Filosofía en español 
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Parte segunda Edad media

Libro III

Capítulo XIX
Don Juan I de Castilla
De 1379 a 1390

Primeros actos de este rey.– Cortes de Burgos: ley suntuaria: indulto: ley de vagos.– Expediciones navales de Castilla.– Actos de justicia y de generosidad de don Juan.– Su decisión en el asunto del cisma de la iglesia.– Principio de la guerra de Portugal.– Tregua: condiciones: casamientos notables.– El de don Juan de Castilla con doña Beatriz de Portugal.– Cortes de Segovia: reforma en la manera de contar los años.– Invasión de Portugal por el de Castilla, y motivo de ella.– Proclamación de doña Beatriz.– Sitio de Lisboa por los castellanos: epidemia: gran mortandad: retirada.– Es aclamado rey de Portugal en Coímbra el maestre de Avis.– Segunda invasión de los castellanos en este reino.– Memorable batalla de Aljubarrota, funesta para las armas castellanas.– Luto en Castilla.– Cortes de Valladolid: leyes que se hicieron.– Invasión inglesa: el duque de Lancaster: sus pretensiones a la corona de Castilla.– Auxilia el rey de Francia al castellano: medidas de este para su defensa.– Embajadas; tratos.– Cortes de Segovia: leyes: hermandades.– Trágica muerte de Carlos el Malo de Navarra: sucédele Carlos el Noble.– Ingleses y portugueses en Castilla: su retirada.– Trátase el casamiento del infante don Enrique de Castilla con doña Catalina de Lancaster: sus condiciones: paz con los ingleses.– Célebres Cortes de Briviesca: reformas importantes en la legislación.– Tratado en Bayona entre don Juan I y el duque de Lancaster sobre el casamiento de sus hijos.– Celébranse las bodas.– Cortes de Palencia: empréstito forzoso: pídenle cuentas al rey.– Tratado con el de Portugal.– Cortes de Guadalajara: grande influencia del estado llano: ordenamiento de lanzas: ordenamiento de prelados: ordenamiento de sacas: importancia de estas Cortes.– Últimos actos de don Juan I.– Su desgraciada muerte.– Proclamación de Enrique III.
 

En el mismo día que murió don Enrique II en Santo Domingo de la Calzada fue proclamado rey de Castilla y de León su hijo don Juan, primer monarca de este nombre en Castilla. Se coronó en el monasterio de las Huelgas de Burgos, armó aquel día cien caballeros, hubo grandes fiestas, y dio a Burgos en memoria de su coronación la villa de Pancorbo. También se coronó la reina doña Leonor su esposa, que a poco tiempo dio a luz un príncipe, que se llamó don Enrique, destinado a reinar algún día.

Joven de poco más de veinte y un años don Juan I cuando empuñó el cetro de Castilla, comenzó a atender a los negocios graves del reino con la sensatez de un hombre maduro. Su afición a dotar el reino de leyes saludables hechas en cortes la mostró desde las primeras que celebró en Burgos a muy poco de su coronación (1379). Figura entre las leyes suntuarias de España la que hizo don Juan I en estas cortes, prescribiendo la calidad de las telas, adornos y vestidos que habían de usar los caballeros, escuderos y ciudadanos, así en sus trajes como en sus armas y en los arreos de sus caballos{1}. Confirmó a los pueblos sus privilegios, franquicias y libertades: concedió un indulto general por toda clase de delitos excepto los de alevosía, traición y muerte segura; mandó que los obispados, dignidades y beneficios eclesiásticos se diesen precisamente a naturales de los reinos, y no a extranjeros, «pues que en los nuestros regnos ay asaz buenas personas e pertenescientes para ello;» ordenó a los alcaldes de todos los pueblos que no consintieran la vagancia ni la mendicidad, sino que obligaran a todo el mundo a tener ocupación u oficio con que mantenerse, y que a toda persona sana que encontrasen mendigando le dieran cincuenta azotes y la echaran del lugar; corrigió muchos abusos que cometían los jueces, alguaciles y arrendadores de rentas, e hizo otras leyes no menos útiles{2}.

Cumpliendo don Juan I con el encargo y recomendación que a la hora de la muerte le había hecho su padre don Enrique relativamente a la amistad con el rey de Francia, enviole primeramente ocho galeras auxiliares, y más adelante otras veinte al mando del almirante Fernán Sánchez de Tovar: sirviéronle las primeras contra su hermano el duque de Borgoña que andaba en inteligencias y tratos con los ingleses, las segundas contra el duque de Lancaster. Estas últimas se dirigieron a la costa de Inglaterra, y con una audacia sin ejemplo hasta entonces, remontaron el Támesis{3}, llegaron hasta cerca de Londres, hicieron muchos estragos y apresaron algunas naves inglesas; atrevimiento sin igual en aquel tiempo (1380). Pero no tardó Castilla en perder con la muerte de Carlos V de Francia el aliado más constante y el amigo más útil, y el cetro de la Francia pasó de las manos del príncipe más hábil y más político que había visto aquel reino después de San Luis, a las de su hijo Carlos VI, príncipe destinado a perder la razón antes de llegar a ser hombre. Habíale precedido a la tumba el gran auxiliar de don Enrique II, el famoso Bertrand Duguesclin.

Inconstante, como de costumbre, en sus resoluciones el rey don Fernando de Portugal, aunque atento siempre a su provecho, propuso a don Juan de Castilla que se anulase el ajustado casamiento de la hija de aquel, doña Beatriz, con uno de los hermanos bastardos del castellano, don Fadrique, duque de Benavente, solicitando que en lugar de éste se desposase con su hija el infante don Enrique que no tenía un año de edad. Vino en ello el de Castilla, concertando entre sí ambos reyes que si cualquiera de los dos príncipes muriese sin hijos legítimos el otro le sucediese en el reino. Embajadores del de Portugal vinieron a Castilla a firmar el pacto de matrimonio en Soria, donde entonces don Juan celebraba cortes{4}.

Dos sucesos inopinados de bien diferente índole pusieron a prueba en el principio de este reinado, el uno la severa justicia, el otro la nobleza y generosidad de don Juan I. Unos judíos de las aljamas del rey le arrancaron por sorpresa un albalá contra otro judío a quien querían mal, y al cual dieron muerte escudados con el real documento. Averiguó el joven monarca la suplantación, y condenó a la última pena y mandó hacer inmediata justicia de los criminales. Desde entonces derogó el derecho que tenían los judíos de librar sus pleitos y fallar sus procesos por sus particulares ordenanzas, y acaso fue aquella una de las causas de las medidas que contra aquella raza tomó en las cortes de Soria. El otro suceso fue de diversa naturaleza. El rey de Armenia León V había sido cautivado por el Soldán de Babilonia. Mensajeros del cautivo monarca andaban solicitando la ayuda y favor de los príncipes cristianos para librarle del cautiverio. Dos de ellos, un prelado y un caballero, llegaron al rey de Castilla que estaba en Medina del Campo. Expuesto el objeto de su embajada, preguntó el rey qué cantidad sería necesaria para rescatar al ilustre prisionero, pues le cumplía hacer aquella buena obra. Respondiéronle los enviados que el príncipe de los infieles ni necesitaba ni quería dineros, sino que se pagaría más, y se tendría por más honrado con que los reyes cristianos le rogaran por la libertad del real cautivo, y le enviaran, si era posible, algún regalo de joyas y otros objetos que no tenía en su tierra. Entonces don Juan dio a los mensajeros algunos falcones gerifaltes, escarlatas, peñas-veras (martas blancas), y varias alhajas de oro y plata, las mejores que pudo haber. Con esto y con cartas de ruego de los reyes de Castilla y Aragón se encaminaron los mensajeros a Babilonia, presentáronse al Soldán y obtuvieron el rescate del monarca cautivo. Algún tiempo más adelante, hallándose el rey de Castilla en Badajoz, vio llegar al príncipe armenio, que lleno de gratitud venía a darle las gracias por haberle libertado de la dura prisión en que estaba. Traíale cartas del Soldán de Babilonia, Rajab el Sencillo, en extremo honoríficas para el rey de Castilla. Don Juan no solo le recibió benévolamente, sino que además de agasajarle con paños de oro, joyas y vajillas de plata, le dio para toda su vida las villas de Madrid, Villareal y Andújar, con todos sus pechos, derechos y rentas, con más una renta ciento cincuenta mil maravedís anuales{5}.

Pronto tuvo el joven rey de Castilla que entender y decidir en la cuestión más grave y en el negocio más delicado y difícil en que se hallaban fijas las miradas del mundo, y traía perplejos a todos los príncipes de la cristiandad, el de resolver a cuál de los dos pontífices que se disputaban el derecho de regir el mundo cristiano se había de reconocer y acatar por legítimo y verdadero. Habían venido en calidad de embajadores y como abogados de Urbano VI el obispo de Favencia y otros esclarecidos doctores: por parte de Clemente VII, reconocido ya en Francia y en otras naciones, vino el ilustre y célebre arzobispo de Zaragoza don Pedro de Luna (después papa Benito XIII), que valía por muchos. El rey don Juan aunque joven, queriendo proceder en negocio tan arduo con toda madurez y circunspección, sin perjuicio de tomar cuantos informes pudiera acerca de la legitimidad de ambas elecciones congregó en Medina del Campo los más doctos prelados, doctores y juristas de su reino, para que en unión con los enviados de uno y otro pontífice discutieran maduramente el punto y deliberaran lo que más conforme a derecho fuese. En aquella especie de cónclave, que así le llamaba el pueblo, puesto que se trataba de ver quién salía de allí verdadero papa, expuso cada cual detenidamente su opinión y sus razones. Trasladado después el concilio (que como concilio se miró en la cristiandad este consejo) a Salamanca, por convenirle así al rey, la gran mayoría decidió que el verdadero papa, según que ellos pudieron entender, era Clemente VII. Entonces el rey don Juan declaró solemnemente (1381) que quedaba reconocido en Castilla Clemente VII como legítimo vicario de Jesucristo y sucesor de San Pedro, y en este sentido escribió y dirigió a todos los de sus reinos una larga carta para que como tal le reconociesen y acatasen{6}.

En este tiempo tuvo el rey la amargura de perder en Salamanca a la reina doña Juana su madre (27 de marzo).

Mientras que Juan I de Castilla se ocupaba en resolver para su reino la gran controversia religiosa, una tormenta se había estado formando contra él del lado de Portugal, que fue lo que motivó su traslación a Salamanca. El versátil don Fernando de Portugal, a pesar del reciente tratado hecho con Castilla, se había ligado con los príncipes de Inglaterra, y aún con uno de los hermanos bastardos del de Castilla, llamado don Alfonso. Y mientras el portugués se preparaba secretamente para la guerra, el conde de Cambridge{7}, después duque de Yorck, hermano del de Lancaster que pretendía el trono castellano por su mujer doña Constanza, disponía una expedición a Portugal con mil hombres de armas y mil flecheros. Tampoco se descuidó el rey de Castilla. Primeramente trabajó para traer a merced a su hermano Alfonso; penetró seguidamente en Portugal, y se apoderó de la ciudad de Almeida, mientras su almirante Sánchez de Tovar, a quien había enviado con una flota de diez y siete galeras a las aguas de Lisboa, deshacía una armada de veinte naves portuguesas que mandaba el almirante Juan Alfonso Tello, hermano de la reina de Portugal, haciendo prisionero a éste y matando todas sus compañías y caballeros (julio, 1381). Con este triunfo quedaba el castellano dominando el mar. Enfermó el rey don Juan gravemente en Almeida, mas luego que restableció su salud envió un reto al príncipe inglés que supo haber llegado a Lisboa, convidándole a venir con él a batalla. No contestó el de Cambridge, y dejando el castellano guarnecidos los lugares de la frontera portuguesa, vínose a Castilla a levantar compañías y prepararse a más formal guerra. Aquí pasó el resto del año entre Palencia, Ávila, Tordesillas y Simancas.

Portugueses y castellanos se aprestaban a entrar en campaña en la primavera de 1382. El conde don Alfonso, hermano del rey de Castilla, que otra vez andaba desde Braganza en pleitesías con el de Portugal, tuvo que venirse de nuevo a las banderas de su hermano, que había sabido atraerse antes las compañías que llevaba el conde. Hizo ya movimiento don Juan a Zamora, Ciudad-Rodrigo y Badajoz con cinco mil hombres de armas, muchos lanceros y ballesteros, y gran número de gente de a pie. Para entrar en esta campaña nombró mariscales de la hueste a Fernán Álvarez de Toledo y a Pedro Ruiz Sarmiento, y condestable a don Alfonso de Aragón, marqués de Villena y conde de Denia y Ribagorza: dos títulos y oficios, el de mariscal y el de condestable, por primera vez establecidos y usados en Castilla{8}. Hallábanse en Yelves el rey de Portugal y el príncipe inglés, cada uno con tres mil hombres de armas y correspondiente número de flecheros. Esperábase de un día a otro la batalla; pero habiendo mediado prelados y caballeros de uno y otro reino, y no llegando al de Portugal los refuerzos que aguardaba del duque de Lancaster, acomodóse a ajustar una paz, que se estipuló con las condiciones siguientes: que su hija y heredera doña Beatriz, prometida antes a don Fadrique, hermano bastardo de don Juan de Castilla, desposada después con el infante don Enrique, y ofrecida más adelante a un hijo del príncipe inglés conde de Cambridge, se casase (deshaciendo todos los anteriores esponsales) con el hijo segundo del de Castilla don Fernando, lo cual hacía el de Portugal porque las coronas de ambos reinos no se reuniesen en una sola cabeza : que se daría libertad al almirante portugués Alfonso Tello, y le serían restituidas las veinte galeras apresadas por el almirante castellano: que el rey de Castilla pagaría al conde de Cambridge lo necesario para que pudiese llevar a Inglaterra las compañías que había traído. Cumplidas las condiciones y desposados los infantes, el príncipe inglés se embarcó para su tierra, y don Juan se vino de Badajoz por Toledo a Madrid.

Aquí recibió la triste nueva del fallecimiento de su esposa la reina doña Leonor de Aragón en Cuellar (13 de setiembre, 1382), al dar a luz una princesa, que sobrevivió muy poco a su madre; reina a quien un escritor de aquella edad dice que pudiera llamar santa, según eran santas sus obras{9}. Pero a pesar de todas las virtudes de la finada reina no duró mucho la viudez del rey. Y es que don Fernando de Portugal que con una sola hija que aun no había cumplido doce años, llevaba contratados ya cuatro matrimonios sin realizar ninguno, vio la ocasión de negociar el quinto, y envió a decir a don Juan que quería casar con él a su hija Beatriz (la misma que había estado desposada con un hermano y dos hijos del rey), añadiendo para halagarle que siendo aquella hija la única heredera del reino, en faltando él quedaría don Juan por rey de Portugal. No desagradó al castellano la proposición, y oído su consejo envió a Portugal al arzobispo de Santiago para que concluyera los tratos y los firmara (marzo, 1383). Las condiciones fueron: que doña Beatriz heredaría el reino después de los días de su padre, y don Juan se nombraría rey de Portugal; pero que la gobernación del estado la tendría la reina viuda doña Leonor hasta que doña Beatriz y su esposo hubiesen un hijo o hija de edad de catorce años; que llegado este caso pasara la gobernación del reino al hijo o hija de don Juan y de doña Beatriz, los cuales tan pronto como tuviesen hijo o hija dejarían de titularse reyes de Portugal, cuyo título tomaría aquel hijo o hija de hecho y de derecho. Firmados y jurados estos capítulos (2 de abril) aclamose desde luego a doña Beatriz reina de Castilla; y acordado que el casamiento se hiciese en Yelves o en Badajoz, dispuso el rey don Juan todo lo necesario para celebrar con esplendidez sus bodas.

En el mes de mayo inmediato hallábanse ya don Juan de Castilla con los grandes de su reino y el arzobispo de Santiago en Badajoz, doña Leonor y doña Beatriz de Portugal con los principales hidalgos portugueses y el obispo de Lisboa en Yelves. Gravemente enfermo el rey don Fernando, no pudo asistir a estas bodas. Juraron sobre el cuerpo de Dios todos los prelados y señores de ambos reinos que se hallaban presentes guardar aquellos tratos, y hecho esto salió un día el monarca castellano de Badajoz (17 de mayo) camino de Yelves. En unas tiendas que se habían levantado fuera de la villa encontró a la reina doña Leonor que le aguardaba; lleváronle allí a doña Beatriz, y tomándola consigo fuéronse a Badajoz, donde se velaron al siguiente día en medio de regocijos y alegres fiestas.

Viniendo ya de Badajoz para Castilla, supo don Juan que su indócil y bullicioso hermano don Alfonso se había rebelado de nuevo y fortificádose en Gijón. Despachó inmediatamente a Asturias algunos de sus capitanes, los cuales cercaron a Alfonso en Gijón hasta que le obligaron a rendirse con toda su gente. Trajéronle a su hermano, que tuvo la generosidad de perdonarle bajo palabra que le empeñó de que le sería siempre fiel y no se apartaría ya jamás de su servicio. El rey se vino a Segovia, donde celebró cortes generales. Hiciéronse en ellas algunos ordenamientos para la reforma de abusos, pero lo más notable de estas cortes fue la ley en que se abolió la costumbre de contar por la Era de César, mandando que en todo el reino se contara en adelante por los años del nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo{10}.

Terminadas estas cortes, y caminando el rey a Toledo con ánimo de dirigirse a Sevilla, noticiáronle en Torrijos el fallecimiento de su suegro el rey de Portugal (22 de octubre, 1383). El primero que le escribió invitándole a que pasara a aquel reino, diciendo que le pertenecía de derecho por doña Beatriz su mujer, fue el maestre de Avis don Juan, hermano bastardo del difunto monarca. Comenzó en efecto el castellano a usar título y armas de Portugal, cosa que no agradó a algunos de su consejo. En Montalván prendió a su hermano don Alfonso, y encerrole en un castillo por sospechas de que andaba en nuevas maquinaciones, y mandó también llevar preso al alcázar de Toledo al infante don Juan de Portugal, refugiado en Castilla con su hermano don Dionis después de la muerte de su padre; no porque hubiese hecho cosa contra su servicio, sino porque recelaba que algunos en Portugal le quisiesen aclamar por rey. Con esto se preparó para hacer su entrada en Portugal, mas celebrado consejo sobre la manera como convendría ejecutarlo, dividiéronse los pareceres, opinando los más que debería de ganar antes a los portugueses con políticos y amistosos tratos y por medio de embajadas y conferencias pacíficas, por la vía en fin de las negociaciones, y siendo otros de dictamen que debería mirar los anteriores tratados como hechos contra su honra y derecho, y como no válidos ni obligatorios, en cuya virtud convendría que entrara inmediatamente como rey y con poderoso ejército, y tomar posesión del reino como por sorpresa y antes que los portugueses se apercibiesen. Conformábase más este dictamen con los deseos y con las intenciones del rey, y como al propio tiempo el canciller de la reina, obispo de la Guardia, ciudad portuguesa de la frontera, le asegurara que en esta ciudad sería muy bien acogido, el rey desoyendo toda reflexión contraria a su pensamiento tomó el camino de Portugal y entró en la Guardia, donde fue recibido tan benévolamente como el prelado le ofreciera.

Muchos caballeros e hidalgos portugueses de la comarca presentáronse luego a hacer homenaje al rey de Castilla, pero disgustáronse pronto del carácter un tanto seco y taciturno de don Juan, acostumbrados como estaban a las familiaridades de don Fernando. Por otra parte el gobernador del castillo de la Guardia no le entregaba al rey, y se mantenía en una actitud sospechosa, bien que don Juan se creyera asegurado con las compañías que le llegaron de Castilla hasta quinientos hombres de armas. Había don Juan despachado cartas para Lisboa, y en general para todo el reino, recordando los derechos de su esposa doña Beatriz después de la muerte de su padre. En su virtud el conde de Cintra don Enrique Manuel, tío de los dos reyes el difunto don Fernando de Portugal y don Juan de Castilla, tomó el pendón de las Quinas (el estandarte de las armas portuguesas) y acompañado de algunos oficiales de la casa real recorrió las calles de Lisboa proclamando: ¡Real, Real, Portugal, Portugal por la reina doña Beatriz! Pero esta proclamación fue generalmente recibida con tibieza, porque muchos querían al infante don Juan, hijo de doña Inés de Castro, y hermano natural del último rey, el que quedaba preso en el alcázar de Toledo, puesto que temían por la independencia del reino si se ponía éste en manos de la esposa del rey de Castilla.

Había en Lisboa un hombre muy popular, que era el maestre de Avis. Era éste enemigo del conde de Oren, a quien el pueblo tampoco quería bien. Un día hallándose el conde en el palacio de la reina doña Leonor entró el maestre de Avis con cuarenta hombres armados y asesinó al de Oren junto a la cámara misma de la reina. El obispo de Lisboa don Martín, natural de Zamora, privado del último rey, y tampoco bien quisto del pueblo, tan luego como supo la muerte del conde de Oren, cobró miedo y buscó asilo en la torre de la catedral. Agolpose allí el pueblo tumultuado, penetró en el asilo del obispo, y sin respeto al carácter sagrado de su persona le dio muerte y le arrojó de la torre. En vista de estas escenas intimidóse la reina doña Leonor, y viendo al maestre de Avis apoderado de la ciudad se salió de Lisboa y se refugió en Santarén. Públicamente decían ya en Lisboa que no querían ni a la reina doña Beatriz, ni al infante don Juan, mientras no tuviese la regencia del reino el maestre de Avis. Informó la reina viuda de todo al rey de Castilla, y enviole a llamar invocando su amparo. Respondiendo don Juan a su llamamiento, pasó de la Guardia a Santarén, donde la reina doña Leonor abdicó en él el derecho a la regencia del reino que tenía con arreglo a los tratados, y acudieron a reconocerle como tal buen número de caballeros, hidalgos y capitanes portugueses, señores de castillos que obedecían como reina a doña Beatriz (1384).

Pero entretanto una gran parte de la población de Lisboa y de otras ciudades del reino proclamaban rey al infante don Juan y regente al maestre de Avis paseando el pendón de las Quinas, con la efigie del infante, que para conmover al pueblo habían pintado representándole preso en España y cargado de cadenas. Envió el rey algunos de sus capitanes con mil hombres de armas a cercar a Lisboa, y aunque esperaron algún tiempo a que salieran los sitiados a darles batalla, no se atrevieron éstos a moverse de la ciudad. Encendíase no obstante, la guerra entre castellanos y portugueses por la parte de Évora. Creyó el rey que se le entregaría Coímbra, y se engañó, a pesar de tenerla un hermano y un pariente de la reina doña Leonor. Antes bien como supiese que su primo don Pedro, hijo del antiguo maestre de Santiago, don Fadrique, haciéndole traición se había entrado en aquella plaza; y como le informasen de que todo esto era movido por la reina su suegra, de quien supieron algunos que tenía relaciones demasiado estrechas con don Pedro, prendió a doña Leonor, contra el dictamen de algunos de su consejo, y la hizo trasportar a Castilla con buena escolta, y la recluyó en el monasterio de Santa Clara de Tordesillas. Discutiose en consejo si se cercaría Lisboa, o se haría la guerra por el resto del reino, y prevaleció el primer dictamen, no obstante estar la epidemia haciendo grande estrago en el ejército castellano. Formalizose, pues, el sitio de Lisboa: una flota castellana desarmaba las naves de Portugal: el reino estaba muy dividido entre los dos partidos: el maestre de Avis propuso un acomodamiento que no fue aceptado; mas la mortandad ocasionada por la peste aumentaba cada día a tal punto que en dos meses murieron sobre dos mil hombres de armas, los mejores de Castilla, además de muchos otros de los que componían la hueste, entre ellos el maestre de Santiago, Cabeza de Vaca, el camarero mayor del rey, Fernández de Velasco, el comendador mayor de Castilla Ruiz de Sandoval, los mariscales de Castilla Álvarez de Toledo y Ruiz Sarmiento, el almirante Sánchez de Tovar, don Pedro Núñez de Lara, conde de Mayorga, y otros muchos ricos-hombres y caballeros de Castilla y de León.

Túvose consejo para deliberar lo que en tan funesta situación debería hacerse, y se acordó levantar el cerco (3 de setiembre, 1334), y volverse a Castilla hasta que la peste cesase, dejando guarnecidos los castillos y villas que se poseían en aquel reino. Igual medida se tomó con la escuadra. Regresado que hubo don Juan a Sevilla, escribió al rey de Francia refiriéndole el grande estrago que en su gente había hecho la epidemia y pidiéndole ayuda, y se dedicó a armar galeras y naves y a aparejar todo lo necesario para reparar las pérdidas y volver a emprender la campaña.

Al comenzar el año 1385 doce galeras y veinte naves castellanas surcaban de Sevilla a Lisboa. En la parte de Santarén habían sido hecho prisioneros en pelea el prior del Hospital y el maestre de la orden de Cristo por el castellano Gómez Sarmiento. El maestre de Avis había sitiado a Torres Vedras, donde estuvo a punto de ser víctima de una conjuración que le habían tramado algunos caballeros originarios de Castilla que tenía en su campo, cuya conspiración se supuso instigada por el rey de Castilla{11}. Alzando luego el maestre el campo de Torres Vedras, entró en Coímbra (3 de marzo), donde había convocado las cortes del reino. En aquella asamblea un célebre jurisconsulto portugués pronunció un largo discurso para probar que el heredero más directo de la corona era el maestre de Avis; que habiendo sido ilegítimo el matrimonio de don Fernando con doña Leonor Téllez, ya casada, lo era también el nacimiento de doña Beatriz; que los infantes don Juan y don Dionís, prisioneros en Castilla, tampoco eran sino bastardos, no habiéndose casado el rey don Pedro con doña Inés de Castro su madre; y que siendo el maestre de Avis de la sangre de sus reyes, un buen caballero, hombre ilustrado y el más valeroso del reino, en sus manos debía ponerse el cetro de Portugal{12}. Los que defendían el derecho de doña Beatriz y los que estaban por el infante don Juan, alegaron también sus razones, mas su voz fue ahogada por las de los numerosos partidarios del de Avis, diputados de las ciudades, que eran más en número que los nobles en la asamblea, y el maestre de Avis quedó aclamado rey en las cortes de Coímbra (6 de abril, 1385) con el nombre de Juan I, tomando desde luego el título y las insignias reales. Así en pocos años dos bastardos ocuparon los tronos de Castilla y de Portugal, legitimando, por decirlo así, la ilegitimidad ambos pueblos{13}.

Mostrose don Juan I de Portugal desde el principio merecedor de la corona que acababa de recibir, pues merced a su actividad casi todas las plazas de Entre Duero y Miño que estaban por doña Beatriz fueron reconquistadas, y Portugal se vio en actitud de tomar la ofensiva contra Castilla. Uno de sus primeros actos fue reconocer por pontífice a Urbano VI, a quien escribió participándole su elección y solicitando de él la competente dispensa por su cualidad de gran maestre de una orden religiosa{14}. El rey de Castilla supo estas nuevas cuando se preparaba a hacer otra invasión en Portugal después de restablecido de una gravísima enfermedad que le había puesto en peligro muy próximo de muerte. La gente de mar había ido ya delante, según hemos dicho. El arzobispo de Toledo don Pedro Tenorio recibió orden de penetrar en aquel reino por la parte de Ciudad-Rodrigo con las banderas del rey, pero adelantáronse algunos caballeros castellanos, que rompiendo por territorio portugués con trescientas lanzas, pagaron caro su atrevimiento siendo completamente derrotados en Troncoso. El monarca castellano había pasado a Badajoz, donde se le reunieron sus banderas, con más algunas compañías que le vinieran de Francia. De allí hizo movimiento a Ciudad-Rodrigo. Debatiose en consejo si se entraría o no en Portugal, atendido el estado del reino, el prestigio del nuevo monarca, sus recientes triunfos y el auxilio que había recibido de Inglaterra. Oponíanse muchos; pero el rey se adhirió como siempre a los que opinaban por la invasión. Hízose, pues, la entrada (julio, 1385); rindiose Celoria, pasó el rey por las inmediaciones de Coímbra, cuyo arrabal quemó, y prosiguió camino de Leiría. El maestre de Avis, rey de Portugal, estaba en Tovar; de allí movió su gente a Ponte de Sor, en dirección de Leiría también.

Halláronse los dos ejércitos cerca de Aljubarrota, villa abacial a una legua de Alcobaza, en la Extremadura portuguesa. El de Portugal era bastante inferior en número al castellano, que constaba de treinta mil hombres de todas armas, si bien sus principales capitanes habían perecido un año antes de epidemia en el sitio de Lisboa. Favorecían al portugués las posiciones, el hambre y la fatiga del ejército castellano, y la quebrantada salud del rey de Castilla que se hallaba casi postrado e imposibilitado de cabalgar. Aconsejaban a éste los más prudentes que no diera el combate con tales desventajas y a esto se inclinaba el rey; pero la gente joven y fogosa expuso que la menor vacilación de parte de un ejército tan superior en número al del enemigo sería mostrar una vergonzosa cobardía; y con más valor que reflexión atacaron la hueste portuguesa, la cual los rechazó también vigorosamente. Sucedió entonces lo que los hombres experimentados y pensadores habían previsto. La naturaleza del terreno no permitió maniobrar a las dos alas del ejército castellano, y solo el centro y la vanguardia del rey tuvieron que sostener el empuje de los tres cuerpos enemigos. Los portugueses embistieron con admirable brío sembrando la muerte por las filas de Castilla. El rey don Juan, doliente como estaba, era llevado en una litera. Cuando los castellanos vieron que iban en derrota, pusiéronle en una mula, y cuando la necesidad los obligó a retirarse precipitadamente diole su caballo Pedro González de Mendoza, su mayordomo, con el cual, enfermo como estaba, huyó del campo, y llegó con mucho trabajo a Santarén, distante once leguas. Allí tomó un barco de guerra, y descendiendo por el Tajo arribó a Lisboa, donde estaba la armada castellana, y con ella se volvió a Sevilla.

Fue la memorable batalla de Aljubarrota el 14 de agosto de 1385. Hácese subir a diez mil la cifra de los castellanos que en ella perecieron: allí sucumbieron los mejores capitanes y los más ilustres caballeros de Castilla; don Pedro, hijo del marqués de Villena, el señor de Aguilar y de Castañeda, hijo del conde don Tello, el prior de San Juan, el adelantado mayor, el almirante y los mariscales de Castilla, el portugués don Juan Alfonso Tello, conde de Mayorga y tío de la reina doña Beatriz, con otros muchos próceres e hidalgos castellanos y portugueses. Entre los prisioneros se contaba el ilustre don Pedro López de Ayala, el autor de la Crónica. El maestre de Alcántara Gonzalo Núñez de Guzmán se mantuvo algún tiempo firme con los de a caballo después de la derrota: a él se reunieron los que pudieron escapar de la matanza, con los cuales se retiró en cierto orden a Santarén, y pasando el Tajo se internó en Castilla. Salváronse otros por cerros y senderos, y algunos se incorporaron al infante don Carlos de Navarra, que con algunas compañías de Aragón, de Bretaña y de Castilla había entrado en Portugal después que el rey, y sabiendo en tierra de Lamego el funesto desastre de Aljubarrota dio la vuelta con los fugitivos para el territorio castellano. Afectó tanto al rey don Juan aquella derrota que se vistió él y mandó vestir luto a toda la corte, y en más de un año no permitió que hubiese diversiones ni espectáculos públicos, ni ningún género de fiestas populares. Los portugueses solemnizan anualmente el triunfo de Aljubarrota, y le celebran con pomposos y no infundados panegíricos{15}.

Ganada la batalla, recobró el nuevo rey de Portugal las plazas que habían tenido los castellanos, y al dar la noticia de su triunfo al duque de Lancaster, le excitaba a que viniese a tomar posesión del reino de Castilla que decía pertenecerle por su mujer. Orgulloso y envalentonado con su victoria el antiguo maestre de Avis, mandó a su condestable Nuño Álvarez Pereira que invadiera el país de Badajoz haciendo cuanto estrago pudiese. Mas faltó poco para que él con toda su gente cayera en poder de los castellanos, y sólo por un desesperado esfuerzo pudo volver a entrar en Portugal, después de haber dejado en Castilla muchos de los que le acompañaron en su atrevida irrupción.

De Sevilla pasó don Juan a celebrar cortes en Valladolid. En estas cortes se hizo un ordenamiento prescribiendo y señalando minuciosamente las armas y armaduras que cada ciudadano de veinte a sesenta años, fuese clérigo o lego, estaba obligado a tener en proporción a las rentas y haberes de cada uno, así como el número de caballos que había de mantener, y la proporción en que éstos habían de estar con el de las mulas y otras cabalgaduras, concluyendo con varias medidas conducentes al fomento de la cría caballar. Hacíase lo primero con el fin de que todo el mundo estuviera preparado y armado para la guerra, y lo segundo a causa de la disminución y escasez de caballos que se iba notando. Reprodujéronse algunas leyes hechas en otras cortes relativas a los judíos y a los arrendadores de las rentas, objetos perennes de las quejas, reclamaciones y peticiones de los pueblos; y por último, manifestó el rey las causas por qué llevaba luto, que decía ser mayor el de su corazón que el de sus vestidos, siendo la principal el sentimiento que le causaba la pérdida de tantos y tan buenos caballeros y escuderos como habían muerto en la reciente guerra, y el quebranto y mancilla que acababa de sufrir el reino, y que su voluntad sería no dejar el duelo hasta que la deshonra de Castilla fuese vengada y pudiese aliviar de pechos a sus súbditos y regir sus reinos en justicia: nobles sentimientos, que honran sobremanera al monarca que los emitía.

Disueltas las cortes de Valladolid en fines de 1385, recorrió el apesarado don Juan las provincias animándolas a reparar el contratiempo de Aljubarrota, cuyo recuerdo le laceraba el corazón. El rey Carlos VI de Francia, a quien don Juan había participado el suceso funesto de Portugal y solicitado le amparase en tal conflicto con arreglo a los tratados, le envió dos mil lanzas pagadas, al mando de su tío el duque de Borbón, hermano de la reina doña Blanca, mujer de don Pedro de Castilla, y el papa Clemente VII le dirigió una afectuosa carta procurando consolarle de la pérdida de la batalla. Mas los emisarios que el de Portugal había despachado a Inglaterra hallaron tan buena acogida en la corte de Ricardo II (sucesor de Eduardo III), que el parlamento de Londres otorgó un servicio de mil quinientas lanzas y otros tantos ballesteros al duque de Lancaster, para que viniera a cobrar el que llamaba él su reino de Castilla{16}. Embarcose, pues, el príncipe inglés en Bristol con esta gente en galeras del rey de Portugal, trayendo consigo a su esposa, a su hija Catalina y a muchas damas y doncellas, que sin duda miraban la empresa de la conquista de Castilla más como de recreo que como de peligro, y después de haber tocado en Brest, tomaron rumbo para la Coruña, donde arribaron el 25 de julio (1386). Apresaron allí algunas naves castellanas, y aún hubieran tomado la población sin la vigorosa defensa de un caballero de Galicia llamado don Fernando Pérez de Andrade, que se hallaba allí muy bien apercibido y con buena compañía. Menos fuerte y menos defendida la ciudad de Santiago, cayó en poder de los ingleses, y no faltaron caballeros de la tierra que se fuesen con el de Lancaster.

En abril de aquel año había publicado Ricardo de Inglaterra una bula de Urbano VI en favor de «Juan, rey de Castilla y de León, duque de Lancaster,» contra «Juan, hijo de Enrique, intruso e injusto ocupador, y detentor cismático de dicho reino de Castilla, y contra Roberto, que fue cardenal de los doce Apóstoles, anti-papa (Clemente VII), su cómplice y sostenedor{17}.» Así el de Lancaster traía ya en sus pendones las armas de Castilla y de León, y su sello de plomo para los despachos figuraba un trono gótico con las mismas armas, en que estaba sentado el duque con el globo en una mano y el cetro en la otra, y en derredor la leyenda: johamnes dei gratia, rex castellae et legionis... dux lancastrie, &c.

Comunicáronse y se felicitaron mutuamente el de Avis y el de Lancaster, y acordaron tener unas vistas en la comarca de Oporto, en un sitio que nombran Ponte-de-Mor. Comieron allí juntos y concertaron: 1.° que el de Lancaster daría al de Avis, rey de Portugal, su hija Felipa (habida de primer matrimonio), siendo de cargo del portugués impetrar la dispensa pontificia, como superior que era de una orden religiosa: 2.° que el de Portugal entraría con el inglés en Castilla para ayudarle a cobrar este reino, por cuyo servicio le daría éste ciertas villas y lugares, quedando además en rehenes la prometida esposa del portugués: 3.° que pasado aquel invierno entrarían con todo su poder en Castilla. Firmados estos tratos, volviose el de Lancaster a Galicia; pero probó tan mal la estancia en este país a las tropas inglesas, que gran número de soldados y los mejores capitanes quedaron sepultados en él. Por otra parte, aunque algunos gallegos se habían adherido a la causa de Lancaster (que siempre había sido Galicia la provincia menos adicta a los reyes de la dinastía de Trastámara), muchos se alzaron por el rey de Castilla, y hostilizaban desde las fortalezas a los ingleses, y daban buena cuenta de los que salían a buscar viandas o andaban sueltos por los caminos{18}.

Don Juan de Castilla, a quien las dos campañas de Portugal habían dejado sin capitanes, menguádole la gente de guerra y consumídole pingües recursos, limitábase a proveer a la defensa de Castilla, y a fortificar a León, Zamora y Benavente, por donde temía la invasión; mandó despoblar y destruir los lugares llanos y descercados, y esperaba también que acabara de llegar la hueste auxiliar francesa, de la cual se adelantaron a venir algunos capitanes y compañías. En una carta que dirigió desde Valladolid a todas las ciudades del reino, les daba cuenta de las disposiciones que había adoptado para resistir la invasión (setiembre, 1386). El de Lancaster desde Orense envió un heraldo al de Castilla para intimarle que perteneciendo el reino de derecho a su mujer doña Constanza, esperaba se le cediese, o de otro modo «se entenderían en batalla poder por poder.» A su vez el de Castilla despachó al de Inglaterra tres mensajeros, a saber: el prior de Guadalupe, un caballero que decían Diego López de Medrano, y un doctor en leyes llamado Alvar Martínez de Villareal con las competentes instrucciones. Recibidos benévolamente estos embajadores por el de Lancaster en audiencia ante su consejo, cada uno de ellos pronunció un discurso en defensa de los legítimos derechos de don Juan de Castilla. A los tres oradores castellanos contestó por parte del de Lancaster el obispo de Aquis don Juan de Castro, castellano también, pero que siempre había seguido el partido de don Pedro de Castilla contra su hermano don Enrique, que seguía defendiendo los derechos de su hija doña Constanza, y que era el principal consejero del duque de Lancaster{19}. Terminados los razonamientos, los embajadores de Castilla concluyeron con decir al de Lancaster que se afirmaban en lo que primero habían expuesto, y pidiéronle su venia para volver a Castilla.

Mas todo esto se redujo a mera fórmula. En un rato en que se había suspendido la sesión de la audiencia, el prior de Guadalupe había dicho separadamente y en secreto al príncipe inglés de parte del rey de Castilla, que puesto que él tenía una hija de doña Constanza y el de Castilla un hijo reconocido heredero del reino, podía ponerse fácil término a sus querellas, casando al infante don Enrique con la princesa Catalina, declarándolos herederos en común de los reinos de Castilla y de León, con lo cual cesaba toda competencia y motivo de guerra. Oyó con gusto el de Lancaster la proposición, recomendando al prior de Guadalupe la necesidad de guardar secreto sobre esta y otras negociaciones que pudieran mediar con el de Castilla hasta que fuese tiempo y razón de publicarlas; lo cual hacía sin duda por el compromiso que tenía con el de Portugal.

Grandemente dado el rey don Juan I de Castilla a celebrar cortes generales y hacer en ellas las leyes convenientes al mejor gobierno de sus reinos, aprovechó los momentos de tregua que las circunstancias le permitían para tenerlas en Segovia al espirar este año de 1386. Y mientras sus embajadores defendían su derecho en Orense ante el duque de Lancaster, él pronunciaba en las cortes de Segovia un largo y razonado discurso para probar que ni la hija de don Pedro ni otro príncipe ni princesa alguna le podían disputar el que él tenía al trono de León y de Castilla. En estas cortes respondió a veinte y ocho peticiones que le presentaron los procuradores de las ciudades, relativas a los que debían pechar tributos, a establecer la mayor equidad posible en los impuestos, y a la manera más conveniente y menos gravosa de recaudarlas. Merece especial mención la ley que en estas cortes se hizo regularizando las hermandades de Castilla para la persecución y castigo de malhechores. «Otrosí, dijo el rey, a los que nos pedieron por merced que por que la nuestra justicia fuese guardada, e complida, e los nuestros regnos defendidos, e nuestro servicio se podiese mejor complir, que mandásemos que las nuestras cibdades e villas, e lugares de los nuestros regnos ficiesen hermandades, e se ayuntasen las unas con las otras, asi las que son realengas como las que son de señoríos. A esto respondemos que nos place que las dichas hermandades se fagan segund que otro tiempo fueron fechas en tiempo del rey don Alfonso nuestro abuelo, que Dios perdone, e según se contiene por esta cláusula que adelante se contiene.»– Sigue un reglamento prescribiendo las obligaciones de los pueblos de la hermandad, y la manera de obrar cuando ocurrieren muertes o robos en despoblado, de que puede servir de muestra el primer artículo de la ordenanza de somatenes, en que se manda, que cuando uno de estos casos aconteciere se dé parte al juez, alcalde, merino o alguacil de la primera ciudad, villa o lugar, «e que estos oficiales e qualquier dellos a quien fuere dada la querella, que fagan repicar la campana y que salgan luego a voz de apellido e que vayan en pos de los malfechores por do quier que fueren; e como repicasen en aquel lugar, que lo envien faser saber a los otros lugares de enderredor para que fagan repicar las campanas, e salgan a aquel apellido todos los de aquellos lugares do fuese enviado decir, o oyeren el repicar de aquel lugar do fuese dada la querella, o de otro cualquier que repicaren, o oyeren o sopieren el apellido o la muerte, que sean tenudos de repicar e salir todos, e ya todos en pos de los malfechores, e de los seguir fasta que los tomen o los encierren, &c.{20}

Tal era el estado de las cosas en Castilla al entrar el año 1387, cuyo principio señaló la muerte del rey Carlos el Malo de Navarra (1.° de enero), después de un reinado de cuarenta años. Si el sobrenombre que conserva simboliza bien lo que fue en vida, las circunstancias de su muerte parecieron como una expiación providencial, pues murió de lepra entre horribles tormentos, abrasado además en el lecho en que yacía, y que se encendió casualmente con la luz de una candela, pereciendo el rey entre los dolores de la enfermedad y los alaridos que le arrancaba el fuego de las llamas{21}. Sucediole su hijo Carlos, llamado con justicia el Noble, buen caballero, querido de todos por su amable carácter y por sus excelentes prendas, y más querido del rey de Castilla su cuñado, con quien se hallaba en Peñafiel cuando fue llamado por las cortes del reino para ocupar el trono de su padre. Don Juan de Castilla le dio una prueba de su amistad evacuando los castillos que tenía en rehenes desde las paces ajustadas con su padre. Lo primero que en su reino hizo Carlos el Noble fue tratar la cuestión del cisma de la iglesia, en la cual se decidió por Clemente VII con lo que afirmó mas la alianza con Francia y con Castilla, donde aquel pontífice era reconocido.

A los cinco días del fallecimiento de Carlos el Malo sucedió el de Pedro IV de Aragón el Ceremonioso (5 de enero), cuyo reino entró a heredar su hijo, Juan I también como el de Castilla.

Llegada la primavera, fuese por sus compromisos con el rey de Portugal, fuese por obligar más al de Castilla, se decidió el de Lancaster, a pesar de lo mermado que la peste tenía su ejército, a penetrar en el territorio castellano acompañado del portugués. En pocos días llegaron a Benavente; guarnecían esta villa las tropas de don Alvar Pérez de Osorio, las cuales rechazaron vigorosamente a los confederados. Entraron estos en Villalpando, Valderas y otras villas de menos importancia. Pero faltábanles los mantenimientos, que había tenido buen cuidado de retirar el rey de Castilla, y la epidemia continuaba estragando las compañías inglesas, menguadas ya en más de las dos terceras partes, en términos que murieron en esta expedición sobre trescientos caballeros y escuderos de los de Lancaster. Viéronse, pues, el de Portugal y el de Inglaterra en la necesidad de renunciar a su empresa y de volverse a Portugal con poca gente, y esa o agobiada de necesidad o contaminada de la peste. El de Castilla, no necesitando ya las lanzas auxiliares francesas, las pagó y despidió, dándoles las gracias por sus buenos oficios.

Deseaba don Juan de Castilla la paz, y el pretendiente inglés no tenía motivos para apetecer la guerra. Así volvieron a entenderse fácilmente sobre el casamiento tratado en Orense, y habiendo enviado el castellano sus embajadores al de Lancaster, que se hallaba en un pueblo de Portugal nombrado Troncoso, se estipuló definitivamente la paz bajo las condiciones siguientes: 1.ª el infante primogénito de Castilla, don Enrique, de edad de nueve años, había de casar con doña Catalina, de edad de catorce, hija del duque de Lancaster y de doña Constanza de Castilla: si don Enrique muriese antes de consumar el matrimonio, debería su hermano don Fernando casarse con doña Catalina: 2.ª ésta llevaría en dote las villas de Soria, Atienza, Almazán, Deza y Molina: 3.ª el rey de Castilla pagaría al duque y a la duquesa de Lancaster seiscientos mil francos en ciertos términos, y cuarenta mil cada año, los cien mil de contado, para los quinientos mil restantes se darían rehenes: 4.ª la duquesa de Lancaster tendría por su vida las rentas de Guadalajara, Medina del Campo y Olmedo: 5.ª se daría perdón general a todos los que habían seguido el partido del de Lancaster{22}: 6.ª el duque y la duquesa renunciarían para siempre a toda pretensión sobre los reinos de León y de Castilla: 7.ª que dentro de dos años se deliberaría acerca de la suerte de los hijos de don Pedro, que el rey don Juan tenía en su poder: 8.ª que los duques de Lancaster partirían luego de Portugal para Bayona, donde irían procuradores del de Castilla a formalizar y ratificar el convenio.

No podía el rey de Portugal llevar con resignación el tratado de Troncoso, hecho sin intervención y como a escondidas de él, y ya que no podía impedirle, reclamó bruscamente al de Lancaster el dote de su hija Felipa con quien ya se había casado, y los sueldos de las tropas y demás gastos hechos en la desgraciada campaña de Castilla. Después de algunas acres contestaciones entre suegro y yerno, el duque hizo donación al de Avis, por vía de indemnización de gastos, de todos los lugares que había conquistado en Galicia, con lo cual se embarcó para Bayona. Mas apenas habría doblado el cabo Ortegal cuando sucedió lo que debía suponerse; las ciudades de Galicia, Santiago, Orense y demás que se habían declarado por el de Lancaster, se sometieron a su legítimo soberano el de Castilla, pidiendo aquellas, y otorgando éste gracia e indulto por su defección. Mal parado dejó al de Portugal la alianza con el inglés.

Para satisfacer las cantidades que se habían de pagar al duque de Lancaster en conformidad al tratado, congregó el rey don Juan de Castilla las cortes del reino en Briviesca, y pidió un servicio extraordinario, que se llamó el servicio de las doblas, del cual no se eximieron ni eclesiásticos, ni hijosdalgo, ni persona alguna de cualquier condición que fuese, y a que contribuyó cada uno en rigurosa proporción de su fortuna: votáronle los procuradores como un impuesto verdaderamente nacional. Hízose en las propias cortes un ordenamiento bajando la moneda llamada blancos, a la cual se había dado el valor de un maravedí, a seis dineros nuevos, y se tomaron las medidas convenientes para la manera de satisfacer las obligaciones contraídas en el tiempo en que se había subido el valor de dicha moneda. Mas lo que hizo célebres estas cortes de Briviesca en la historia de la jurisprudencia española fueron los dos ordenamientos o cuadernos de leyes, que forman hoy todavía una parte de nuestra legislación. Creose por el primero un consejo de cuatro letrados, que no habían de ser de la clase noble, sino hombres buenos de las ciudades, los cuales habían de acompañar continuamente al rey, y despachar con él dos veces cada día. Se reglamentó este consejo, así como la audiencia y el cuerpo de los alcaldes de corte, se señaló los puntos en que habían de residir en cada estación, y cómo habían de alternar en el despacho de los negocios, y todo lo relativo a sus funciones. El otro es un ordenamiento de leyes dividido en tres tratados: contiene el primero las que se refieren a asuntos de religión y de moral; el segundo trata de impuestos, rentas, arrendamientos y oficios y empleos de hacienda; y el tercero es una especie de código penal, que concluye con otro que podemos llamar código de procedimientos para los tribunales de justicia.

Son notables y no podemos pasar en silencio algunas leyes de esté ordenamiento. «Por quanto en nuestros regnos se acostumbra (dice la primera del primer  tratado), quando Nos, o la reina o los Infantes venimos a cibdades e villas e lugares, salir con la crus a nos rescibir en procesión... lo qual non es bien fecho, nin es rason que la figura del Rey de los Reys salga a Nos que somos Rey de la tierra e nada a respeto dél, e por esto ordenamos que los prelados manden en sus obispados a sus clérigos que non salgan con las cruses de las iglesias a Nos, nin a la Reyna, nin al infante heredero...»– Se ordena en la segunda que cuando el rey, la reina o los infantes encuentren por la calle el Santo Viático, estén obligados a acompañarle hasta la iglesia, y hacerle reverencia de hinojos; «e que non nos escusemos de lo faser por polvo, nin por lodo, nin por otra cosa; que do aun los omes fasen a un rey reverencia e van de pié con él, mas de rason es de lo faser al Rey de los Reys.»– Mándase en la tercera que no se hagan figuras de cruces, ni de santos, en sitios ni en objetos en que se puedan hollar. En la cuarta se imponen penas a los blasfemos. Prohíbese en la quinta aposentar en los edificios de las iglesias aun a los reyes: por la sexta se condena y castiga el uso de los agüeros, sortilegios y artes divinatorias, y en la sétima se prescribe no trabajar los domingos en oficios mecánicos. En el tercer tratado hay una rigurosa ley de vagos; se prohíbe jugar a los dados en público o en secreto; se establecen muy severas penas contra los casados que tenían mancebas públicas, como igualmente contra las mancebas públicas de los clérigos.

Parécenos sobremanera notable la siguiente disposición, que ha hecho parte de la jurisprudencia de nuestros tribunales hasta nuestros días. –«Muchas veses per importunidat de los que nos piden libramientos, damos algunas cartas contra derecho. E porque la nuestra voluntad es que la justicia floresca, e que las cosas que contra ella pudiesen venir non ayan poder de la contrariar, establescemos que si en nuestras cartas mandáremos algunas cosas que sean contra ley, o fuero, o derecho, que la tal carta sea obedescida e non cumplida, non embargante que la dicha carta faga mención especial o general de la ley, o fuero o ordenamiento contra quien se dé, &c.{23}

Sirve de consuelo al historiador ver a los reyes y a los pueblos aprovechar ya todos los momentos que el tráfago de las guerras les permitía para dedicarse de común acuerdo a la utilísima obra de moralizar el país y organizarle política y civilmente, introduciendo todas las mejoras que alcanzaban en su legislación.

Concluidas las cortes de Briviesca en diciembre de 1387, pasó el rey don Juan en febrero del siguiente a la comarca de Calahorra, donde se vio con Carlos el Noble de Navarra, y juntos estuvieron algunos días, tomando placer, dice el cronista, en las fiestas del Carnaval de aquel año. Desgraciadamente la esposa del navarro, hermana del de Castilla, doña Leonor, no amaba a su marido ni hacia buena vida con él, y con pretexto de enfermedad la trajo consigo su hermano a Castilla.

Los mensajeros o embajadores del castellano habían ido ya a Bayona a ratificar y solemnizar el tratado de Troncoso con el duque de Lancaster. Además de reproducirse allí con prolija minuciosidad todas las condiciones del anterior convenio relativas al matrimonio de los dos príncipes, añadiéronse algunas otras, tales como la de que el infante don Fernando no podría casarse hasta que su hermano don Enrique cumpliera los catorce años, a fin de que si moría antes de esta edad pudiera don Fernando casar con doña Catalina; se repitió por tres veces y se juró sobre los Santos Evangelios la renuncia solemne del duque y duquesa de Lancaster a todos sus títulos, pretensiones y derechos que creyeran tener a los reinos de Castilla y de León, pero a condición de que si las sumas estipuladas no se les pagaban en los plazos convenidos la renuncia se tendría por nula y de ningún valor, y volverían a reclamar sus derechos como antes; se designaron las personas que habían de servir en rehenes para la seguridad de la ejecución del tratado en todas sus partes; que en el término de dos meses el rey don Juan haría jurar en cortes a don Enrique y doña Catalina como herederos suyos en el reino; se fijó la ley de sucesión, primeramente en los hijos que naciesen del matrimonio que se trataba, a falta de estos en los del infante don Fernando, o en su defecto en otros legítimos herederos de dicho rey don Juan; y si don Juan muriese sin legítimos sucesores, entonces el derecho al señorío de Castilla volvería a los duques de Lancaster. Tal vez la circunstancia de darse en Inglaterra al primogénito y presunto heredero de la corona el título de príncipe de Gales, inspiró la idea de dar a don Enrique y doña Catalina, a ejemplo de Inglaterra, el título de príncipe y princesa de Asturias, que desde entonces se ha conservado a los primogénitos de nuestros reyes{24}.

Firmadas y juradas las capitulaciones por el duque de Lancaster y los embajadores de Castilla en Bayona, suscrito el tratado por el rey don Juan, tomados los rehenes y señalado el día en que la princesa había de venir a España, un gran cortejo de prelados, caballeros y damas castellanas salió a Fuenterrabía a recibir la princesa de Asturias y futura reina de Castilla, doña Catalina de Lancaster, y de allí fue traída a Palencia, ciudad designada para la celebración de las bodas. Pero antes era menester tener dispuesta la suma de los seiscientos mil francos franceses que se habían de pagar al de Lancaster con arreglo al tratado, y aunque las cortes de Briviesca habían en un momento de expansión patriótica votado el impuesto extraordinario, habíase recaudado tan solo una cortísima cantidad; los nobles, las damas y las doncellas, a quienes se había comprendido entre los contribuyentes a aquel servicio, no correspondieron a las esperanzas ni del rey ni de las cortes. El tesoro estaba exhausto, y fue menester recurrir a un empréstito forzoso entre las ciudades. Ni el clero, ni los grandes señores, ni las damas de la nobleza contribuyeron a él; pero el rey obtuvo, aunque con trabajo, la suma necesaria, y hecho el pago de ella se procedió a celebrar las bodas en la catedral de Palencia con toda suntuosidad y aparato, solemnizándolas con justas y torneos (1388). A poco tiempo vino a Castilla la duquesa de Lancaster, doña Constanza, madre de la desposada, y el duque envió al rey don Juan la corona de oro con que él mismo había pensado coronarse rey de Castilla, y cada día se enviaban mutuamente presentes y regalos con la mejor amistad y concordia.

También con este motivo celebró el rey don Juan cortes en Palencia en setiembre de este año. Y es en verdad digna de observación la valentía con que los procuradores, condes, ricos-hombres, caballeros, escuderos e hidalgos{25} reunidos en estas cortes hablaron al rey, al tratar de cómo había de hacerse el repartimiento de los quince cuentos y medio de maravedís que importaba el empréstito hecho para el pago de la deuda del de Lancaster. «Lo qual vos otorgan, Sennor (le dijeron) con estas condiciones; que nos mandedes dar las cuentas de lo que rendieron todos los pechos, e derechos, e pedidos que demandastes e ovistes de aver en qualquier manera, desde las cortes de Segovia fasta aqui, e como se despendieron, según que nos lo prometistes: la qual cuenta vos pedimos por mercet que mandedes dar, &c.» Señaláronle los procuradores las personas a quienes había de dar las cuentas, y le pidieron además que todo el importe del nuevo impuesto le depositaran los recaudadores reales en manos de cinco o seis diputados, omes buenos, honrados, ricos e abonados, los cuales se encargarían de pagar la deuda en los plazos convenidos, a fin de que no pudiera distraerse a otros objetos ni por el rey ni por otra persona alguna; a todo lo cual respondió el rey que le placía y era contento de ello. Satisfizo además en estas cortes a otras catorce peticiones generales, entre las cuales figuraban la de que «non ficiese tan grandes despensas e costas en la real casa;» la de que fuese más moderado en las dádivas y mercedes; que no permitiera sacar del reino tantas cabalgaduras y tanto oro y plata; que por ningún título se diesen beneficios a extranjeros, y otras referentes a los abusos que se notaban en estos y otros ramos análogos de la administración.

Íbase quebrantando cada día la salud del rey, en términos que habiendo ofrecido al de Lancaster tener con él una entrevista en Bayona, no le permitieron los médicos pasar de Vitoria, y hubo de contentarse con enviar desde allí sus embajadores. Trató con ellos el príncipe inglés, que puesto que era acabado todo motivo de desavenencia entre Inglaterra y Castilla, sería conveniente que se asentara una amistad verdadera y sólida entre los monarcas de ambos reinos. No oponían a ello más dificultad los castellanos, sino que era menester en todo caso guardar y respetar la liga que hubiese entre su rey y el de Francia, a la cual estaba obligado por gratitud. Este que hubiera podido ser un obstáculo desapareció luego con la tregua de tres años que felizmente se pactó entre el rey de Francia y sus aliados con el de Inglaterra y los suyos (1389). Ya entonces había el rey D. Juan convalecido, y celebrado otras cortes en Segovia pará acordar algunas cosas que cumplían a su servicio. Habiendo ido después a la abadía de la Granja, a dos leguas de aquella ciudad, supo que el rey de Portugal, a quien no acomodaba la tregua de los demás soberanos, había invadido la Galicia y tenía cercada a Tuy. Aunque D. Juan se movió apresuradamente hacia León, no pudo evitar que la ciudad de Tuy fuese tomada. Logró no obstante por medio de su confesor fray Fernando de Illescas pactar una tregua de seis años con el portugués, bajo la base de restituirse las plazas que recíprocamente se habían tomado en ambos reinos.

A la primavera siguiente (1390) convocó D. Juan a todos los prelados, caballeros y procuradores de las ciudades para celebrar cortes generales en Guadalajara. Antes de ordenar nada en ellas, comunicó en secreto a los de su consejo y les pidió parecer sobre un pensamiento, ciertamente bien extraño, que había concebido e intentaba realizar, a saber: el de abdicar la corona de León y de Castilla en su hijo D. Enrique, a quien se nombraría un consejo de regencia, quedándose él con la Andalucía y Murcia y el señorío de Vizcaya, y que entonces tomaría título y armas de rey de Portugal; pues toda vez que los portugueses no habían querido reconocerle por su rey ni a él ni a su mujer doña Beatriz, por no perder ellos su independencia reuniéndose las dos coronas, cesando y desapareciendo este motivo y temor, no dudaba que los portugueses todos le querrían tener por su soberano. Pedida venia por los del consejo para hablarle sin lisonja y con lealtad, todos, a excepción de uno, desaprobaron su proyecto, y en un largo y bien razonado discurso le expusieron los inconvenientes de su plan, y lo infundado de sus esperanzas e ilusiones. Disgustó al pronto al rey tan franca contestación, mudósele el color, y aún prorrumpió en imprecaciones impropias de su carácter; mas luego volvió en sí, les pidió perdón de su acaloramiento, y dándose por convencido, no volvió a hablarse más del proyecto{26}.

En estas cortes hizo donación a su hijo D. Fernando del señorío de Lara, nombróle duque de Peñafiel y conde de Mayorga, y le dio además la ciudad de Cuellar, las villas y castillos de San Esteban de Gormaz y Castrojeriz, y una renta anual de cuatrocientos mil maravedís; mas con la cláusula de que en muriendo la duquesa de Lancaster, que tenía las villas de Medina del Campo y Olmedo, fuesen estas del infante en lugar de las de Castrojeriz y San Esteban, que volverían a la corona.

Las cortes de Guadalajara de 1390 ocupan un lugar muy preferente en la historia de las instituciones de Castilla, y pocas asambleas de la antigüedad podrían semejarse tanto a las asambleas deliberantes modernas. Asistieron a ellas los tres órdenes del estado, y en todos los ramos se hicieron graves e importantes reformas. El elemento popular o estado llano llegó en ellas al apogeo de su influencia y de su poder. Todos los procuradores de las ciudades expusieron al rey, que terminadas las guerras contra portugueses e ingleses, estaba en el caso de cumplir su promesa de aliviarlos de los pechos y tributos que acostumbraba a pedirles. Necesitaba el rey por lo menos cierta cuantía al año para subvenir a los gastos de la real casa, aumentados por la circunstancia de tener en su compañía la reina de Navarra, la reina viuda y los infantes de Portugal, con muchos caballeros y dueñas de aquel reino. Pero no se atrevía el rey a pedir este subsidio a las cortes, y habló en particular a algunos de su confianza para que estos vieran de inducir a los procuradores, por las más dulces maneras que pudiesen, a que le votaran aquel servicio. Los procuradores, oída aquella especie de súplica del rey, y después de tener entre sí varias pláticas y discusiones, acordaron responder: que dando el reino cada año, entre alcabala, monedas y derechos antiguos, treinta y cinco cuentos de maravedís, y no sabiendo cómo podía gastarse tan gran suma, sería gran vergüenza prometer más, y rogaban al rey que viese en qué se invertía y quisiese poner regla en ello, sobre todo en cuanto a las mercedes que hacía, y en lo de las lanzas y hombres de armas que debería mantener el reino. Con recomendable ingenuidad confesó el rey ser verdad lo que los procuradores le decían, y dejó a su voluntad el determinar qué número de lanzas había de tener cada tierra, y lo que se había de dar para su mantenimiento.

Hízose en su virtud el Ordenamiento de lanzas, que fue como una organización militar del reino, en que se fijó en cuatro mil el número de lanzas castellanas, en mil quinientos el de jinetes (caballería ligera) que había de dar la Andalucía, y en mil los ballesteros del rey. Prescribíase las cabalgaduras que cada lanza o jinete había de tener, las piezas de cada armadura, y los maravedís con que había de contribuir la tierra a su mantenimiento. Se puso remedio a muchos abusos que se cometían en tiempo de guerra, y se acordó que se examinasen rigorosamente los libros de cuentas. Resintiéronse de la reforma algunos grandes y ricos-hombres cuyo número de lanzas se disminuía, pero no por eso dejó de hacerse.

Quejáronse en aquellas cortes todos los grandes y todos los procuradores de la injusticia con que la corte de Roma trataba al reino de Castilla; «que entre todos los reinos de cristianos non avia ninguno tan agraviado ni tan injuriado como estaba el su regno de Castilla en razón de las provisiones que el Papa facia. Que non sabían que ome de los regnos de Castilla e de León fuese beneficiado de ningún beneficio grande ni menor en otro regno, en Italia, nin Francia, nin en Inglaterra, nin en Portugal, nin en Aragón; e que de todos estos regnos e tierras eran muchos que avían beneficios e dignidades en los regnos de Castilla: e que desto rescebían el Rey e el Regno daño, e pérdida, e poca honra...» Y expuestos largamente los abusos de la corte de Roma en esta materia y los perjuicios de la iglesia española, se acordó enviar embajadores al Papa sobre esto, y hacer que se cumpliesen las leyes tantas veces hechas en cortes para que por ningún título se diesen prebendas ni beneficios eclesiásticos sino a los naturales del reino. Hízose igualmente en estas cortes un Ordenamiento de perlados, principalmente para satisfacer a las quejas de los obispos sobre diezmos que indebidamente cobraban los legos, y para determinar de qué impuestos habían de estar libres y exentos los clérigos, y de qué tierras y para qué objetos habían de pechar como los demás ciudadanos, que eran las tierras heredadas con esta carga, y las derramas hechas para obras y objetos de pro comunal.

Gran conquista fue para el estado llano la ley que en estas cortes se hizo, ordenando que todos los pleitos de señoríos se librasen ante los alcaldes ordinarios de la villa o lugar que era de señorío, y si la parte se sintiese agraviada, apelase al señor de la tal villa o lugar, y si el señor no le hiciese derecho y le agraviase, entonces pudiera apelar al rey.– También se hizo en las mismas cortes el Ordenamiento llamado de sacas, o sea de exportación que ahora diríamos, prohibiendo extraer del reino oro, plata, ganado, especialmente caballar, y otros objetos de que el reino escaseaba, por la grande extracción de ellos y por la gran disminución que durante las guerras habían padecido: se establecieron las obligaciones de los alcaldes de sacas, y se decretaron penas contra los infractores de estas leyes{27}.

Tales fueron las principales materias y asuntos sobre que deliberaron las cortes de Guadalajara de 1390, donde se ve las grandes atribuciones que entonces ejercían los diputados de las ciudades en punto a contribuciones e impuestos, a los gastos de la corona, al número y organización de la fuerza militar, a los negocios de justicia, y hasta a los eclesiásticos, y a las negociaciones con la corte romana. El consejo real obtuvo también grandes facultades y prerrogativas en este reinado, y casi nada hacía don Juan I sin consulta y acuerdo de su consejo. La última prueba de su deferencia y respeto a esta corporación la dio en el asunto de la reina de Navarra su hermana, a quien el rey Carlos el Noble su marido reclamaba para que hiciese vida conyugal con él, según debía. Instada la reina por su hermano para que así lo cumpliese, manifestó ella las causas de su repugnancia a unirse con su esposo, que eran el no haber sido bien tratada por él y con el decoro que debía, y sobre todo, que en la enfermedad que allí tuvo había intentado el judío su médico darle yerbas, que era la razón porque se había venido a Castilla, y el motivo de resistir el volver a Navarra. Grave era la revelación, y arduo y difícil el caso, si bien el carácter de Carlos el Noble parecía ponerle a cubierto de toda participación en el denunciado crimen. El rey por lo tanto llevó el asunto al consejo, sometiéndose a lo que él deliberara. El acuerdo del consejo fue que la reina de Navarra debería unirse con su marido, siempre que éste le diese tales prendas de seguridad y tales rehenes, que ella pudiera ir sin género alguno de temor ni recelo, y segura de ser tratada honrosa y amigablemente, y como a reina y como a esposa le correspondía. Mas como el rey de Navarra creyera inconveniente y peligroso dar ciertos rehenes de los que se le pedían, y solicitase al propio tiempo que por lo menos se le enviara su hija doña Juana, que era la heredera del reino, don Juan, de conformidad con el consejo y con su hermana doña Leonor, accedió a enviarle la princesa su hija desde Roa donde se hallaba, con gran cortejo de caballeros de su corte, dejando para más adelante tratar la concordia entre los dos mal avenidos esposos.

En tal estado, y con corta diferencia de tiempo vinieron al rey embajadores de Mohammed el de Granada y del maestre de Avis, o sea del rey de Portugal, del uno para prolongar la tregua que había, del otro para ratificar la de seis años que acababan de ajustar. Hecho todo esto, se trasladó a pasar los meses del estío a la abadía de la Granja, situada en un lugar llamado Sotos Alvos, sitio agreste y fresco, que andando el tiempo se había de convertir en una de las residencias o sitios reales más amenos para pasar la estación de verano los reyes de España. En la inmediata ciudad de Segovia instituyó la orden y condecoración del collar de oro con una paloma blanca, que dio a algunos de sus caballeros, pero cuya divisa cayó inmediatamente en desuso: y en lo más áspero de las vecinas sierras, cerca de un lugar que llaman Rascafría, en el valle de Lozoya, fundó el monasterio de frailes cartujos denominado el Paular. Estos fueron los últimos actos del rey don Juan I.

Con ánimo de pasar el invierno en el templado clima de Andalucía, según lo requería el estado de su delicada salud, hallábase ya en el mes de octubre en Alcalá de Henares, donde habían de reunírsele la reina y sus hijos. Aconteció allí que un domingo (9 de octubre), habiendo salido el rey a caballo con el arzobispo de Toledo don Pedro Tenorio y varios nobles y señores de su corte, al atravesar un barbecho apretó las espuelas a su caballo, y tropezando éste en la carrera cayó con el rey y cogiéndole debajo le aplastó y fracturó todo su cuerpo. Imposible fue a los caballeros, por más que corrieron, llegar a tiempo de salvarle. El rey había espirado: grande fue la pesadumbre y el llanto de todos los de su séquito: «e era muy grand razón, dice la crónica, ca fuera el rey don Juan de buenas maneras, e buenas costumbres, e sin saña ninguna; como quier que ovo siempre en todos sus fechos muy pequeña ventura, señaladamente en la guerra de Portugal.» Tal fue la desgraciada muerte de don Juan I de Castilla, a la edad de treinta y dos años, y después de haber reinado once años, cuatro meses y doce días{28}. El arzobispo de Toledo, testigo de la catástrofe, llamó a los médicos, y de acuerdo con ellos hizo difundir por unos días la voz de que el rey no era muerto, mientras enviaba cartas a las ciudades y a los señores del reino noticiándoles que se hallaba en peligro, y que era su voluntad y los exhortaba a que después de su muerte reconocieran y juraran como leales por rey de Castilla a su hijo don Enrique.

Cuando el arzobispo lo creyó oportuno, publicó la verdad del caso, y colocó el cadáver del rey en la capilla del palacio de los arzobispos de Toledo en Alcalá de Henares. Al otro día partió para Madrid, donde se hallaban los infantes don Enrique y don Fernando, y alzó voz por don Enrique, que quedó proclamado rey de Castilla y de León. El luto y el llanto por la muerte del padre se mezcló con las fiestas y las alegrías de la proclamación del hijo.




{1} El señor Sampere y Guarinos se equivoca citando como única ley suntuaria de este monarca (en su Historia del Lujo, página 465, edic. de 1788) una que dice haber dado en 1380, mandando que nadie sino los infantes pudiera traer vestidos de oro ni de seda, ni adornos de oro, plata, aljofar ni piedras: y añade que esta providencia, más que ley formal, era una especie de luto general que se mandaba guardar por la desgraciada pérdida de la batalla de Aljubarrota. En primer lugar, la batalla de Aljubarrota no se había dado en 1380, y en segundo lugar, la ley que nosotros citamos es anterior a la que cita el historiador jurisconsulto.

{2} Mariana, hablando de estas cortes, se contenta con decir: «se establecieron en ellas muchas cosas: una, que el clérigo de menores órdenes casado pechase; pero que si fuese soltero, como traxese abierta la corona y hábito clerical, gozase del privilegio de la iglesia.» Lib. XVIII, cap. 3. Para Mariana no hubo en estas cortes otra cosa que mereciera ser mencionada.

{3} El río Artamisa, que dice la crónica de Ayala

{4} Hiciéronse en estas cortes de Soria de 1380 varias leyes contra los judíos, se los privó de algunos derechos que antes tenían, y por último, se acordó la medida tan reclamada por los pueblos, de que no pudieran ser almojarifes ni obtener otros empleos en la casa real, ni en las de los infantes, prelados ni caballeros.

Entre las providencias tomadas en estas cortes en asuntos de pública moralidad, son notables las relativas a la vida moral de los eclesiásticos. En respuesta a la petición octava se declararon nulos los privilegios y cartas que en algunas ciudades y villas tenían los clérigos para dejar herederos a los hijos que tenían en sus mancebas, como si fuesen nacidos de legítimo matrimonio, lo cual daba ocasión a escándalos, y era un perniciosísimo ejemplo para las mujeres honestas.

También reprodujo don Juan I en estas cortes la ley de don Pedro, relativa a que las mancebas de los clérigos llevaran una señal que las distinguiera. «A esto respondemos (dice contestando a la petición novena), que tenemos por bien, e es nuestra merced, por excusar que las buenas mujeres non ayan voluntad de faser pecado con los dichos clérigos, que todas las mancebas de los clérigos de nuestros regnos que trayan agora e de aquí adelante cada una de ellas por sennal un prendedero de panno bermejo tan ancho como los tres dedos, y que lo trayan encima de las tocaduras públicamente, en manera que paresca... e las que non lo troxieren, que pierdan todas las vestiduras... e se las tome el alguacil o merino de la cibdad o villa, &c.» Cuaderno de cortes, sacado del monasterio del Escorial.

{5} Ayala, Chron. Años II y V.– Los historiadores de Madrid traen algunos instrumentos de este rey de Armenia como señor de Madrid, Villareal y Andújar, y entre ellos uno fecho en Segovia a 19 de octubre de 1383, firmado Rey León.

{6} Esta carta fue escrita en latín para que se entendiese en las naciones extrañas: en latín la trae Raynal en sus Anales, y Ayala copia en su crónica la versión castellana.

{7} El conde de Cantabrigia, que dicen Ayala y Mariana.

{8} Este don Alfonso era hijo del infante don Pedro de Aragón y nieto de don Jaime II. La ceremonia con que se hizo su nombramiento de condestable, fue la siguiente: hincado de rodillas delante del rey, éste le puso un anillo de oro en un dedo de la mano derecha: luego le alargó un estoque desnudo y un estandarte: tomándolos don Alfonso hizo juramento de que por temor de la muerte no dejaría de hacer lo que fuese obligado en aumento de la fe, en servicio del rey y en acrecentamiento de la tierra. Señalole el rey con el título cuarenta mil maravedís de quitación, además de los derechos que le perteneciesen. Era preeminencia del condestable, que se hizo la primera dignidad de Castilla, llevar guión y mazas, reyes de armas, y estoque con vaina, la punta abajo, a diferencia del rey que le llevaba desnudo y la punta arriba. Tenía las llaves de la ciudad o villa donde el rey estuviese, y los bandos que se echaban decían: «Manda el rey y el condestable.» Era, en fin, el oficial superior de los ejércitos después del rey. Los pormenores de sus cargos pueden verse en Salazar de Mendoza, Dignidades de Castilla, cap. 19, lib. 3.

{9} El que compuso el Sumario de los Reyes de España, conocido por el Despensero de la reina doña Leonor.

{10} Cascales en la Historia de Murcia y Colmenares en la de Segovia insertaron el texto de esta ley. En Aragón se había hecho ya esta reforma el año 1350.– Según ella el año debería empezar el 25 de diciembre, y este día fue el primero del año 1384; y así se contó generalmente hasta 1514, en que prevaleció el uso, o más bien el abuso que se había ido introduciendo de principiar a contar el año nuevo por el 1.° de enero.

{11} Fernán López, portugués, Crónica del rey don Joham de boa memoria.– Ayala pasa hábilmente de largo sobre este hecho, del cual apenas hace una ligerísima indicación.

{12} El maestre de Avis era hijo del rey don Pedro y de Teresa Lorenzo, que otros llaman doña Teresa la Gallega.

{13} Soares de Silva en las Memorias de don Juan I insertó el acta de la elección de Coímbra.

{14} Esta orden de caballería, fundada en Portugal a mediados del siglo XII, a ejemplo y con el propio objeto que las de Santiago, Alcántara y Calatrava, se denominó de Avis, de la ciudad y castillo de este nombre, que Alfonso I dio a los caballeros para su residencia.

{15} Froissart en su Crónica, cap. 3, cuenta minuciosamente esta batalla, y refiere pormenores curiosos y lances dramáticos, que el cronista castellano, desgraciado actor en ella, omitió como huyendo de un triste recuerdo. Froissart dice que supo todas aquellas circunstancias de boca de un caballero del consejo del rey de Portugal a quien vio en Flandes, y empleó seis días en escribir lo que aquel le dictaba. Por consecuencia es muy verosímil que su relación en algunos puntos no tenga tanto de verídica como de novelesca.

Lo que sabemos de cierto es que luego que el rey llegó a Sevilla escribió cartas a las principales ciudades de sus reinos, participándoles en términos muy tristes el infortunio de Aljubarrota, al propio tiempo que las convocaba para las cortes de Valladolid. He aquí los principales párrafos de estas sentidas cartas: «Don Juan, &c. Sabed que lunes catorce días de este mes de agosto ovimos batalla con aquel traydor que solía ser Maestre de Avis, e con todos los del regno de Portugal que de su parte tenía, e con todos los otros estrangeros, así ingleses como gascones, que con él estaban: e la batalla fue de esta manera. Ellos se pusieron aquel día desde la mañana en una plaza fuerte entre dos arroyos de fondo cada uno diez o doce brazas; e quando nuestra gente ahi llegó, e vieron que non les podían acometer por allí, ovimos todos de rodear para venir a ellos por otra parte que nos paresció ser mas llano; e quando llegamos a aquel logar era ya hora de vísperas, e nuestra gente estaba muy cansada. Entonce los mas de los caballeros que con nosotros estaban, que se avían visto en otras batallas, acordaban que non diese esta en aquel día, lo uno porque nuestra gente iba fatigada, e lo otro para mirar la gente portuguesa como estaba. Mas toda otra nuestra gente, con la voluntad que avían de pelear, fuéronse sin nuestro acuerdo allá: e nos fallamos con ellos, aunque con mucha flaqueza, que avia catorce días que íbamos camino en litera, e por esta causa non podíamos entender ninguna cosa del campo, como complia a nuestro servicio. Después que los nuestros se vieron frente a frente con ellos, fallaron tres cosas: la una un monte cortado que les daba fasta la cinta; e la segunda, en la frente de su batalla una caba tan alta como un ome fasta la garganta; e la tercera, que la frente de su esquadron estaba tan cercada por los arroyos que la tenían alrededor, que non avia de frente de trescientas e quarenta a quatrocientas lanzas. Pero aunque esto estaba asi, e los nuestros vieron todas estas dificultades, non dejaron de acometerlos; e por nuestros pecados fuimos vencidos. Nos viendo nuestra gente desbaratada e rota, fuímonos para Santaren, e de allí nos venimos por mar para nuestra flota, por quanto por nuestra enfermedad non podiamos subir a caballo... E Dios queriendo, entendemos partir de esta cibdad (Sevilla) para Castilla de aqui a cuatro o cinco dias, por quanto con la ayuda de Dios, e de todos vosotros los de nuestros regnos, de quien creemos que sentireis el mal, deshonra e pérdida que habemos rescibido, entendemos con brevedad aver venganza de esta deshonra, e cobrar lo que nos pertenesce...» Concluye convocándolas a cortes en Valladolid para 1.° de octubre, a fin de resolver en ellas lo que cumpla a su servicio.– Cascales en su Hist. de Murcia, Disc. VIII, c. 15, inserta la carta dirigida a aquella ciudad.

{16} Por los documentos de la colección de Rymer, en que se insertan actas del rey Ricardo II, de febrero de 1385, fechas en Wesminster, se ve que hacía tiempo que el duque de Lancaster tenía resuelto venir a España con su esposa doña Constanza.

{17} Rymer, tom. VII, p. 507.

{18} Los ingleses, dice Froissart, entusiasmados con la abundancia de viandas y con los buenos vinos de aquel país, se dieron tanto a la bebida, que casi siempre estaban embriagados y tirados por los suelos. La disentería hizo en ellos más estrago que hubiera podido hacer la guerra.

{19} Este don Juan de Castro, obispo que fue de Jaén, es el que se supone escribió una crónica del rey don Pedro, que nadie ha hallado todavía, y que muchos sin haberla visto quieren contraponer a la de Ayala, que califican de parcial.– Ayala inserta íntegros todos estos discursos. Crónica de don Juan el Primero, Año VIII, cap. 9 y 10.

{20} Ni Mariana ni otros historiadores mencionan estas cortes, cuanto más las leyes hechas en ellas.

{21} Tuvo este monarca siete hijos legítimos: don Carlos, casado con la infanta de Castilla, y heredero del trono: don Felipe, que murió desgraciadamente, dejándole caer su nodriza por una ventana: don Pedro, conde de Mortaing, llamado en Francia Mosen Pierres de Navarra: doña María, casada con don Alfonso de Aragón, conde de Denia: doña Juana, casada con Juan de Bretaña, y de segundas nupcias con el rey Enrique IV de Inglaterra: doña Blanca, que murió joven, y doña Bona, de quien no se sabe sino el nombre: además un hijo natural, llamado don Leonel de Navarra.

{22} A estos los llamaba el pueblo los emperegilados. No sabemos la razón de este apodo.

{23} Cada vez nos admiramos más de ver que nuestros historiadores en general hayan pasado tan de largo o tan en silencio las disposiciones de nuestras cortes de la edad media, cuando no solo se ve nacer en ellas muchas de las leyes que constituyen todavía parte de nuestra actual legislación, sino que sin su conocimiento tenemos por imposible formar idea de las costumbres de aquella época, y del estado social del país en aquellos tiempos. Podrá sin ellas conocerse tal vez, aunque imperfectamente, el pueblo guerrero, pero no la organización política, moral, civil, económica, industrial, &c. de ese mismo pueblo.

{24} «La forma que guardó el rey, dice Salazar de Mendoza, en la sublimación de esta gran dignidad, fue esta. Sentó a su hijo en un trono real, y llegó a él y vistiole un manto, y púsole un chapeo en la cabeza, y en la mano una vara de oro, y diole paz en el rostro llamándole príncipe de Asturias.» Dignidades de Castilla, lib. III, capit. 23.

{25} Los nombramos en el orden que se hallan en el cuaderno, y sírvenos para probar las clases que tenían ya voto en cortes en esta época.

{26} Ayala, Cron., Año XII, c. 1 y 2, y en la Abreviada.

{27} La primera de ellas decía: «Ordenamos e mandamos que ningunos nin algunos de los del nuestro sennorio o de fuera dél, así cavalleros como escuderos e otras personas qualesquier, de qualquier estado o condición que sean, que non sean osados de sacar fuera de los nuestros regnos e sennoríos cavallo, nin rocin, nin yegua, nin potro, nin mula, nin mulo, nin muletas, nin muletos grandes nin pequennos, así de freno como de albarda, e cerrales; e qualquier que los sacare, por ese mesmo fecho pierda lo que levaba, e lo maten por justicia, salvo si las dichas bestias cavallares o mulares estovieren escriptas en el libro de las sacas, segunt lo Nos mandamos escrevir, e en este ordenamiento se contiene.»– Tenemos a la vista los tres cuadernos de estas cortes, publicados por la Academia de la Historia.

{28} «E era (dice el cronista Ayala, que le conoció bien personalmente) non grande de cuerpo, e blanco, e rubio, e manso, e sosegado, e franco, e de buena consciencia, e ome que se pagaba mucho de estar en consejo; e era de pequeña complisión, e avia muchas dolencias.» Año XII, cap. 20.