Filosofía en español 
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Causalidad

[ 136 ]

Efecto (concepto de) / Esquema material procesual de identidad

El concepto de H efecto Y será originariamente considerado por nuestra teoría general de la causalidad como un concepto dado en función de un sistema complejo [135] que, por de pronto, contiene un esquema material y procesual (que transcurre, por tanto, en el tiempo) de identidad H, de suerte que para que algo se configure como efecto será preciso contar con un esquema material procesual de identidad cuya configuración depende de diversos supuestos de índole filosófica, científica o cultural. El esquema material de identidad podría hacerse corresponder con la causa material aristotélica, siempre que ella quedase determinada según criterios positivos E, que expresamos por la fórmula E(H). El efecto se define entonces como una interrupción, ruptura, alteración o desviación del esquema material procesual de identidad (ruptura que no afecta, en principio, al sistema que, por decirlo así, engloba al efecto). Se comprenderá, dada la relatividad del concepto de efecto, no ya inmediatamente a su causa, sino a un esquema material procesual de identidad (dado en un sistema complejo de referencia) que, si no es posible determinar en cada caso este esquema procesual de referencia, la noción de efecto se desvanece.

De aquí se sigue que la idea de creación o de efecto creado es absurda o vacía puesto que en la creación el único esquema de identidad que cabe ofrecer es la nada (creatio ex nihilo subiecti) –y no la causa eficiente divina inmutable– es decir, justamente lo que no puede ser un esquema de identidad. {FGB 222}

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