las dichas licencias, porque somos informados, que de haberse dado con facilidad, se han impreso libros inútiles y sin provecho alguno, y donde se hallan cosas impertinentes. Y bien así mandamos, que en las obras de importancia, cuando se diere la dicha licencia, el original se ponga en el dicho Consejo, porque ninguna cosa se pueda añadir o alterar en la impresión. (ley 48, tit. 4, lib. 2, R.)