Filosofía en español 
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La cuestión del cinematógrafo y la de la moral de la calle

Luis Soler

Contestación al cuestionario sobre la moral del Cinematógrafo

I. De todos los instrumentos del bien se puede hacer uso nocivo. El Cinematógrafo es inmoral, porque inmoral se le hace. Lo es, a pesar del Código penal, del reglamento de policía de espectáculos de 1886 y de las disposiciones de 1909. La aplicación de las prohibiciones decretadas en épocas diversas excluirían la perturbación y la disolución a que hace referencia la pregunta. Las corrupciones, los vicios, los delitos cometidos en el Cinematógrafo, no los consienten ni ejecutan el edificio, el aparato eléctrico de luz, ni la película. Están en vigor preceptos para las condiciones sanitarias de los pabellones destinados a esos espectáculos, lo están las medidas de moralidad. De la extralimitación no es responsable lo que no actúa. No solo no debe suprimirse el Cinematógrafo, sino que debe fomentarse, especialmente en las poblaciones donde la vida teatral es escasa. En Andalucía, hay muchos cinematógrafos al aire libre. Algunos taberneros, al advertir la coincidencia de la disminución de parroquianos y el aumento de Cinematógrafos, establecieron algunos de éstos en solares donde un mostrador y varias mesas substituían el tugurio industrial del local cerrado. En alguna provincia duró esto brevísimo tiempo. Las autoridades no consintieron la unión del Cinematógrafo con la taberna.

II. No. Ningún espectáculo tan adecuado al temperamento de los niños. Quieren éstos muchas cosas, variedad en ellas, rapidez en la exposición. No ofrecen estas condiciones los demás espectáculos. Ese distrae como ninguno, emociona, narra, sus cuentos e historias gráficas despiertan el amor a la geografía e infiltran en los ánimos infantiles grandes sentimientos. Las películas penetran en el alma de los niños más intensamente que las voces de los actores. Si hay películas perjudiciales, también hay obligaciones en las autoridades para su prohibición, como se hace con las armas de las cuales usan los artistas en los espectáculos. Primero son reconocidas, después, retiradas, si ofrecen riesgo.

III. Ninguno.

IV. Fuera posible y no sería realmente novedad, después de la intervención de los vecinos en las funciones de policía y de la delegación de facultades judiciales en la mujer, convertida en cooperadora de la autoridad para la represión de la trata de blancas. Pero, no se debe dar al maestro esa jurisdicción. No la ha menester allí donde un Gobernador se proponga que en las calles circundantes de la escuela, no existan focos inmorales. Sobre esto, conozco más casos que teorías. La autoridad siempre ha prevalecido, no obstante, las amenazas de los invocadores de la libertad personal... para la inmoralidad. El maestro puede vigilar, saber, comprobar, advertir, denunciar; es suficiente. Hoy fuera su jurisdicción coercitiva más dificultosa, porque las disposiciones vigentes han reemplazado en muchas partes las asociaciones inmorales compuestas por seis, ocho o más personas, por otras de menor número, con libertad no limitada sino por inspecciones sanitarias.

V. El maestro puede denunciar todo lo que ve, todo lo que sabe, y aún sería obra de corrección y educación reunir cuanto alcanzan ojos y juicio y hacer colección de hechos, entregarlos a las autoridades y a sociedades de propaganda de moralidad para formular reclamaciones... No lo harán. ¡Si no les dejarían vivir!

Luis Soler
Director del Diario de Barcelona.