Filosofía en español 
Filosofía en español

Leyes, Ley

Leyes, Ley

El materialismo dialéctico afirma que la Naturaleza no es un conglomerado casual de objetos y fenómenos, sino que en la Naturaleza existen leyes objetivas, la causalidad y la necesidad. “El mundo es el movimiento de la materia sujeto a leyes, y nuestro conocimiento, como producto superior de la Naturaleza, sólo está en condiciones de reflejar estas leyes” (Lenin). Los partidarios del subjetivismo y del agnosticismo en filosofía (Hume, Kant, Mach) niegan el carácter objetivo de las leyes por las que se rige la Naturaleza. Afirman que el hombre impone las leyes a la Naturaleza, que la conciencia humana introduce las leyes en el mundo, caótico, según ellos, de los fenómenos. El materialismo dialéctico, por oposición al idealismo subjetivo, afirma que el conocimiento humano descubre en los fenómenos de la Naturaleza y de la sociedad las leyes objetivas, la conexión interna objetiva del mundo. El materialismo dialéctico se opone también al idealismo objetivo que, aunque reconoce las leyes objetivas, supone sin embargo que la fuente de estas leyes no es la materia, sino el espíritu, la idea absoluta, &c. La ley es la expresión de los aspectos y conexiones más generales, más sustanciales de la realidad material, y, por eso, las leyes científicas expresan con mayor profundidad y plenitud que las percepciones sensoriales directas, el cuadro del mundo objetivo. “La ley es el reflejo, de lo esencial en el movimiento del Universo” (Lenin). El conocimiento auténticamente científico consiste en descubrir las leyes objetivas de la realidad. Sólo apoyándose en el conocimiento correcto de las leyes, pueden los hombree influir activamente sobre la Naturaleza y sobre el curso del desarrollo social. Dominando la filosofía del marxismo-leninismo, adquirimos un conocimiento científico de las leyes más generales por las que se rige el desarrollo de la Naturaleza, de la Sociedad y del pensamiento humano.

Diccionario filosófico marxista · 1946:176-177

Sujeción a leyes, Ley

“El mundo es un movimiento de la materia, sujeto a leyes; y nuestro conocimiento, siendo el producto superior de la naturaleza, sólo está en condiciones de reflejar esa sujeción” (Lenin).

El materialismo dialéctico sostiene que la naturaleza no es una casual acumulación de objetos, de fenómenos, sino que existen en ella una objetiva sujeción a leyes, la causalidad, la necesidad.

Diccionario de filosofía y sociología marxista · 1959:97

Ley

Relación necesaria entre las cosas, fenómenos o procesos, emanada de su naturaleza interna, de su esencia. La noción de ley es uno de los peldaños del conocimiento por el hombre de la unidad, relación e interdependencia de los fenómenos del mundo objetivo.

Las leyes son objetivas, es decir, no son creadas por la conciencia y la voluntad de los hombres, sino que existen independientemente de ellas. En cuanto al reconocimiento del carácter objetivo de las leyes, se manifiestan dos tendencias filosóficas opuestas: el idealismo subjetivo, el voluntarismo, por una parte, y la tendencia del materialismo filosófico, por la otra. Para el idealismo subjetivo (ver), el voluntarismo (ver), las leyes de la naturaleza y de la sociedad no son objetivas, no existen independientemente de la voluntad humana, sino que son creadas arbitrariamente por los hombres. El entendimiento dicta sus leyes a la naturaleza, decía Kant (ver). Los filósofos reaccionarios actuales se afanan por demostrar que en la naturaleza y en la sociedad reina el caos, que sólo la voluntad humana puede poner orden en ellas. A fin de disimular a los ojos de las masas trabajadoras las leyes que determinan el reemplazo ineluctable del capitalismo por el socialismo, niegan las leyes objetivas del desarrollo de la sociedad, intoxican la conciencia de las masas con concepciones idealistas. Lenin revela el objetivo de clase de esta negación: “Expulsar las leyes de la ciencia, no significa otra cosa, en realidad, que introducir las leyes de la religión” (Obras, Ed. rusa).

Contrariamente al idealismo, el marxismo parte del principio de que las leyes de la naturaleza y de la sociedad son objetivas y que la naturaleza y la sociedad se desarrollan de acuerdo con sus propias leyes, que existen independientemente de la voluntad y de la conciencia de los hombres. “El universo es el movimiento de la materia, conforme a leyes, y nuestro conocimiento, que es el producto supremo de la naturaleza, sólo puede reflejar leyes” (Lenin, Materialismo y empiriocriticismo, p. 182, Ediciones Pueblos Unidos, Montevideo, 1948).

El hombre puede descubrir las leyes de la naturaleza y la sociedad, conocerlas y sobre la base de este conocimiento, utilizarlas prácticamente. La herencia de las plantas, por ejemplo, se forma bajo la influencia del medio en que viven. Se trata de una ley objetiva que no se puede modificar ni abolir. Los hombres pueden descubrir esta ley y, apoyándose en ella, adaptar el desarrollo de las plantas a sus necesidades. Al crear condiciones objetivas determinadas, los michurinistas (ver Michurin) logran modificar las plantas, obtener mejores especies, &c. Sucede lo mismo en la vida social, donde las leyes objetivas actúan independientemente de la conciencia humana. Así, los hombres no pueden instaurar a voluntad tal o cual régimen social. El marxismo prueba que el modo de producción de los bienes materiales (ver), constituye la fuerza principal de la sociedad, y que un régimen social determinado corresponde necesariamente a un modo de producción dado. El socialismo era inconcebible en la Edad Media o en el siglo XVIII, pues implica una producción altamente evolucionada. Los deseos de los hombres no son suficientes pues, para establecer tal o cual régimen social. Preciso es, para ello, que existan condiciones objetivas determinadas y, en primer lugar, condiciones de vida material, un cierto nivel en el desarrollo de las fuerzas productivas.

Pero el reconocimiento del carácter objetivo de las leyes, en manera alguna significa proclamar la impotencia del hombre ante las fuerzas de la naturaleza y de la sociedad. El fatalismo no es menos ajeno al materialismo dialéctico que el subjetivismo. Las leyes de la naturaleza y de la sociedad no pueden ser abolidas, pero esto no significa que los hombres son impotentes para cambiar las condiciones sobre cuya base surgen tales o cuales leyes, cambiando junto con estas condiciones también la acción de las leyes. Así, junto con la liquidación de las condiciones que hacen posible la existencia de la sociedad capitalista, cesa la acción de las leyes del capitalismo, y en su lugar y como consecuencia de las nuevas condiciones, surgen leyes nuevas, las leyes del socialismo, contrarias a las del capitalismo.

Los hombres son esclavos de la naturaleza mientras ignoran sus leyes, pero a partir del momento en que aprenden a actuar de acuerdo y de conformidad con ellas, los hombres ponen la naturaleza al servicio de sus intereses. Adquiriendo el conocimiento de las leyes de la naturaleza, teniéndolas en cuenta y apoyándose en ellas, pueden limitar la esfera de su acción, imprimir a las fuerzas de la naturaleza otra dirección. La fuerza de las aguas fue destructiva mientras los hombres tuvieron poco conocimiento, mientras no supieron construir represas, estaciones hidráulicas, &c., pero, una vez adquirido el conocimiento de las leyes naturales correspondientes, los hombres pudieron dominar la fuerza destructiva de las aguas, pudieron hacerla servir a sus fines, utilizándola para regar los campos, para obtener energía eléctrica, &c.

Toda la actividad del Partido Comunista de la Unión Soviética es un ejemplo de utilización de las leyes objetivas en interés de la sociedad. Apoyándose en las leyes económicas objetivas, especialmente en la ley de correspondencia necesaria entre las relaciones de producción y el carácter de las fuerzas productivas (ver), el Partido preparó y organizó a las masas obreras y campesinas de Rusia para el asalto contra el régimen caduco de los burgueses y terratenientes. La Gran Revolución Socialista de Octubre triunfó porque el Partido Comunista supo sacar provecho de las leyes objetivas que exigían la abolición del régimen caduco que trababa el desarrollo de las fuerzas productivas, para ser reemplazado por un régimen nuevo, socialista. Una vez cumplida la revolución, la clase obrera de Rusia, guiada por el Partido Comunista, hizo concordar las relaciones de producción con el carácter de las fuerzas productivas, creó una industria socialista, ayudó al campesinado a emprender el camino del socialismo. Si el régimen capitalista subsiste todavía en los países burgueses, ello obedece a que no se ha hallado en esos países todavía, una fuerza social como la alianza realizada en Rusia entre la clase obrera y el campesinado, capaz de cumplir las exigencias de la ley objetiva de correspondencia necesaria entre las relaciones de producción y el carácter de las fuerzas productivas, y de vencer la resistencia que las clases explotadoras oponen a esta ley.

A diferencia de lo que sucede en la naturaleza, donde el descubrimiento y la aplicación de las leyes se efectúa más o menos sin obstáculos, la acción de las leyes de desarrollo progresivo en la vida social, tropiezan con la resistencia de las clases decadentes. Tratando de prolongar su existencia, estas últimas reprimen a las fuerzas avanzadas, impidiéndoles realizar las exigencias de las leyes objetivas. Pues en una sociedad dividida en clases, la utilización de las leyes económicas es motivada por intereses de clase: es la clase avanzada la que se halla a la vanguardia en la utilización de esas leyes en interés de toda la sociedad, mientras que las clases agonizantes se oponen. En la época en que era una clase avanzada en lucha contra el feudalismo, la burguesía sacó provecho de la ley de correspondencia necesaria entre las relaciones de producción y el carácter de las fuerzas productivas. Hoy es una clase reaccionaria que se sirve del poder político para luchar contra el proletariado, la clase más avanzada y más revolucionaria. Pero por más que las clases decadentes se opongan a las leyes objetivas y a las fuerzas sociales que luchan por realizarlas, la victoria de las clases de vanguardia es ineluctable.

A diferencia de las leyes de la naturaleza, las leyes sociales no son duraderas. Todo modo de producción tiene sus leyes específicas, leyes que obran mientras ese modo de producción existe. Cuando éste es destruido y surge un nuevo modo de producción, las antiguas leyes pierden su fuerza y abandonan la escena para ceder el lugar a las nuevas leyes. Así, con el triunfo del socialismo en la U.R.S.S., dejaron de obrar la ley de la competencia y de la anarquía de la producción, la ley general de la acumulación capitalista, la ley de la plusvalía, &c., y nuevas leyes entraron en vigencia.

Además de las leyes económicas específicas que operan en el marco de un modo de producción determinado, existen leyes económicas generales, inherentes a todas las formaciones económico-sociales. Así, la ley de correspondencia necesaria entre las relaciones de producción y el carácter de las fuerzas productivas es una ley general. Otra ley general que actúa tanto en un régimen capitalista como en un régimen socialista, es la ley del desarrollo prioritario de la producción de medios de producción con relación a la producción de medios de consumo, sin lo cual es imposible la reproducción ampliada. Bajo la acción de las leyes económicas específicas y generales, las condiciones objetivas que reclaman la liquidación de una vieja formación y el nacimiento de una sociedad nueva, más progresiva, llegan a su madurez en el seno mismo de las antiguas formaciones. Las leyes generales ligan a todas esas formaciones en un proceso regular único que progresa de lo inferior a lo superior.

La teoría marxista de las leyes es de capital importancia para la actividad práctica del Partido Comunista. El conocimiento de las leyes sociales permite al Partido comprender no sólo el presente, sino prever también el porvenir, dar a su política una base científica inquebrantable, y guiar con seguridad a las masas trabajadoras por el camino del comunismo. El Partido Comunista es hostil a las concepciones oportunistas de la espontaneidad, de la acción automática de las leyes de desarrollo, &c., que reducen el papel de los hombres a una contemplación pasiva de los acontecimientos. Estas concepciones son particularmente peligrosas bajo el socialismo donde el auge económico se produce no de manera espontánea como sucede bajo el capitalismo, sino de acuerdo con un plan establecido por los organismos dirigentes conforme a las exigencias de la ley económica objetiva del desarrollo armónico de la economía nacional. Para llevar a cabo la planificación, es preciso estudiar a fondo esta ley, aprender a aplicarla con conocimiento de causa, establecer planes totalmente conformes con las exigencias de la misma.

Apoyándose en las leyes económicas del socialismo, el Partido Comunista conduce con seguridad al pueblo soviético hacia el comunismo. (ver Comunismo).

Diccionario filosófico abreviado · 1959:286-288

Ley

Conexión interna y esencial de los fenómenos, que condiciona el desarrollo necesario, regular, de los mismos. La ley expresa un determinado orden de la conexión causal, necesaria y estable entre los fenómenos o entre las propiedades de los objetos materiales, relaciones esenciales iterativas determinantes de que el cambio de unos fenómenos provoque un cambio completamente determinado de otros fenómenos. El concepto de ley es muy próximo al de esencia, o conjunto de conexiones y procesos profundos a los cuales se deben los rasgos y tendencias capitales del desarrollo de los objetos. El conocimiento de la ley presupone el paso del fenómeno a la esencia y siempre ocurre por medio del pensar abstracto, al dejar aparte numerosos caracteres puramente individuales e inesenciales de los fenómenos. Existen tres grupos principales de leyes: 1) específicas o particulares; 2) generales para grandes grupos de fenómenos; 3) universales. Las primeras expresan relaciones entre fenómenos específicos concretos o propiedades particulares de la materia. Poseen determinación cuantitativa y cualitativa objetivamente exacta y pueden ser expresadas de manera funcional, en una determinada forma matemática. Las segundas se revelan en una gama sumamente amplia de condiciones y caracterizan las relaciones entre las propiedades generales de los grandes conjuntos de objetos y fenómenos (por ejemplo, las leyes de la conservación de la masa, de la carga eléctrica en física, la de la selección natural en biología, &c.). También admiten expresión funcional. Las terceras son las leyes dialécticas fundamentales del mundo, que expresan relaciones entre propiedades o tendencias universales, existentes en todas partes, del desarrollo de la materia. Carecen de forma funcional concreta y no se expresan matemáticamente, ya que no están limitadas por ninguna clase de constantes, parámetros, condiciones determinantes o grupos específicos de objetos, sino que actúan como principios universales de todo ser, como lo general que se manifiesta en la multitud de leyes de los grupos 1) y 2). No obstante, los límites entre estas leyes, su diferencia, son condicionales, móviles. En las leyes particulares, específicas, se manifiesta la acción de las generales, y éstas llegan a conocerse por medio de la generalización de los fenómenos concretos, entre ellos también las leyes particulares. Las leyes se distinguen, además, por el hecho de que unas actúan diferencialmente en el tiempo, de suerte que las consecuencias de ellas derivadas cobran realidad en cada intervalo de tiempo, suficientemente pequeño, mientras que las otras actúan integralmente; es decir, las consecuencias que de ellas se desprenden no cobran realidad en cada momento dado, sino tan sólo en el transcurso de un período de tiempo suficientemente prolongado o cuando se produce un cambio total del sistema. Tales son, por ejemplo, las leyes que poseen un carácter estadístico. El que una ley se realice depende de que concurran las condiciones correspondientes. Crear éstas, asegura que las consecuencias que se derivan de la ley pasen de la esfera de lo posible a la esfera de lo real. En la sociedad, la realización de la ley presupone la actividad de las personas capaces –consciente o inconscientemente– de crear o de destruir las condiciones de la acción de la ley. Los hombres, sin embargo, no crean por sí mismos las leyes, sino que tan sólo limitan o amplían, en consonancia con sus necesidades e intereses, la esfera de acción de aquéllas. Las leyes, pues, existen de manera objetiva, independientemente de la conciencia de los hombres, como expresión de las relaciones reguladas entre las propiedades de los cuerpos o las distintas tendencias de desarrollo.

Diccionario filosófico · 1965:268-269

Ley

Conexión interna esencial y estable de los fenómenos, que determina su desarrollo necesario. El conocimiento de la ley permite prever con certeza el curso del proceso. La noción de ley es próxima a la de regularidad, que constituye un conjunto de leyes interrelacionadas por su contenido y que garantizan la tendencia u orientación estable en los cambios del sistema. Al mismo tiempo, la ley expresa uno de los aspectos de la esencia, cuyo conocimiento en la teoría coincide con el paso de los hechos empíricos a la formulación de las leyes de los procesos estudiados. En el mundo objetivo existen leyes de tipos muy diversos. Unas leyes expresan la interconexión funcional entre las propiedades del objeto (por ejemplo, la ley de la unión recíproca de la masa y la energía), otras, la conexión entre los objetos materiales mismos en los sistemas grandes por sus dimensiones (por ejemplo, la ley de las interacciones electromagnéticas y gravitacionales), entre los propios sistemas o entre los distintos estados (o fases) en el desarrollo de los sistemas (por ejemplo, la ley del tránsito de los cambios cuantitativos a cualitativos, y otras). Las leyes se diferencian también por el grado de comunidad y la esfera de acción. Las leyes particulares o específicas expresan el nexo entre las propiedades concretas físicas, químicas o biológicas de los cuerpos. Las leyes generales expresan la conexión mutua entre las propiedades universales y los atributos de la materia. Se manifiestan a todos los niveles estructurales conocidos de la materia y se estudian por el materialismo dialéctico, la física, la cibernética, la biología, &c. Todos los fenómenos del mundo se subordinan a ciertas leyes, es decir, todo está determinado, condicionado por las leyes objetivas. Existen diversas formas y leyes de la determinación. Si los estados precedentes del sistema condicionan de modo univalente sus estados posteriores, el cambio de tal sistema se subordina a las leyes dinámicas, a la determinación univalente. Por el contrario, en el caso de que los estados precedentes de un sistema complejo condicionen a los posteriores de modo no univalente, el cambio de tal sistema se subordina a las leyes estadístico-probabilitarias. En la naturaleza, las leyes se realizan de manera inconsciente, en virtud de la interacción objetiva de los cuerpos materiales. En la sociedad, todas las leyes sociales se realizan gracias a la actividad consciente y perseverante de los hombres, al factor subjetivo. La realización de las leyes depende de la existencia de las condiciones correspondientes. La creación de estas últimas asegura la transición de los efectos derivados de las leyes, de la esfera de lo posible, a la de lo real. Pero los hombres no crean las leyes mismas, sino que sólo limitan o amplían su esfera de acción en conformidad con sus necesidades e intereses. Las leyes mismas existen de modo objetivo, independientemente de la conciencia de los hombres, como expresión de las relaciones interiores necesarias y esenciales entre las propiedades de las cosas o las distintas tendencias del desarrollo.

Diccionario de filosofía · 1984:254