Ministerio de Educación Nacional
ORDEN de 17 de enero de 1942 por la que
se dispone se anuncien a oposición las Cátedras de Universidades que se citan.
Ilmo. Sr.: Llevada a efecto la distribución del crédito concedido por Ley de 24 de junio de 1941, para dotar económicamente 62 Cátedras de Universidad, es de interés para la enseñanza que dichas Cátedras estén desempeñadas por titulares, por lo que
Este Ministerio ha resuelto que se anuncien a oposición, y al turno que legalmente correspondan, las siguientes Cátedras de las Facultades que se mencionan:
Facultad de Derecho
Una de las Cátedras de Derecho Civil de la de La Laguna, que será agregada a la convocatoria de 12 de los corrientes, referente a las de las de Oviedo y Santiago.
Facultad de Filosofía y Letras
Cátedras de Geografía de las de Santiago y Zaragoza.
Cátedra de Historia Universal Moderna y Contemporánea de la de Zaragoza.
Cátedra de Paleografía de las de Oviedo y Santiago.
Cátedras de Historia del Arte de las de Murcia y Oviedo.
Cátedra de Lengua Griega de la de Valladolid.
Cátedra de Lengua y Literatura Latinas de la de Murcia, que será agregada a la convocatoria de 16 de diciembre de 1941, para proveer la de igual denominación de la de Granada.
Cátedra de Introducción a la Filosofía de las de Oviedo y La Laguna.
Cátedra de Ética de la de Murcia.
Cátedra de Teodicea de la de Murcia; y la de Historia de la Lengua Castellana de la de Barcelona, que será agregada a la convocatoria de 16 de diciembre último, referente a la de Granada.
Facultad de Ciencias
Cátedras de Matemáticas especiales (Sección de Químicas) de las de La Laguna, Murcia y Valladolid.
Cátedras de Análisis Matemático, cuarto curso (Teoría de las funciones) de la de Barcelona.
Cátedra de Química Analítica de la de La Laguna.
Cátedra de Química Inorgánica de la de La Laguna.
Facultad de Medicina
Cátedras de Dermatología y Sifilografía de las de Valencia y Valladolid.
Cátedra de Oftalmología de la de Salamanca.
Cátedras de Otorrinolaringología de las de Santiago y Valladolid.
La Cátedra de Patología Médica, tercer curso, de la Universidad de Barcelona, que será agregada a la convocatoria de 29 de mareo de 1941, abierta para proveer la Cátedra de igual denominación en la de Zaragoza.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 17 de enero de 1942.
Ibáñez Martín
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior y Media.
Ministerio de Educación Nacional
Anuncio convocando a oposición las Cátedras de Universidad que se mencionan
En cumplimiento de lo prevenido en Orden de esta fecha.
Esta Dirección General ha acordado que se anuncien, para su provisión en propiedad, en virtud de oposición y turnos que se determinan, las siguientes Cátedras de las Universidades y Facultades que se mencionan, dotadas con el sueldo anual de pesetas 9.600 y demás ventajas que concedan las leyes:
Facultad de Derecho
Una de las Cátedras de Derecho Civil de la de La Laguna, (turno libre), que será agregada a la convocatoria de 12 de los corrientes, referente a las de las de Oviedo y Santiago (turno Auxiliares).
Facultad de Filosofía y Letras
Cátedras de Geografía (turno libre) de las de Santiago y Zaragoza.
Cátedra de Historia Universal Moderna y Contemporánea (turno libre) de la de Zaragoza.
Cátedras de Paleografía (turno libre) de las de Oviedo y Santiago.
Cátedras de Historia del Arte (turno libre) de las de Murcia y Oviedo.
Cátedra de Lengua Griega (turno libre) de la de Valladolid.
Cátedra de Lengua y Literatura Latinas de la de Murcia (turno libre), que será agregada a la convocatoria de 16 de diciembre de 1941 (turno Auxiliares) para proveer la de igual denominación de la de Granada.
Cátedra de Introducción a la Filosofía (turno libre) de las de Oviedo y La Laguna.
Cátedra de Ética (turno libre) de la de Murcia.
Cátedra de Teodicea (turno libre) de la de Murcia; y la de Historia de la Lengua Castellana (turno libre) de la de Barcelona, que será agregada a la convocatoria de 16 de diciembre último, referente a la de Granada.
Facultad de Ciencias
Cátedras de Matemáticas especiales (Sección de Químicas), turno libre, de las de La Laguna, Murcia y Valladolid.
Cátedra de Análisis Matemático, cuarto curso (Teoría de las funciones), turno libre, de la de Barcelona.
Cátedra de Química Analítica (turno libre) de la de La Laguna.
Cátedra de Química Inorgánica (turno Auxiliares) de la de La Laguna.
Facultad de Medicina
Cátedras de Dermatología y Sifilografía (turno libre) de las de Valencia y Valladolid.
Cátedra de Oftalmología (turno libre) de la de Salamanca.
Cátedras de Otorrinolaringología (turno libre) de las de Santiago y Valladolid.
La Cátedra de Patología Médica, tercer curso (turno libre) de la Universidad de Barcelona será agregada a la convocatoria de 29 de marzo de 1841, abierta para proveer la Cátedra de igual denominación en la de Zaragoza.
Para ser admitidos a estas oposiciones se requieren las condiciones siguientes, determinadas en el Reglamento de 25 de junio de 1931:
1.ª Ser español, a no estar dispensado de este requisito con arreglo a lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley de 9 de septiembre de 1857.
2.ª No hallarse el aspirante incapacitado para ejercer cargos públicos.
3.ª Haber cumplido veintiún años de edad (Ley de 1.° de mayo de 1878).
4.ª Justificar con documentos bastantes su incondicional adhesión al Nuevo Estado.
5.ª Las aspirantes justificarán el cumplimiento o exención del «Servido Social de la Mujer».
6.ª Estar en posesión del título correspondiente para el desempeño de la vacante o el certificado académico de aprobación de los ejercicios correspondientes al mismo, entendiéndose que el opositor que obtuviese la plaza no podrá tomar posesión de ella, sin la presentación de referido título facultativo. La apreciación de estas condiciones corresponde exclusivamente al Ministerio de Educación Nacional.
7.ª Los que traten de ser admitidos en turno Auxiliares han de estar comprendidos en alguno de los casos que para este turno establece el Real Decreto de 15 de julio de 1921 y las disposiciones complementarias que, entre otras, son: Reales Ordenes de 21 de noviembre de 1921 22 de marzo y 6 de abril de 1922, 10 de octubre de 1924, 24 de marzo de 1925, &c.
En estricto cumplimiento del artículo tercero del mencionado Reglamento, bajo pena de exclusión, las condiciones de admisión habrán de reunirse antes de la terminación del plazo señalado para esta convocatoria, que es el improrrogable de sesenta días, con inclusión de los festivos, a contar desde el día de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO, plazo que se entenderá expira en el Registro general del Ministerio, y no en el de los Centros dependientes del mismo.
Se advierte que no se declararán válidas las peticiones en las que se haga referencia a documentación presentada en expedientes de oposiciones a otras Cátedras, no admitiéndose después otras solicitudes documentadas que las de aquellos aspirantes que las depositen en alguna Administración de Correos y se acredite mediante el oportuno recibo que lo han hecho en pliego certificado y dentro del indicado plazo.
Los aspirantes admitidos justificarán ante el Tribunal de oposiciones, por medio del correspondiente recibo, haber abonado los derechos a que hace referencia la Real Orden de 12 de marzo de 1925, o sea 75 pesetas en metálico por derechos de oposición y unir a la solicitud el resguardo de haber satisfecho en la Habilitación de este Ministerio 10 pesetas en metálico por formación de expediente (Orden de 14 de mayo de 1940).
El presente anuncio deberá publicarse en los Boletines Oficiales de las provincias y en los tablones de edictos de todos los Establecimientos docentes, lo cual se advierte para que las Autoridades respectivas dispongan, desde luego, que así se verifique, sin más que este aviso.
Madrid, 17 de enero de 1942.
El Director general, José Pemartín.