Filosofía en español 
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El valle de Andorra

De Lérida nos escriben lo siguiente:

Con el título de El valle de Andorra acaba de ver la luz pública en esta ciudad un interesante folleto, debido a los talentos del joven don Juan Miguel Sánchez de la Campa. Andorra, este país excepcional, olvidado en casi todos los tratados de geografía, esa especie de República, enclavada y por tanto tiempo conservada entre dos monarquías absolutas, es objeto en estos momentos de un expediente de la mayor importancia, sometido a la resolución del gobierno de S. M. Por una anomalía que no se comprende ni explica sino por la incuria de los gobiernos que se han ido sucediendo en muchos años, el valle de Andorra, que se dice Estado independiente, viene gozando una porción de privilegios que asimilan a sus habitantes y los hacen aun de mejor condición que los españoles.

Consisten principalmente dichos privilegios en la importación libre en España de toda clase de ganados nacidos y criados en el valle, y la de toda especie de productos de sus fábricas y agricultura, aexcepción del tabaco; en la exportación, libre también, de granos, caldos, sal, &c.; en la franquicia de documentos de seguridad pública para viajar por la Península, pues les basta para ello un pase de las autoridades del Valle; y en la de toda clase de contribuciones o impuestos para el gobierno español. La simple indicación de estos privilegios y la situación topográfica de Andorra entre España y Francia revelan por sí solas lo anómalo de las relaciones que sostenemos con aquel país, y los perjuicios que han de reportar la Hacienda y la Nación en general de tal estado de cosas. Llevado de un patriótico deseo, el de ser útil a su país, ha emprendido el señor Sánchez de la Campa y llevado a cabo con éxito la tarea de examinar el origen histórico de los privilegios que disfrutan y de cuya conservación se muestran tan celosos los andorranos, su índole y la influencia que ejercen en nuestras rentas y en nuestras industrias agrícola, fabril y comercial.

Para salir airoso de su empresa necesitaba el autor engolfarse en pesquisas históricas, sobre difíciles áridas, y acopiar multitud de datos oficiales, dispersos en los archivos del gobierno. No sabemos cómo ha podido hacerlo, mas es lo cierto que su infatigable actividad ha logrado superar los obstáculos, y no es ciertamente el menor mérito del opúsculo que examinamos el conjunto de curiosas noticias que encierra.

Acaso no desagrade a los lectores conocer el motivo que impulsó al señor Sánchez de la Campa a empeñarse en tan arduo trabajo, y se lo vamos a decir. En 1844 el administrador de rentas y aduanas de Seo de Urgel hubo de redactar y dirigir al de rentas unidas de la provincia una memoria sobre la introducción de géneros y ganados de Andorra, y en ella proponía los medios que a su juicio debían adoptarse para evitar el daño que irroga dicha introducción.

No sabemos que este documento produjera resultado alguno, ni que las oficinas se ocupasen de este asunto hasta que a mediados del año último una autoridad celosa y entendida, el señor gobernador que era a la sazón de la provincia, don Esteban León y Medina, creyó deber llamar la atención del gobierno sobre el estado de nuestras relaciones políticas y económicas con el Valle y proponer, como lo hizo, el modo de regularizarlas con ventaja. No hemos visto la exposición o memoria extendida por aquel ilustrado jefe, y por consiguiente no podemos juzgar de su mérito; empero, según nos lo revela el señor Sánchez de la Campa, en ella no se toca la importante cuestión sobre validez de los privilegios, sino que dándolos por existentes se consigna la necesidad de reconocerlos y respetarlos: además en la memoria del señor Medina se proponen varias medidas de grave trascendencia, encaminadas a evitar el escandaloso contrabando de tabaco, ganados, &c., de que es perenne foco el Valle, y estas medidas, si bien hijas del mejor celo, no son, sin embargo, a lo que parece, las más conducentes al objeto para que se proponen.

Esto era ya bastante por sí solo para que el señor Sánchez de la Campa no vacilase en completar, coordinar y dar al público sus apuntes. Circunstancias posteriores vinieron a decidirlo. Una real orden autorizó al gobernador señor Medina para entrar en negociaciones directas con las autoridades del valle, y su señoría, a fuer de empleado celoso se apresuró a desempeñar su cometido, trasladándose a Andorra y concluyendo con su consejo un convenio, un verdadero tratado internacional que se sometió a la sanción de nuestro gobierno. Conocemos al señor Medina, pues nos honramos con su amistad, y sabemos bien que en este, como en todo, obró guiado de su puro patriotismo y del más ardiente deseo del acierto: esta vez sin embargo desmintió su natural sagacidad, a juzgar por lo que de su obra nos dice el Sr. La Campa. Poco feliz ciertamente en los medios adoptados de acuerdo con las autoridades andorranas para conseguir la represión del contrabando, incurrió en la grave responsabilidad de reconocer implícitamente los fueros de aquellos habitantes, llamándolos república independiente y tratando con ella como de Nación a Nación, cuando a nuestro pobre juicio las negociaciones debieron haberse iniciado reclamando de los andorranos las pruebas de su nacionalidad e independencia, muy dudosas por lo menos. Mejor rentista que diplomático, por lo visto, el señor Medina olvidó en la cuestión lo principal por lo accesorio, y desgraciadamente ni en lo accesorio tuvo el mejor acierto.

En tal estado el señor Sánchez de la Campa creyó prestar un servicio importante, y lo ha prestado en efecto, llamando la atención pública sobre un asunto del que pudieran salir fácilmente lastimadas la integridad del territorio, las rentas generales y la industria nacional. Ignoramos si su trabajo es conocido del gobierno: lo suponemos sin embargo y aún atribuimos a esto en parte el que en materia tan grave no se haya dictado ya una providencia definitiva. Si así no fuese, si el gobierno pensase resolver la cuestión sin más antecedentes que la memoria del señor Medina y el convenio ajustado por él con los de Andorra, le aconsejaríamos suspender el juicio y consultar el folleto de que nos ocupamos. En negocios de esta clase, el error de un momento, el más ligero descuido puede traer consecuencias desastrosas e irreparables.

De buena gana nos detendríamos a analizar el trabajo del señor Sánchez de la Campa; pero la tarea aunque agradable y provechosa, sería demasiado larga. A los aficionados a cuestiones de derecho de gentes, a los que gozan en el examen de puntos históricos, oscuros y dudosos, a los que por deber o inclinación miran con interés todo lo que puede afectar la producción nacional y las rentas públicas, los remitimos al opúsculo del señor Sánchez de la Campa, con la seguridad de que han de dar por bien y útilmente empleado el tiempo que los ocupe la lectura.