Filosofía en español 
Filosofía en español

Servando Teresa de Mier, Discurso

[ José Servando de Mier Noriega y Guerra ]

 
Discurso del Dr. D. Servando Teresa de Mier
sobre la encíclica del Papa León XII

 
Quinta impresión revisada y corregida por el autor

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México 1825,
Imprenta de la federación, en palacio

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Dicatur ergo verum, maxime ubi
aliqua quaestio, ut dicatur, impellit.
S. Aug. de Don. persev. cap. 16.

 
Dígase pues la verdad,
principalmente si alguna cuestión
impulsa para decirla.

 

Tan mal me pareció que el filántropo de Pueblo viejo hubiese impreso la circular (eso quiere decir encíclica) del Sr. León XII, debiendo saber que conforme a la constitución de nuestra república, acorde en esto con la práctica de todas las naciones católicas, ningún diploma romano puede publicarse sin el pase del gobierno general; como me ha disgustado el ruido que se ha hecho sobre una cosa que no lo merece.

Lo primero, porque no se nos ha comunicado la encíclica por alguna vía auténtica, sino únicamente por la gaceta de Madrid, conducto sospechosísimo. Lo segundo, porque hay en ella varias apariencias de apócrifa y entre otras choca desde luego, que habiéndose expedido en Roma a 21 de septiembre del año pasado, y remitidose en el 6 de noviembre [4] por el rey de España para su examen a su Consejo que llama de las Indias, no se haya publicado sino en la gaceta de Madrid de 10 de febrero del presente año: como si el Consejo hubiese necesitado tanto tiempo para consultar sobre una pieza tan sencilla, tan urgente y oportuna a los intereses de su nación. Lo tercero, por que no se infiere de la encíclica lo que a su pie quiere y dice Fernando 7º de que volvamos a su obediencia. El papa mal informado por él supone que aun estamos en ella, y nos exhorta a la unión y la paz. Puntualmente si algo puede persuadir, que la encíclica no fue forjada en la península, es que no dice lo que el rey quiere que diga.

Es una mera carta de cumplimiento escrita en guirigay místico, o más clarito: es una gatada italiana de aquellas con que la corte de Roma se suele descartar de los apuros y compromisos en que la ponen las testas coronadas; y de cuyo juego de manos son los primeros a burlarse aquellos astutos áulicos. [5] Para probar lo dicho y que nuestro pueblo se instruya fundamentalmente sobre este género de materias por lo que pueda sobrevenir en adelante, permítaseme tomar las cosas desde su origen.

Los hombres a fuerza de adorar a Dios por mano de sus ministros y oír de boca de ellos sus oráculos, han llegado a adorar a aquel y a estos con el transcurso del tiempo, a creer ambos igualmente infalibles, y a confundir sus atributos y poderes. De ahí es, que no sólo en el Indostán, en el Japón, en Turquía y Persia creen soberanos de todo el mundo los jefes supremos de su culto; sino que en Europa misma a fines del siglo XI se afianzó igual opinión respecto del jefe del cristianismo, doctrina no sólo desconocida sino diametralmente opuesta la de la venerable antigüedad.

Desde tal época a un pedazo de papel bulado que se disparaba de Roma todas las naciones cristianas se conmovían en masa, los reyes erizados de acero marchaban [6] unos contra otros, tal vez hijos contra padres, y los emperadores descalzos y temblando venían a postrarse a los pies del sucesor de un pobre pescador de Galilea para conservar su trono. Otros monarcas lo perdían entre arroyos de sangre, y por solo la querella miserable de las investiduras se dieron entre cristianos 80 batallas campales.

En tan infeliz tiempo se descubrió la América. El genovés Cristóbal Colombo (castellanizado Colón) buscando por el rumbo de occidente la India oriental para enriquecer a España con el comercio de sus especerías, encontró en el año de 1492 con las islas que hoy llamamos Antillas en el archipiélago Caribe. Una de ellas es Cuba o Cubanacan, que no alcanzando entonces a bojear por su longitud de 300 leguas, creyó ser un continente. Regresó luego a España dando cuenta de haber descubierto aquellas islas y un continente o nuevo mundo, cuyos habitantes conocían a Dios aunque no a Jesucristo, y eran tan dóciles y buenos que voluntariamente se [7] someterían a los reyes de Castilla. Aconsejó a estos pidiesen aquellas tierras al sumo pontífice señor del mundo, y en el año siguiente 1493 Alejandro VI español les hizo donación de las islas y nuevo continente descubierto (la isla de Cuba) en nombre y por la autoridad de san Pablo y de san Pedro, a quien Jesucristo estableció por dueño universal del orbe, a fin de que enviasen al nuevo, así dice la bula, varones doctos y piadosos para que instruyesen en el cristianismo a sus indígenas.

La corte española empero juzgó más conveniente enviar primero soldados que allanasen el camino a los misioneros, y demonios encarnados en España, como llama justamente el santo obispo Casas a los conquistadores, con su pergamino pontificio en una mano, y la espada en la otra, tocaron a degüello sin interrupción 70 años desde un polo al otro polo, hasta dejar anegada la mitad del globo en un océano de su sangre: dizque porque eran rebeldes a sus reyes [8] legítimos de Castilla en virtud de la donación papal, que ni siquiera de cumplimiento se habían tomado el trabajo de hacer saber a los inocentes indios. Ningún rey de Europa en tan largo periodo osó extender la mano a participar de presa tan opulenta. Todos creían el dominio universal del papa, y el que lo hubiese negado entonces, habría sido quemado por hereje; como lo fue en México el irlandés Lamport, última fritanga solemne de nuestra santa inquisición.

¡Gracias a Dios que todo error tiene término! Luis XIV de Francia, habiéndose embrollado con Roma, pidió en 1682 a la asamblea del clero de su reino, tomase en consideración entre otros puntos relativos al papa el dominio universal que se le atribuía. 8 arzobispos, 26 obispos y 36 presbíteros diputados del clero que componían aquella sabia asamblea, proscribieron unánimes el tal dominio universal del papa, tanto directo como indirecto, por contrario a la palabra de Dios, a la tradición de los padres y a los [9] ejemplos de los santos. En vano tronó Roma, y aun quiso prohibir la doctísima Defensa que escribió el gran obispo Bossuet de esta doctrina del clero galicano: infinidad de teólogos y canonistas de todas las naciones heridos como con un nuevo rayo de luz, y escudados bajo una decisión tan respetable, la adoptaron, sostuvieron y propagaron de manera, que el que hoy defendiese la potestad temporal del papa, aun solo respecto del mundo cristiano, si no era quemado como hereje, sería enjaulado como un loco de atar. Y así lo fue en España de orden de Carlos IV un clérigo de Valladolid que dio en esa manía.

Ni yo puedo concebir como un absurdo semejante pudo caber entre cristianos y durar tanto tiempo su creencia, estando en contradicción expresa con la doctrina de Jesucristo, la de sus apóstoles, la de los santos padres, y el ejemplo de todos. Nuestro Salvador dijo a Pilatos: mi reino no es de este mundo.{1} [10] ¿Cómo pudo pues, imaginarse dueño de este su vicario? Uno de dos hermanos dijo a Jesucristo: Maestro, manda a mi hermano que divida conmigo la herencia. Hombre, le respondió: ¿quien me ha establecido juez o divisor entre vosotros?{2} Si no tocaba serlo a Jesucristo según el oficio que ejercía en la tierra y del cual hizo vicarios a sus apóstoles, ¿de dónde y cómo vino al sucesor de san Pedro la potestad de dividir el mundo entre quienes se le antoje, y ser juez universal de las naciones?

San Bernardo uniendo el texto que acabo de citar al otro en que Jesucristo dijo a san Pedro: yo te daré las llaves del reino de los cielos: de quienes perdonares los pecados serán perdonados, escribía al papa Eugenio III: «sobre los pecados pues recae tu potestad y no sobre las posesiones, pues para aquellos y no para estas recibiste las llaves del reino de los cielos»{3} San Pablo escribió a los [11] romanos: toda alma esté sujeta a las potestades supremas{4}. Habla de los poderes supremos establecidos en las naciones, y san Juan Crisóstomo dice sobre estas palabras del apóstol: «este mandato comprende no sólo a los seculares, sino también a los sacerdotes y los monjes. Toda alma dice el texto esté sujeta a las potestades supremas, aunque sea apóstol, aunque sea evangelista, aunque profeta o cualquier otro sea quien fuere»{5}. Nadie pues, se exceptúa aunque sea papa.

Y así efectivamente estuvieron los papas muchos siglos sujetos a los emperadores aún idólatras y herejes, hasta que por voluntad del pueblo romano llegaron a ser señores independientes. ¿Y cómo no les habían de estar sujetos, si el Pontífice de los pontífices lo estuvo también al poder de los Césares que halló establecido en su patria; y consultado sobre pagarles el tributo, dijo a los judíos: dad al César lo que es del César?{6} [12] Compareció ante el tribunal de Pilatos como presidente de Judea y le dijo, que la potestad que tenía para juzgarlo provenía del cielo{7}. San Pablo apeló también al César contra el sumo pontífice de los judíos que lo perseguía{8}. Nada mudó Jesucristo con la institución del sacerdocio cristiano de los derechos políticos de las naciones ni de sus autoridades, como demuestra Bossuet{9}.

Fácil me sería seguir con él y otros muchos autores católicos amontonando pruebas contra la potestad temporal del papa en el mundo, como que es una doctrina nueva, y todo lo que es nuevo en materias de religión es falso, o a lo menos sospechoso. Pero sólo he traído esto poco aunque suficiente para ilustración del pueblo, porque me consta, que la corte de Roma, que no es lo mismo que la silla apostólica, aunque batida y abandonada en este punto, no abandona en [13] secreto sus pretensiones ambiciosas, esperando hacerlas valer cuando se le presente la ocasión. Trasladado el archivo pontificio en 800 rollos a París, vi en él con tanta sorpresa como escándalo las instrucciones reservadas de los nuncios dadas en épocas recientes, donde se les previene, que aunque callen y contemporicen, no comprometan ningún paso contra la potestad temporal del papa cosa ya decidida en Roma.{*} Pero si esto pasa así en las tinieblas, en público aun los apologistas más apasionados de las prerrogativas pontificias, como es el cardenal Orsi, no se atreven a defender una doctrina tan desacreditada por no decir más.

¡Ah! sin esto ya desde 1810 en que se alzó el grito de nuestra independencia, hubieran los españoles atraído sobre nosotros los rayos del Vaticano. Apelaron por eso las [14] bayonetas y los cañones repitiendo a nuestra vista casi todos los crímenes de la conquista. Desengañados por último, que ya no las habían contra indios desnudos armados de flechas y macanas, han vuelto los ojos, por si pega, a su acostumbrado naipe de la religión, y tomado el recurso desesperado de probar si nos alborotan y dividen como marras con un pergamino gótico-ultramontano. El mismo Fernando nos instruye de que ha tenido consultas sobre esto con su Consejo de las indias, y ya me parece que estoy oyendo a sus ministros y consejeros.

«Señor: los americanos en general son unos páparos: los hemos creado en la ignorancia, y por sí y a nuestro ejemplo son propensos a la superstición. A título de religión han sufrido 300 años un yugo verdaderamente pesado: y a pesar de las ráfagas de luz que no han podido impedir las leyes y la inquisición penetrasen hasta ellos, su necedad se manifiesta en el mucho provecho nuestro y daño suyo que produjeron las excomuniones [15] de nuestros obispos e inquisidores, aunque por el hecho solo de ser españoles visto estaba, que no podían ser jueces y partes a un mismo tiempo. De suerte que a no haber habido entre los insurgentes tanto clérigo y fraile que entendían y les desenvolvían la maraña, todavía estuviéramos mandando. ¿Qué efecto, pues, no causaría entre ellos cualquier cosa de Roma, en cuya entera obediencia los hemos educado a propósito? Nosotros acá distinguíamos las materias en que deberíamos o no prestarla; pero allá no convenía indicarles las diferencias, porque en todo caso contábamos con el papa en nuestro favor. Es preciso ahora exigirle algo para que nos sirva de buscapié por si prende: nada se pierde cuando todo está perdido.»

Conforme parece a mi consejo: doy por sentado que el rey decretó con esta fórmula de uso, y se expidió orden a su ministro plenipotenciario en Roma para que presentase por medio del cardenal Albani, secretario de [16] estado de S. S. las preces al efecto, que según se colige bien claro de la encíclica, dirían en sustancia de la manera siguiente.

«Smo. padre: el rey católico mi augusto amo Fernando VII, cuya sublime y sólida virtud le hace anteponer al esplendor de su grandeza el lustre de la religión y felicidad de sus súbditos, con sumo dolor de sus paternales entrañas, recurre a las de V. Santidad, para que como vicario de Jesucristo, que nos dejó por testamento la paz y ordenó la obediencia a los reyes legítimos cuya potestad viene de Dios, se sirva exhortar a los M. RR. arzobispos y RR. obispos de las Américas españolas para que prediquen en ellas eso mismo. Algunas hordas de díscolos forajidos, ya excomulgados por los obispos e inquisidores, han alborotado a los fieles vasallos de S. M. C. en las indias, llevando por todas partes el trastorno, la opresión, el robo, saqueo, asesinato, y desolación; y lo que es más sensible todavía, introduciendo la herejía, la irreligión y la [17] impiedad, frutos inseparables de las juntas secretas infernales de masones y carboneros proscritas por vuestros antecesores a petición de los reyes. Han intentado corromper a los católicos súbditos de S. M. con mil folletos impíos e inmorales, y calumniado atrozmente las augustas y distinguidas cualidades del rey mi amo. Este no ha omitido medio alguno para restablecer el orden, restituir la paz, inducir a la unión y sostener la religión, para todo lo cual los obispos le han ayudado con buen éxito. Pero ya se ha resfriado su celo con la opresión, y es digno de aquel en que arde V. Santidad como cabeza de la iglesia, de excitárselo, cooperando con S. M. C. a salvar la religión del naufragio que le amenaza, y a un estado tan benemérito de la silla apostólica. Bien tienen modelos que proponerles en los españoles de la península siempre leales a su rey y señor natural. Todavía es tiempo, Smo. padre, mi amo aún reina en los corazones de la mayor parte de los americanos, y sus ejércitos están triunfantes en varias partes. [18] Aquellos habitantes son por su naturaleza pacíficos y siempre han sido piadosos: aquellos dominios fueron donados por la silla apostólica a los reyes de Castilla; y por la obediencia ciega a los oráculos de aquella, en que se ha tenido cuidado de educar a los indígenas, ha podido mantenérseles tan largo tiempo en la sumisión, no obstante las distancias. No es menester sino que oigan el silbo apostólico del supremo pastor, y ellos se apresurarán a volver al aprisco de la iglesia, a la obediencia de V. Santidad y de su rey legítimo.»

«¿Hay verdad alguna en estas preces? Exclamarán irritados mis lectores. ¿No es el tal Fernando un monstruo tanto en lo político como en lo moral? ¿La conducta relajada de este sátiro no ha sido un escándalo continuado así en Valencey como en Madrid? ¿Su despotismo tiene limites? ¿su crueldad no es la de un Nerón? ¿su ala no es más fea que su cara y es mucho decir? ¡Tirano [19] ingratísimo! los héroes que lo redimieron del cautiverio y le conservaron el trono a costa de sacrificios inmensos, o han subido a los patíbulos, o yacen en las mazmorras, o mendigan en países extranjeros. Fernando es precisamente uno de aquellos reyes que Dios amenaza dar en su furor. Dabo reges in furore meo

Yo sólo diré lo que presencié en Londres el año de 1815. Allí se acostumbra cuando algún suceso estrepitoso causa grande sensación en el pueblo, convocarlo con cartelones impresos a un punto señalado para tal día y tal hora a discutir un problema relativo. El que se propuso fue: ¿quién es peor el antecristo o Fernando VII? El concurso fue numeroso, y tales excesos de S. M. C. se produjeron en la discusión, que salió resuelto a la unanimidad que era peor que el ante-cristo.

No necesitamos refutar sus preces en orden a nuestra religiosidad. Basta leer el artículo 3 tít. 1º de nuestra constitución. «La religión es y será perpetuamente la católica [20] apostólica, romana. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.» Si entre nosotros circulan aunque a sombra de tejado algunos libros impíos, no se escribieron ni imprimieron acá. Malos españoles, a lo que parece, refugiados en Burdeos traduciendo librejos allá mismo detestados, y cierto solo capaces de seducir a necios, están empeñados en transmitirnos el veneno de su impiedad, como si de la desmoralización consiguiente resultase algún bien a las sociedades; pero ya se trata de contener a sus introductores con el rigor correspondiente. Mientras, las leyes que prohíben los libros impíos y obscenos están vigentes, y la autoridad eclesiástica expedita para condenarlos.

Tampoco han tenido que ver con nuestra libertad las juntas de masones, que los reyes ven por todas partes, como Napoleón soñaba con los ingleses, porque les tenía miedo. Sus injusticias son las que han estado cargando tres siglos la mina secreta de nuestra [21] indignación; y Fernando con su cobardía y sus renuncias fue quien le pegó fuego para que reventase con la independencia. Si algunas juntas secretas intervinieron para ella, fueron de aquellas, por cuya supresión tratan las mismas leyes españolas de tiranos a los reyes. Dándose en la ley 10 tít. 1 partid. 2 las señas por donde se dan a conocer los tiranos, dice: «que estos vedaron siempre en sus tierras las cofradías e ayuntamientos de los hombres, e procuran saber todo lo que se dice e faze en la tierra.»

En una palabra: católicos siempre, y gloriándonos de serlo, nada hemos variado en el dogma, en el moral, ni en la disciplina expuesta por su naturaleza a variaciones y reformas. Aun en algunos puntos de ella, sobre los cuales bien podríamos prescindir de Roma, porque más son usurpaciones que derechos suyos, hemos preferido sacrificar los nuestros a la paz y unión con el sumo pontífice. Nuestro gobierno dio a reconocer por circulares al Sr. León XII como sucesor de Pío VII, [22] cuyas exequias mandó igualmente celebrar en toda la república. Nuestra constitución autoriza a su presidente para celebrar concordatos con la silla apostólica{10} (aunque inauditos con razón por 15 siglos en la iglesia{*}) y ya va navegando al efecto un ministro plenipotenciario.

Si no lo recibiere como hizo con el de Colombia, según dicen, por temor de Fernando y protestas de su ministro, hemos cumplido, la culpa no será nuestra y el Papa será responsable a Dios. Siempre que nosotros creamos todo lo que cree la iglesia universal, que eso quiere decir católica, como dogma necesario para la salvación, la nuestra no corre riesgo por esta parte, estamos dentro del arca, aun millares de anatemas injustos no alcanzarían a echarnos fuera de ella. La religión de Jesucristo celestial y universal por [23] su naturaleza no depende de los caprichos de su jefe ministerial, de intereses políticos ni manejos de gabinetes. Menos depende de localidades y travesías de mares inmensos. Cada iglesia en su seno, mientras tenga obispos y presbíteros, tiene los elementos necesarios para conservarse y extenderse. Recurriremos, si Roma se obstina, al mismo medio que en circunstancias iguales han intentado todas las naciones católicas. Volveremos a la primitiva y santa disciplina de la iglesia: a regirnos por aquellos cánones verdaderos y legítimos, que como dice el papa san León el grande, hechos con el espíritu de Dios y consagrados con la reverencia de todo el orbe, no pueden ser abolidos por autoridad alguna, ni prescribir con ningún lapso de tiempo. ¡Quién me diese ver en mi senectud renovarse los días hermosos de la juventud de la iglesia! La desgracia es, que la amenaza sola de apelar a este medio legal, (que acabaría de una vez con todas las modernas pretensiones de la corte Romana apoyadas únicamente en las [24] decretales de Isidoro, cuya ficción y falsedad hoy es notoria) hace cejar de su rumbo al orgulloso Tíber. El no amenaza salir de madre, sino contra los que ignorando los límites prescritos a sus olas, temen donde no hay que temer. Ibi trepidaverunt timore ubi non erat timor.

Para todo caso tengan bien presente mis paisanos lo único que tenemos obligación de creer acerca del romano pontífice, porque tan malo es no creer nada como creer demasiado: lo primero es impiedad, lo segundo superstición, la religión está en el medio. Solo le que es de fe, porque Dios lo reveló y la iglesia universal así lo cree, y lo ha creído siempre así desde el principio, tiene derecho a cautivar nuestro entendimiento, y en su obsequio debemos dar hasta la vida. Todo lo demás está sujeto al examen de nuestra razón. Examinad todas las cosas, nos dice el apóstol, y adoptad sólo lo que sea bueno: Omnia probate, quod bonum est tenete.{11} [25] Ahora bien: el gran obispo Bossuet, a quien no falta sino la antigüedad para ser un padre de la iglesia, en su Exposición de la fe católica, exposición elogiada en toda la iglesia y aun aprobada con dos Breves a propósito del sumo pontífice Inocencio XI dice: «que lo único que la fe nos enseña acerca del romano pontífice es, que como sucesor de san Pedro es el jefe de la iglesia.»{12} La extensión de su autoridad, la manera de ejercerla y todo lo demás que modernamente le han atribuido las falsas decretales y algunos canonistas y teólogos escolásticos, es todo disputable, y por consiguiente no forma parte necesaria de nuestra creencia. Está sujeto a nuestro examen: Omnia probate, quod bonum est tenete.

Volviendo a las preces o alegatos de [26] Fernando, es cierto, que algunos obispos y los inquisidores, todos españoles, haciendo su negocio, excomulgaron a los insurgentes; porque dicen los buenos de los inquisidores en su edicto dogmático publicado en México en 27 de agosto de 1808: «que debemos creer de de divina que los reyes vienen de Dios, y que la soberanía del pueblo es herejía manifiesta.» ¡Dichosa herejía que enseñan santo Tomás, san Vicente Ferrer, el papa Gelasio 1º{*} y que si fuese éste lugar, les probaría yo con los mismos concilios nacionales de España celebrados en Toledo! Solamente los tres idiotas que componían entonces aquel tribunal nefando, pudieron atreverse a calificar de herética una doctrina, que desde fines del siglo pasado hasta hoy han jurado con solemnidad sucesivamente, como se ve por sus [27] constituciones, Francia, España, Portugal, Italia y todas las Américas, es decir la inmensa mayoría de la iglesia católica. Y en orden a los reyes tan no es de fe que vienen de Dios, que el papa san Gregorio 7º en una decretal dirigida a Herman obispo de Metz se empeña en probar que vienen del diablo, príncipe de este mundo. «¿Quién ignora, dice, que los reyes tuvieron principio de aquellos, que ignorando a Dios y llenos de soberbia, rapiñas, perfidia, homicidios, y últimamente de casi todo género de maldades, obrando en todo el diablo príncipe de este mundo, intentaron con ciega ambición y presunción intolerable dominar sobre los hombres aunque son sus iguales?{13} «Si tales son las herejías de que Fernando nos acusa ante el Papa, respondemos que los verdaderos herejes eran sus inquisidores, porque a la fe no puede añadirse ni quitarse y por consiguiente, tan herejía es negar que es de fe lo que lo es, como [27] afirmar que es de fe no lo que no es. Este es un axioma teológico.

Querer ahora persuadir que no son más que unas hordas y puñados de díscolos los independientes de América, son patadas de ahorcado. Con la victoria de Ayacucho quedó limpia la América hasta del último soldado español desde el cabo de Hornos hasta Kanchaká. Toda ella, excepto un par de islas y un peñasco a vista de Veracruz, está libre, constituida en seis repúblicas,{*} en plena paz y reconocida por las naciones que tienen el tridente de los mares. Y nadie está tan loco que aventure un suspiro por Fernando el deseado. Si alguno creyó en otro tiempo, que nos convenía un rey de casa ya reinante en Europa, conforme al plan de Iguala, para que así más pronta y fácilmente reconociesen nuestra independencia sus potencias, y se evitase acá la división, jamás fue para que desde allá nos mandase siguiendo uncidos al [29] ominoso carro de la Península, sino para que viniese a reinar entre nosotros. Variadas las circunstancias y constituida ya la nación en república, no es dable que hombre alguno de mediano juicio pueda insistir en un desatino, que causaría mayores males que los que antes deseaban evitarse con ese arbitrio. El término de borbonistas es una invención maligna, o de los que deseaban se prefiriese Itúrbide a un príncipe venido de Europa, o de bribones anarquistas y revoltosos, que no sabiendo como excluir de los mandos y empleos a muchos hombres de bien, amigos del orden y más patriotas que ellos, para sustituirse en su lugar, los apodan con ese epíteto odioso solo creíble por mentecatos.

Por todo lo dicho, se me replicará, debiera el Papa ser más cauto, y no dejarse engañar hasta prodigar elogios desde tan alto a un pícaro notorio. Pero el Papa no había de ponerse a desmentir al ministro plenipotenciario de España apoyado en su exposición de los papeles públicos, aunque asalariados, de España y Francia. Ni había de enviar [30] comisionados sobre los lugares respectivos para que le informasen, como que tuviese de pronunciar una sentencia judicial. No es este el giro diplomático. En tal lenguaje al Papa se le nombra siempre santísimo aunque sea un Alejandro VI, a quien el cardenal Baronio llama el hijo de perdición. Se trata de eminencia a un cardenal aunque sea del tamaño de un camino. Un principito mamando, aunque llorón y rabioso, es alteza serenísima, y a cada paso nosotros mismos tratamos de excelentísimo a cualquier indignísimo, pero que tiene aquel tratamiento por su rango. Y por último, los Papas, decía Clemente XIV, son como los reyes que no saben la verdad sino cuando oyen cantar el evangelio.

Si alguno me dijere que su Santidad podía excusare con buenas palabras muy propias del estilo diplomático, no es tan fácil como parece teniendo a cuestas la santa alianza. Cualquier reyezuelo basta para despojar al Papa de su pequeño territorio; y menos puede desairarse a S. M. C. porque España [31] es el granero de la famélica Roma. España es nuestra baca de leche, ya solo en ella produce algo nuestra carta pécora (el pergamino de los diplomas pontificios,) me decían los romanos en 1802. Entonces les iban de España y sus Indias por dispensas etc. 600.000 ps. anuales de que una parte tocaba a su Santidad y el resto a infinidad de ministriles y dependientes que sacaban su vientre de mal año. Al ministro de España, que no disfrutaba más sueldo que el de la agencia, le subía cada año su contingente a 30.000 ps. Otros tantos disfrutaba de pensión el cardenal Celada, 17.000 el de Yorck. Otros cardenales eran canónigos de España, como el mismo Papa lo es de Toledo. Hasta la princesa Santa Croce, a causa de su influjo en la corte romana, tenía una buena pensión, y aun estaba tirando la suya el lego asistente del papa Ganganeli. Muchos señorones habían servido en España y disfrutaban sus sueldos. Allí gastaba el cardenal Lorenzana gran parte de las rentas de su arzobispado de Toledo. Allí se consumían [32] los patrimonios y las pensiones de los ex-jesuitas americanos y españoles, de quienes algunos como Masdeu tenían asignadas hasta nueve para que escribiesen; y existían otras mil socaliñas, porque aquel país de ociosos y mendigos siempre ha vivido a costa ajena. Es verdad que las cortes de Cádiz habían reducido la papa a poca cosa; pero todo lo ha restablecido el Fernandito: y a eso quizás alude su plenipotenciario cuando dice, que prefiere al esplendor de su trono el lustre de la religión; pues saciar el hambre de Roma también se llama por allá religión. Y por supuesto que nada de esto puede seguir haciendo España sin las minas de las Indias. Concluyamos pues, que era indispensable dijese algo Roma sobre la petición de un rey tan benemérito de casa para su consuelo.

«Pase pues, así proveería el cardenal secretario de estado, según lo resuelto en la audiencia del Santísimo tenida tal día, la exposición del ministro de España al prelado destinado ad litteras, para que supuesta la verdad [33] de las preces extienda… ¿una bula? no, es cosa muy grande: ¿un breve? no, también es cosa gorda: vaya un quid pro quo, una carta circular que con el nombre griego de encíclica suene mucho aunque diga muy poco.

Aquí de las deliberaciones, ansias y habilidad de Monseñor ad litteras. ¿Si fulminásemos excomunión…? No, no, ya pasó ese tempo: todo el mundo sabe que en materias políticas no es más que un abuso, y que toda excomunión injusta es nula y de ningún efecto. A fuerza de abusar de los rayos del Vaticano, se desvaneció su ilusión, y los ven pasar tranquilamente como fuegos fatuos. Esas son armas que no valen sino para quien las teme. Pero ¿mandaremos siquiera simplemente a los americanos que obedezcan al nieto español del zapatero Capeto, porque todo poder viene de Dios y él es su rey legítimo...? No, tampoco, porque eso de su rey legítimo es meternos en un laberinto de donde no podremos salir con honor. Tales decisiones son buenas para el congreso de Viena y la santa alianza, que responden satisfactoriamente [34] a los argumentos de los sabios con un millón de bayonetas. Tampoco nos saca del apuro el decirles que todo poder viene de Dios. Es una verdad de Pero-Grullo, porque Dios es el origen de todo lo que no es el pecado; pero la aplicación de ese poder a las dinastías, a las familias y a los individuos viene de la voluntad de los pueblos, como consta de las historias de todas las naciones; y así nada hemos avanzado. Lo mismo hay en las repúblicas. Fuera de que también la hambre y la peste vienen de Dios, y no por eso se infiere de ahí que no debamos comer ni huir del contagio: es de bárbaros fatalistas, como son los moros, no tomar preservativos contra la peste, porque Dios lo ha conchado así, como ellos dicen.

Pero ¿no podremos decir que en Fernando hay disparidad, porque los reyes de Castilla obtuvieron las Indias por donación del Papa sucesor de San Pedro, a quien Jesucristo endonó el señorío de todo el mundo? menos eso que todo, porque nos pedirán el [35] título de esa donación de Jesucristo a San Pedro, y saldrá tan falsa como la del emperador Constantino al papa San Silvestre. En suma nos dirán los americanos que nos metamos con la religión que es lo que nos toca, y es la que vino a plantar Jesucristo para santificar a los hombres; no a variar los derechos imprescriptibles de los pueblos de que él mismo es autor como Dios. Monseñor ad litteras por tanto no hizo nada de lo dicho. Apeló a los lugares comunes pontificios de paz, caridad, unión, piedad, religión; amontonó hebraísmos y frases místicas que aturrullan al pueblo porque no las entiende, y salió avante con un pliego de hojarasca, que hubiera valido entre nosotros a un escolar veinte y cinco azotes.

«¿Eh che fare? diría Monseñor limpiándose el sudor de la frente, ¿que hacer? era menester decir algo. Si con tan poca cosa se alborotan los americanos, son unos papanatas que no merecen ser libres. Cualquiera sabe que todo lo que dimana de Roma es inválido y nulo si ha habido en las preces obrepción o [36] subrepción, esto es, si se ha omitido la verdad necesaria, o se ha expuesto lo que es falso.{14} Claro está, que a inmensas distancias y en tanto cúmulo de negocios de toda la cristiandad, no podemos acá averiguar la verdad de las preces: las insertamos por eso en los rescriptos ya a la letra ya por vía de narración como al presente, y si no siempre se expresa, se subentiende siempre la cláusula condicional: si praeces veritate nitantur, si las preces están fundadas sobre la verdad.»{15}

Tiene razón Monseñor, así es todo como lo dice, y nosotros seríamos unos bestias, si sabiendo con evidencia, que no hay una palabra de verdad en todas las preces de Fernando, y que ha callado la situación verdadera de las Américas para sorprender al Papa y tentar de dividirnos con su encíclica, se nos diese un pito de ella. Lo dicho, [37] es una gatada italiana para salir del compromiso.

Pero aún hay más que advertir sobre lo que nos venga de Roma para prevenir al pueblo contra lo que pueda recabar de un pontífice oprimido la santa alianza. Los Papas son hombres y pecadores como todos los miserables hijos de Adán. Pueden pues abusar de su autoridad y de la sencillez de los pueblos, como efectivamente han abusado en otros tiempos, con buena o mala intención, para alborotar a los reinos o repúblicas y sumergirlas en guerras civiles, y rebeliones contra las autoridades constituidas. En los tiempos antiguos de la iglesia no se admitían en cada una de ellas otras cartas de los Papas que las sinódicas, esto es, expedidas después de un Concilio numeroso, y firmadas por todos los obispos que lo componían. Después que los Papas dejaron de reunir estos Concilios, en la iglesia de Francia tampoco se admitía ningún diploma con la cláusula motu propio, esto es, que no hubiese sido [38] expedida de acuerdo y consentimiento de todo el colegio de Cardenales, que junto con el Papa es lo que llamamos santa sede, o silla apostólica y así debiera ser en todas partes.{*} En fin para poner un dique a los repetidos abusos, se estableció justamente en todos los reinos católicos, que no se publicase ni ejecutase bula, breve o rescripto alguno pontificio, sin que precediese el pase o exequatur del [39] gobierno. Y se designaron tribunales, ya parlamentos, ya consejos, que debía consultar el gobierno para ver si los referidos diplomas contenían algo que pudiese perturbar a la nación, contrariar sus derechos o de sus iglesias, o lo que llamaban regalías, o en cualquier otro modo parar perjuicio. Para nosotros quien hacía este examen era el Consejo supremo de las Indias.{16}

A ejemplo pues de todos los países católicos nuestra constitución en el título 4 sección 4 de las atribuciones del presidente puso así el artículo 21: «Conceder el pase o retener los decretos conciliares, bulas pontificias, breves y rescriptos, con consentimiento del Congreso general, si contienen disposiciones generales; oyendo al senado y en sus recesos al consejo de gobierno si se versaren sobre negocios particulares o gubernativos; y la corte suprema de justicia si se hubiesen expedido sobre asuntos contenciosos.» [40]

Todo esto está muy puesto en razón, porque la autoridad que dio Jesucristo a sus apóstoles, no fue para dominar al clero, dice san Pedro,{17} ni para destrucción o ruina, dice san Pablo,{18} sino para edificación de los fieles. Jesucristo les dijo:{19} sabéis que los príncipes de las gentes los avasallan, y despotizan sobre ellos: vosotros no lo haréis así: vos autem non sic. Por lo mismo aún la potestad espiritual, que de derecho divino reconocemos en el obispo de Roma como primado de la iglesia por ser sucesor de san Pedro, no la reconocemos absoluta, sino moderada por los verdaderos y legítimos cánones de la iglesia, y sin perjuicio de los derechos civiles de las naciones, de las costumbres loables y privilegios de las iglesias particulares, conforme a la doctrina de la iglesia galicana, o por mejor decir, conforme a las decisiones de la misma silla Apostólica en los siglos de oro [41] del cristianismo. Ved a Bossuet sobre la proposición 3ª del clero de Francia.

La silla Apostólica nos tiene dada la regla que debemos seguir en todas las disputas que puedan suscitarse entre las potestades eclesiásticas y seculares, para conducirnos sin tropiezo ni error. Es célebre la carta o epístola de San Gelasio papa al emperador Anastasio, y en ella le dice: «Dos son las potestades con que se rige el mundo, la eclesiástica y la civil; una y otra principal, una y otra suprema, y en su línea u objeto ninguna está sujeta a la otra, cada una es independiente en su esfera. La eclesiástica se versa sobre los sacramentos y cosas divinas pertenecientes e la salud eterna; y en esto aunque tú presidas al mundo, te sometes a la autoridad del sacerdocio: en cuanto a lo demás, los prelados de la religión doblan su cuello a la autoridad civil, conociendo que también viene de Dios.» Todo pues lo que emprenda una potestad sobre la otra fuera de [42] sus límites, es un abuso y debe repelerse o despreciarse.

La cosa es tan evidente, que nuestros Indios la única vez que se les hizo saber a la donación que había hecho Alejandro 6º de sus tierras a los reyes de Castilla, respondieron con el mayor acierto. En la junta o concilio mexicano celebrado en 1546 se probó, que sólo el bachiller Enciso hizo aquella intimación a unos pueblos de Nicaragua de manera que la entendieran en los siguientes términos:{20} «sabed que hay un solo Dios que creó el cielo y la tierra: un Papa que dio estas tierras al rey de España que se las pidió en merced: y un rey de España que nos envía a tomar posesión de ellas, y a que le reconozcáis por señor.» Con igual precisión militar respondieron los Indios: en cuanto a que hay un solo Dios que creó el cielo y la tierra, nos parece muy bien y así debe de ser: pero no que ese Papa de a nadie [43] estas tierras de que nosotros somos dueños y no queremos otro señor. Y en cuanto a ese rey de España, debe de ser algún loco, pues pide y toma en merced lo que es ajeno: si viniere acá, pondremos su cabeza sobre un palo como tenemos otras de nuestros enemigos.» Y se las mostraron. La respuesta era tan justa y sensata como enérgica; pero no tenían para sostenerla sino carcajes de saetas contra nublados de pólvora y balas última razón de los reyes. Nosotros tenemos armas iguales: aumentemos y disciplinemos nuestro ejército, y con él y nuestras costas mortíferas venga la santa alianza: y si con ella se mezclase el Papa como príncipe temporal, también le haríamos la guerra, como se la hicieron príncipes muy católicos, cuales fueron Carlos 5º y Felipe 2º autorizados para ella por los obispos españoles. En el Juicio imparcial de Campomanes y en la Colección diplomática de Llorente puede verse el célebre dictamen que dio en favor de ella [44] el inmortal obispo de Canarias Melchor Cano, lumbrera del concilio de Trento.{*}

Pero espero en Dios que no llegaremos a ese extremo. El Papa actual nada nos dice sino supuesto un engaño notorio con que lo ha sorprendido el rey de España, ni nada nos manda en su encíclica, si acaso es verdadera. Hay otra indubitable de su antecesor Pío 7º que se imprimió el año pasado en México. Es una homilía que circuló a su diócesis el día de la natividad de Nuestro Señor el año de 1797, siendo cardenal, obispo de Imola. Yo he visto el original italiano, del cual la tradujo al francés e imprimió en París mi célebre amigo el sabio y virtuoso Gregorio [45] obispo de Blois, amantísimo de los americanos. Del francés la tradujo en Galveston, e imprimió en Filadelfia el Dor. Roscio, presidente que fue de Colombia. En México la tradujo muy bien e imprimió el marqués del Apartado.

La situación de la diócesis de Imola era idéntica a la nuestra. Pertenecía aquel país al Estado pontificio, y por una revolución acababa de erigirse en república representativa popular o democrática como la nuestra. Había allí también como entre nosotros ignorantes fanáticos, que la creían contraria a la religión. Pío 7° se empeña en probar que al contrario la forma de gobierno republicano popular es más conforme al evangelio como fundada en las mismas bases de libertad razonable, igualdad y fraternidad. Y al concluir apostrofa a su pueblo en estos términos: «Que la religión católica, queridos hermanos míos, sea el objeto más caro de vuestro corazón, de vuestra piedad y de todos vuestros afectos. No creáis que choca con [46] la forma de gobierno democrático. Viviendo en ella unidos a vuestro Salvador, podréis concebir una justa esperanza de vuestra salud eterna, y obrando vuestra felicidad temporal y la de vuestros hermanos, hacer la gloria de la república y la de las autoridades que la rigen. La obediencia cristiana a ellas, el cumplimiento de vuestros deberes, el celo por el bien general serán con la gracia divina un nuevo manantial de méritos para llegar a aquel reino celeste al que os convida el divino Niño, cuyo glorioso nacimiento celebramos hoy. Sí, queridos hermanos míos, sed todos cristianos y seréis excelentes demócratas

Concluye luego dirigiéndose a su clero de esta suerte. «Y vosotros, mis amados cooperadores, a cuya dirección están confiadas porciones especiales de esta familia cristiana, y que lleváis conmigo el peso del ministerio, uníos a vuestro obispo para mantener en el rebaño la integridad de la religión católica, y desplegad todas vuestras fuerzas para que los discípulos de Jesucristo sean [47] santamente fieles a las autoridades y a la república. Encargados por el cielo de velar por los intereses espirituales del pueblo; debemos dirigirlo no sólo hacia la gloria de Dios, sino a la conservación y mejoría del orden público. Como el ejemplo es el argumento más poderoso y el género de elocuencia más persuasivo y más eficaz, es menester, sabios cooperadores míos, que en nosotros resplandezcan la rectitud, la religión, el amor del bien público, de modo que sirváis de modelos a vuestro rebaño. Así se cumplirán vuestros deseos de ver arraigarse y fortificarse las virtudes cristianas y morales en las almas confiadas a vuestro cuidado, que deben hacer la gloria de nuestra república y la prosperidad de los ciudadanos de que se compone. Hermanos míos, la paz de Dios con vosotros.»

Así sea: y así habla un obispo que no ha sido engañado por los reyes. Guardaos de estos, paisanos míos; pero tampoco os durmáis sobre las maniobras de la corte de Roma. Leed la historia eclesiástica, y hallaréis que no los ha servido sino demasiado y demasiadas [48] veces, para obtener un pasaporte a sus pretensiones exorbitantes. Es justo obedecer al jefe de la iglesia; pero solo en lo espiritual límite de su esfera, y aun sobre esto mismo vuestra obediencia debe ser razonable, como el apóstol nos enseña: rationabile obsequeum vestrum.{21} ¡Alerta pues, mexicanos, alerta! no olvidéis jamás, que a título de una bula se ahogó en sangre toda la América, perecieron al filo de la espada, entre llamas y todo género de tormentos atroces millones y millones de inocentes americanos, y el resto ha sido esclavo 300 años. Acordaos y acordaos siempre de la carnicería, el tiempo y los trabajos que nos ha costado libertarnos. Et nondum statim finis.

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{1} Joan. 13. 36.

{2} Luc. 12. 13. 14.

{3} Lib. 1. de consid. c. 6.

{4} Rom. 13. 1

{5} Rom. 23. in ep. Ad Rom.

{6} Luc. 22. 21.

{7} Joann. 18. 82.

{8} Act. Ap. 25. 11.

{9} Defens. cler. gallic. part. II. Lib. V cap. XIII.

{*} Véase la obra novísima del P. Tabareau, que copió mucho del citado archivo, intitulada: Ensayo histórico sobre el poder temporal de los papas en francés 2. t. 4.

{10} Fac. XIII art. 11º

{*} Ved al arzobispo Pradt sobre Los cuatro concordatos. 4 t. 4.

{11} I. Thess. 5 21.

{12} Expos. § XXI de la autoridad de la Santa Silla. Todo esto se halla admirablemente explicado y probado en el célebre Divinae fides analisis de Holden lib. 2 cap. 3, sect. 3. Quid de summo Pontifice sit necesario credendum.

{*} Ved al Tomista de las cortes de Cádiz: un sermón sobre lo mismo del actual arzobispo de Guatemala y al obispo Gregoire en el prólogo de su Histor. de las sectas religiosas del siglo l8.

{13} Lib. 8 cp. 21.

{*} De México, Guatemala, Colombia, Buenos-Aires, Chile, Perú.

{14} Cap. 2 de rescript. sup. litt. si vero per falsitatis express. vel suppress. verit. litterae fuerint impetratae.

{15} Cap. 2 de rescript ex parte: …in huiusmodi litteris intelligenda est haec conditio, etsi non opponatur, si pracces veritate nitantur.

{*} Aun las bulas o breves dogmáticos, esto es, que definen algo como de fe, no se reciben en la iglesia de Francia sino por vía de juicio, examinando su contenido los obispos en Concilios o en las asambleas del clero. Y si no hallan justa la decisión pontificia, apelan sin escrúpulo para el Concilio general futuro. Esta es una de las libertades de la iglesia galicana, que en ninguna materia cree al Papa infalible, aunque siempre su autoridad sea muy respetable. Como a la iglesia toda es a quien solamente prometió Jesucristo su asistencia hasta el fin de los siglos, y que las puertas del infierno no prevalecerán contra ella, solo creen infalible la a la iglesia universal y al Concilio general porque la representa. Estas que se llaman libertades de la iglesia galicana, dice y prueba Bossuet, que no son más que el derecho común y primitivo de todas las iglesias, sino que la de Francia lo ha sabido conservar mejor contra las usurpaciones de la Corte romana.

{16} Ved ley 2 tit. 9 lib. I. Recop. Ind. y otras muchas siguientes; y para instrucción fundamental ved a Campomanes Juicio imparcial secc. IX.

{17} I. Pet. 5. 21.

{18} 2 Corinth. 13. 10.

{19} Matth. 20. 25.

{20} Remes. hist. de Chiapa lib. 7 cap. 17 pág. 413.

{*} Ya se imprimió en el Sol en los días 15 y 16 de julio del presente año. En el mismo Juicio imparcial de Campomanes secc. única sobre la justa resistencia a la corte de Roma cuando abusa, se hallarán los textos de los más graves teólogos y canonistas, que no sólo autorizan para esa resistencia en caso de excomuniones o mandatos injustos, sino para oponer también las armas los gobiernos, impedir con ellas la ejecución, y prender y castigar a los que la intenten.

{21} Roman. 12. 1.


Transcripción íntegra del opúsculo de 48 páginas + 1 h., disponible en facsímil en la colección digital de la Universidad de Nuevo León, cd.dgb.uanl.mx