La mayor parte de las Escuelas particulares subvencionadas actualmente por el Ayuntamiento de Barcelona fueron creadas por un doble movimiento de la opinión que es imposible desconocer. Un gran número de ellas presentan como nota característica la adopción de la lengua catalana como lengua oficial de la Escuela; otras, en gran número también, se distinguen por haberse suprimido en ellas toda enseñanza de la religión. La enseñanza laica o la enseñanza catalana representan las novedades que se introdujeron en estos últimos años en la mayoría de las Escuelas subvencionadas por el Ayuntamiento, y éste, que ha de atender a la voluntad de la opinión que le votó en los comicios, ha de tener en cuenta estos hechos que se produjeron al calor de un movimiento popular.
La creación de Escuelas populares, precisamente por aquellos centros que hace cerca de 10 años se disputan la mayoría en los comicios, implica otro hecho innegable, como es el apartamiento de la enseñanza oficial. El pueblo ama y respeta a los maestros públicos; el pueblo quiere que se mejore su situación y la de sus Escuelas; [39] pero ni aún aquella parte que triunfa en las elecciones considera posible influir en la enseñanza oficial y la abandona. Al apartar esta enseñanza de las Corporaciones populares, al hacer común la suerte de todas las Escuelas de España, se ha producido esta imposibilidad de que las poblaciones más cultas den el buen ejemplo a las demás y la población de una ciudad, que se considera impotente para renovar el complicado mecanismo docente del Estado, considera más breve y más eficaz la acción privada.
En otra parte de esta Memoria ya se dirá con cuánta amargura ve el Ayuntamiento de Barcelona el alejamiento que le tiene el Estado de la enseñanza oficial. Pero en vista de la vocación manifestada por la opinión pública y de la imposibilidad en que se encuentra de llevar a la enseñanza oficial las aspiraciones de aquélla, se ve precisado a resolver en la nueva Institución de Cultura el problema de la enseñanza catalana y el de la enseñanza religiosa.
En las Escuelas particulares, donde se ha empezado a enseñar en catalán, podría apreciarse quizás una remota intención política. En este proyecto, tal como se presenta, la adopción de la lengua catalana responde simplemente a la mayor eficacia pedagógica de la lengua materna, de modo que una vez obtenida esta finalidad, ninguna prevención se establece contra la lengua que hablan la mayor parte de los habitantes de España.
Las enseñanzas se darán en catalán para que penetren más íntimamente en la inteligencia de los alumnos. Una gran parte del esfuerzo que hace la sociedad para [40] la propagación de la cultura se pierde en la más vana esterilidad por el empeño que se pone en hablar al niño en un idioma que al principio no entiende en absoluto y que sólo llega a comprender superficialmente. Entre la masa enorme de analfabetos que hay en Barcelona, un tanto por ciento considerable ha asistido a las Escuelas públicas y ha olvidado fácilmente lo que sólo pudo aprender de memoria sin entenderlo.
Es un hecho incontrovertible que la inmensa mayoría de la población barcelonesa habla en catalán. Sólo una quinta parte de los habitantes de la ciudad ha nacido fuera de Cataluña, y aun de esta quinta parte debe deducirse la masa importante de valencianos, roselloneses y mallorquines, cuya lengua materna es substancialmente igual a la catalana. Muchos de los que nacieron en otras regiones hablan corrientemente el catalán. Así puede afirmarse que sólo una décima parte de la población de Barcelona desconoce la lengua catalana hasta el extremo de no poder recibir con fruto la enseñanza en dicha lengua.
Una vez obtenido el fin pedagógico de la enseñanza en catalán ha debido acudirse a resolver la necesidad de enseñar la lengua castellana. Si los niños que asistiesen a las nuevas Escuelas no se perfeccionasen en el uso de esta lengua, dadas las condiciones de nuestra vida política y social, serían colocados en una situación de inferioridad en comparación con los alumnos de las demás Escuelas públicas. La vocación comercial e industrial de nuestro pueblo, la frecuencia y extensión de relaciones con los habitantes de otras regiones españolas, la [41] comunidad de vida política en el seno de un mismo Estado cuya única lengua oficial es la castellana y aún la tradición literaria de cuatro siglos en que tantos catalanes, desde Boscán a Pí y Margall, escribieron en esta lengua todas sus obras, exigen el perfecto dominio de la lengua castellana como un elemento fundamental en nuestras Escuelas. La Ponencia no ha sabido expresar mejor este propósito que imponiendo a la Junta de Patronato la obligación de asegurar la consecución de este fin con la adopción de aquellos procedimientos pedagógicos que considere más oportunos y eficaces.
La Ponencia no podía ignorar que entre la población de Barcelona hay una parte muy considerable oriunda de tierras de lengua castellana y ha juzgado que el Ayuntamiento debía asegurar a esta parte de la población los mismos beneficios que al resto se concedía. Existen en la actualidad unas 180 Escuelas públicas donde se enseña exclusivamente en castellano, por lo que evidentemente no podía considerarse excesivo el número de cuatro Escuelas para la enseñanza en catalán, siquiera en cada una puedan albergarse 8 grupos que podrían ser considerados en conjunto como 32 Escuelas unitarias. Pero desde el momento que anima al Ayuntamiento el propósito de que las nuevas Escuelas representen un progreso pedagógico sobre las antiguas, ha debido pensarse en la absoluta necesidad de que la ventaja de este progreso no fuese negada a la población de origen castellano. Y así no siendo posible dar a unos niños la enseñanza en catalán y a otros en la lengua oficial de España, porque esto exigiría un doble profesorado, se ha propuesto introducir [42] aquí el sistema adoptado en algunas Escuelas de Suiza, donde el alumno cuya lengua materna es distinta de la usada en la Escuela, recibe exprofeso un curso preparatorio en que, además de las enseñanzas gráficas, se le perfecciona en el uso de la lengua escolar. Si se tratase de generalizar el procedimiento en todas las Escuelas de Barcelona, es seguro que se adoptaría un sistema distinto, pues no cabe duda que el actual, dado el gran número de Escuelas castellanas existentes en Barcelona, encuentra su natural origen en el espíritu abierto que informa la fundación propuesta.
Claro está que debiendo darse en catalán todas las enseñanzas de la Escuela había de pensarse, antes que todo, en que fuesen catalanes los maestros. Mas este primer propósito hubo de rechazarse para quitar al proyecto aun la más leve apariencia de exclusivismo. A ninguno de los 40 maestros se le exigirá, como condición indispensable, el haber nacido en Cataluña ni siquiera en cualquier otro país de lengua catalana, pues en defecto de esta condición podrá alegarse el hecho de la residencia y la circunstancia de escribir correctamente el catalán. Ha llegado a más el buen propósito de la Ponencia hecho suyo por la Comisión en pleno, pues se ha acordado reservar 8 plazas de maestro, o sea una quinta parte de ellas, para concederlas a personas de reconocida competencia pedagógica que no reúnan las condiciones de nacimiento, edad, residencia o dominio de la lengua exigidas. Así, en virtud de este amplio criterio, es posible que sean nombrados 8 maestros que no hayan nacido ni [43] residido en Cataluña ni en ningún país de lengua catalana, ni conozcan siquiera nuestro idioma.
Todos los hombres públicos de Barcelona deben preocuparse seriamente de que el esfuerzo aquí realizado para la cultura no produzca todos los efectos apetecidos. El número de analfabetos no disminuye en la proporción del sacrificio que se impone la ciudad y es un hecho repetidas veces observado desde los puntos de vista más distintos que ni los periódicos ni los libros tienen en nuestro país el número de lectores que la intensidad y vigor público de su población permitirían esperar. Es preciso acudir con urgencia a remediar el mal que nos pondría en condiciones de inferioridad ante las demás poblaciones europeas y en este sentido se propone una reforma pedagógica encaminada a dar mayor eficacia al esfuerzo social para la cultura, apartando del proyecto todo lo que en este punto pudiera dar lugar a una interpretación exclusivista.
* * *
La enseñanza de la religión en las Escuelas es un problema muy debatido en todas las naciones. Si esta enseñanza es una función estrictamente familiar o debe imponerse en las Escuelas públicas, es cuestión que se resuelve en cada pueblo, no por aplicación de una doctrina previamente establecida, sino en virtud de las circunstancias en que se desenvuelve la vida nacional. Así, al prepararse este proyecto se han tenido en cuenta las soluciones más en boga en el extranjero, pero una vez [44] consideradas sólo se ha resuelto en definitiva en vista de las condiciones en que la cuestión se presenta en Barcelona.
El problema de la enseñanza religiosa en las Escuelas se ha desdoblado en tres puntos de vista perfectamente distintos, a saber: 1.º Si la enseñanza general se ha de dar imprescindiblemente con un carácter religioso; 2.º Si entre las diversas enseñanzas de la Escuela debe incluirse como asignatura especial la religión, y 3.º Si la enseñanza de la Escuela debe cultivar el sentimiento religioso o limitarse principalmente a la doctrina.
Es un hecho que en la mayoría de los pueblos europeos y americanos se va extendiendo cada vez más el principio de dar la enseñanza general con abstracción de toda idea, prejuicio o criterio religioso. No se habla de religión en los libros de lectura, ni en la aritmética, ni en la geografía, ni en la literatura. En las nociones de física, química y biología se procura prescindir de los puntos de vista afectados por la religión y en la enseñanza de la historia se dan los hechos de carácter religioso sin interpretaciones ni comentarios. Esta neutralidad así entendida, ha sido adoptada en Francia, en la República Argentina, en Suiza, en Irlanda, en el Japón, en un buen número de Escuelas belgas, en Holanda, en Austria-Hungría y en muchos países protestantes.
Sin embargo, la fórmula de la enseñanza neutra es algo distinta en cada uno de estos países y sobre todo no debe confundirse con lo que en nuestro país se entiende por enseñanza laica, pues de ninguna manera está reñida con la enseñanza de la religión. Así, por ejemplo, en [45] Suiza la neutralidad inscrita en la Constitución federal no impide al cantón de Friburgo que declare obligatoria la enseñanza de la religión en la Escuela, si bien la hace voluntaria para las familias de los alumnos que pueden excusarles de asistir a ella. Esta es quizás la fórmula más parecida a la que se propone en este proyecto, pues añade al principio de la neutralidad la enseñanza de la religión, obligatoria para la Escuela y voluntaria para los alumnos o sus familias.
En Francia la neutralidad se aplica más radicalmente. No son solamente las enseñanzas generales las que se dan con abstracción de todo criterio religioso, sino que se añade una asignatura de moral independiente. En otras partes donde la enseñanza general es neutra, la moral adquiere un tinte marcadamente cristiano.
En Bélgica la ley de 1879 había abolido la enseñanza religiosa en las Escuelas normales del Estado, había introducido el principio de la estricta neutralidad en las Escuelas primarias públicas y había declarado la guerra a las Escuelas libres que tenían carácter confesional. La ley de 1884, impuesta por el partido católico, permitió la adopción de las Escuelas libres por los municipios, la supresión de las Escuelas públicas donde las había de fundación privada, restableció la enseñanza religiosa en las Escuelas normales del Estado y autorizó a los municipios para introducirla en las Escuelas públicas. La ley de 1895, más radicalmente católica, inscribe obligatoriamente la enseñanza de la religión en las Escuelas públicas (en la primera o en la última media hora de la clase de la mañana) y dispensa de asistir a ella a los niños cuyos padres [46] lo pidan expresamente. Además ordena a los maestros que cuiden con igual solicitud de la instrucción y educación de todos los niños y que se abstengan de todo ataque contra las convicciones religiosas de las familias de los alumnos.
El Ministro del Interior belga resumía con estas palabras en la Cámara de los Representantes, los efectos futuros de esta última ley: «Habrá tres clases de Escuelas: la Escuela puramente confesional libre subvencionada por el Estado, la Escuela racionalista libre igualmente subvencionada por el Estado, y por último la Escuela mixta, la Escuela pública que asegura a todos los padres, cualesquiera que sean sus creencias, una enseñanza respetuosa de sus convicciones».
El segundo punto de vista en el problema de la enseñanza religiosa, es el de la inscripción en las Escuelas de una asignatura especial consagrada a la religión. En nuestro país, como decíamos antes, se entiende por Escuela laica aquella en que la enseñanza general es neutra y en que no se incluye la asignatura de religión. Este problema de la enseñanza de la religión, como parte integrante del programa escolar, se debate principalmente en los países católicos. En Francia no se permite la enseñanza de la religión en las Escuelas públicas; en Italia la ley general no declara obligatoria para las Escuelas la enseñanza de la religión, pero la inmensa mayoría de los municipios la han adoptado, en Austria se autoriza la enseñanza de la religión, en Bélgica es voluntaria para los padres de los niños, en Venezuela es voluntaria, en la Argentina se permite que un día a la semana los curas [47] enseñen religión en la Escuela pública y en Irlanda también se permite la enseñanza de la religión.
Es ésta una cuestión perfectamente distinta de la neutralidad en la enseñanza general y es propia, principalmente, de los países católicos. En los países protestantes la población se encuentra dividida entre distintas confesiones con predominio casi siempre de una iglesia nacional, que en unos países es la luterana, en otros la anglicana, en otros la presbiteriana y en otros, por ejemplo, la calvinista. Todas estas iglesias coinciden en recomendar la lectura de la Biblia, en el cultivo del sentimiento por los himnos religiosos y en la oración dominical como fondo común de todas las confesiones. Por esto la solución en casi todos los países protestantes suele ser siempre favorable a la enseñanza de la religión, con la diferencia de que en unos se enseña una confesión determinada, en otros se deja a elección del padre del alumno y en otros se lee simplemente la Biblia y se enseña el fondo común de todas las confesiones.
En los pueblos católicos la lucha se plantea en otros términos, porque en ellos la diferencia no está en pertenecer a una confesión distinta, sino en que unos son católicos y otros no profesan religión alguna. Los partidos avanzados son generalmente partidarios de suprimir la enseñanza de la religión en las Escuelas para hacerlas absolutamente laicas y los partidos conservadores defienden la enseñanza de la religión, unas veces como voluntaria y otras como obligatoria. No puede afirmarse imparcialmente hacia qué lado se inclina la solución definitiva, pues si bien en Francia la Escuela laica es [48] defendida aún por los partidos conservadores de la República, y presenta gran estabilidad, en cambio en Bélgica se ha restablecido la enseñanza de la religión después de haber sido suprimida desde 1879 a 1884.
El tercer punto de vista se refiere principalmente al procedimiento y finalidad de la enseñanza religiosa. Este es el menos importante para el objeto de esta Memoria, pues en el proyecto se dice simplemente que se dedicará a la enseñanza de la religión católica un día por la tarde cada semana, dejándose lo demás al sano criterio de la Junta de Patronato y del Claustro de Profesores.
Los extremos más discutidos son el número de horas semanales dedicadas a la enseñanza de la religión, el contenido de esta enseñanza y los métodos en la misma adoptados. En la solución de todos estos extremos aparece de nuevo una diferencia general entre los países católicos y los países protestantes. La religión católica tiene para la más eficaz comunión de sus fieles un culto y unos sacramentos de que carecen a veces en absoluto las confesiones protestantes. Por esto quizás no ha demostrado una tenacidad tan grande como éstas en el proselitismo escolar. Así en un mismo imperio y en una misma raza se notan diferencias tan importantes como ésta. Berlín, ciudad protestante, exige 4 horas semanales de enseñanza religiosa. Munich y Viena, ciudades católicas, exigen solamente 2 horas. Seguramente ha contribuido a esta política escolar católica, la confianza en la acción educativa de las órdenes religiosas dedicadas a la enseñanza.
En las Escuelas católicas la enseñanza religiosa se [49] reduce principalmente al catecismo y a la historia sagrada. En las Escuelas protestantes es general la lectura de la Biblia, muy corrientes los ejercicios religiosos, no acostumbrada la enseñanza dogmática de la confesión y casi generales las oraciones y sobre todo los himnos o cantos religiosos. He aquí una estadística formada en los Estados Unidos con datos de 1098 ciudades:
Ejercicios religiosos al empezar las clases
Son practicados en 380 ciudades y no practicados en 268.
Son prohibidos en 162 ciudades y permitidos en 936.
Se limitan a leer la Biblia en 4 ciudades.
Lectura de la Biblia
Se lee en 818 ciudades.
El Nuevo Testamento se lee en 800.
El Antiguo Testamento se lee en 794.
Se leen extractos escogidos en 50.
Se prohíben los comentarios en 530.
Otros ejercicios religiosos
Se ora por los niños o maestros en 827.
Se cantan himnos religiosos en 915.
Sin embargo, en los Estados Unidos, las Escuelas católicas libres han organizado la enseñanza de la religión en forma algo distinta de la acostumbrada en las Escuelas católicas de Europa. Dedican de 40 a 45 minutos diarios a la enseñanza de la doctrina cristiana y, [50] por ejemplo, en el octavo año hacen prácticas piadosas, enseñan el catecismo, explican las fiestas del año y el sacrificio de la misa, cuentan las vidas de los santos que influyeron en la marcha de la civilización y dan lecciones de historia bíblica y de historia de la Iglesia.
El único objeto de todas estas explicaciones ha sido aclarar bien los términos de la neutralidad y del laicismo en la enseñanza, a fin de que no se extravíe a la opinión pública con el empleo impropio de estas palabras y para evitar que al plantearse esta cuestión en Barcelona se pretenda presentar la enseñanza religiosa como una doctrina invariable en todas partes, como solución única, ajena a las condiciones de lugar y tiempo, aceptada por unos y rechazada en bloque por otros, de donde se deduciría una gran temeridad en el hecho sólo de plantear el problema. Conste bien clara y bien terminantemente que apenas se encontrarían dos países en que se haya resuelto en iguales términos la cuestión de la enseñanza religiosa en las Escuelas y que Barcelona tiene a su vez el derecho de darse una solución de paz que corresponda a la variedad y armonía de los sentimientos de sus ciudadanos.
* * *
Puede afirmarse que en Barcelona casi la totalidad de la población española o es católica o no profesa religión alguna. Y éste no es un hecho aislado, pues se reproduce con más o menos intensidad en el resto de España, en Francia, en Portugal y en Italia, y en gran [51] parte de las provincias de Bélgica, Baviera y Austria-Hungría.
Tratando de hacer el Ayuntamiento de Barcelona una obra de paz no podía crear unas Escuelas a donde no pudiesen mandar sus hijos los ciudadanos de toda clase de opiniones. Una gran parte de la opinión habría preferido la adopción de la Escuela absolutamente laica y a juzgar por anteriores acuerdos esta opinión habría encontrado un eco dominante en el Consistorio. Seguramente a nadie se ocurrirá desconocer la obra de paz y de generosa tolerancia realizada por los que disponiendo de una mayoría usan de ella para invitar a todos los barceloneses sin distinción a reunir sus hijos en Escuelas fundadas sobre una amplia base de concordia.
Al hacer una Escuela exclusivamente laica, así como al hacerla exclusivamente confesional veíase precisado el Ayuntamiento de Barcelona a prescindir de un gran número de ciudadanos de cuya educación no le es moralmente lícito desentenderse. Al crear juntamente una Escuela laica y una Escuela católica dejaba consagrada y eternizada la discordia. En la distribución de las subvenciones a las Escuelas libres el Ayuntamiento auxilia indistintamente a unas y otras por la obra de cultura que realizan, mas al crear por su iniciativa una fundación de enseñanza debía hacerla para todos los barceloneses. En las nuevas Escuelas se reunirán nuestros hijos en amable concordia y aprenderán a trabajar juntos en la unidad del pensamiento nacional.
Este es el sentido en que se toman las palabras con que empieza la base 5.ª: La enseñanza en estas Escuelas [52] será neutra en materia religiosa. Así en los libros de lectura, como en los de aritmética, geometría, higiene, geografía, historia y demás que constituyan esta enseñanza general no se hará manifestación alguna que pueda influir favorable ni desfavorablemente en el sentimiento religioso del alumno. Ni en los libros ni en las explicaciones de los maestros se hará la explicación ni la defensa de las ideas religiosas, y a fin de que esta neutralidad no pueda ser indirectamente desnaturalizada se añade en la base 5.ª que no se podrán hacer afirmaciones o negaciones ofensivas para los sentimientos de los creyentes.
¿Es que una enseñanza dada en estos términos puede contener elementos contrarios a la religión católica? En tal caso la fórmula no respondería al propósito de sus autores, pues éstos claramente manifiestan que no desean alejar de las nuevas Escuelas a ningún ciudadano de Barcelona. Podrá afirmarse que una enseñanza totalmente religiosa es mejor desde un punto de vista confesional, pero desde el momento que ha de admitirse en las Escuelas niños pertenecientes a familias que no comulguen en el gremio de la religión católica, es indudable que no puede llegarse a una más respetuosa tolerancia de las creencias de todos.
Esta enseñanza general tendrá su natural complemento en la enseñanza de la religión católica para los niños pertenecientes a familias religiosas. Esta enseñanza será obligatoria para la Escuela, pues habría de disponerse todo lo necesario para ella aún en el caso de no asistir ningún alumno a las clases de religión, pero será absolutamente voluntaria la asistencia a las mismas. [53] Es de suponer, dada la edad de los alumnos que concurrirán a las nuevas Escuelas, que la asistencia a las clases de religión no dependerá de su voluntad, sino que harán lo que les ordenen sus familias, pero la Ponencia redactora del proyecto ha preferido prescindir de la declaración previa de los padres, para ahorrarles la violencia vejatoria que supone, violencia con que suelen molestar a los adversarios los partidos triunfantes que la imponen ora a los religiosos, ora a los no religiosos, en algunos países extranjeros.
Esta enseñanza se dará un día a la semana por la tarde. Un término medio de 3 horas semanales para la enseñanza de la religión se ha considerado suficiente no sólo por parte de la Ponencia redactora de este proyecto, sino también por la mayoría de maestros de nuestras Escuelas públicas. Se había pensado en un principio en señalar las tardes de asueto para la enseñanza de la religión católica, pero se ha desistido de ello, a fin de quitar hasta la leve dificultad que resultaría de tener que sacrificar la fiesta para destinarla a dicha enseñanza. Por último se ha procurado que no se encuentren separados en la Escuela los niños que asistan a estas clases y los niños que no asistan a ellas, y al efecto, cuando se dé la enseñanza de religión sólo concurrirán los niños que hayan de recibirla, de modo que no apareciendo agrupados frente a frente será difícil que la discordia entre ellos arraigue en su corazón. A este solo propósito obedece la regla establecida de que estas tres horas semanales de religión se agrupen en una sola tarde.
¿Qué otras precauciones cabía tomar para conseguir [54] la armonía y la paz en las nuevas Escuelas? La experiencia de lo que sucede en muchas Escuelas públicas donde el maestro no es sinceramente religioso ha dictado el último extremo de la base 5.ª No sólo se ejerce una violencia moral que nadie tiene derecho a exigir cuando se obliga a dar la enseñanza de la religión al que no la siente, sino que se presta un triste servicio a la familia del alumno y al alumno mismo cuando recibe de labios de un escéptico la explicación de una doctrina en que no cree. El Estado español no exige a sus catedráticos ni a sus maestros de instrucción primaria la profesión de fe religiosa, con lo cual quedan abiertas las puertas del magisterio a los que no la tienen, y una vez aceptado este principio es consecuencia lógica y humana que, admitido un hombre al ejercicio de una función, no se le obligue a desempeñarla en forma que repugne a su conciencia.
Los hombres que ponga el Ayuntamiento de Barcelona al frente de la Institución de Cultura Popular quedan encargados de aplicar esta fórmula de la enseñanza religiosa sin variarla nunca en sus fundamentos. Sin embargo, no podía quedar como cosa absolutamente invariable una base que viene a resolver en Barcelona el problema de tantas y tan variadas maneras resuelto en otros países. La base actual representa el esfuerzo mayor que se ha hecho en nuestro país para elevar los hombres al terreno de la paz y de la concordia; pero este esfuerzo ha sido posible únicamente por el estado de amable tolerancia en que se halla la opinión barcelonesa. Una Institución de Cultura tan importante como [55] la que ahora se funda no puede vivir alejada de la voluntad popular, y a fin de dejar siempre a ésta el camino expedito para manifestarse, se dejan las bases 5.ª y 6.ª al futuro arbitrio del Ayuntamiento de Barcelona.
Los Ponentes y con ellos la Comisión creen haber interpretado fielmente las aspiraciones del pueblo de Barcelona que les llevó a los comicios. Pero es posible que aun reconociéndose la bondad intrínseca de la intención se dispute y se niegue su justa interpretación en las fórmulas adoptadas. Y por esto al entregar a la discusión pública el proyecto, se pide a todos que lo consideren y estudien con serena calma, puesto que la pasión o el sectarismo en la crítica no se limitarían ahora a producir polémicas doctrinales, sino que impedirían la enmienda del yerro lealmente cometido y perturbarían la paz y el desarrollo futuro del espíritu civil de Barcelona.
Si alguno cree haber encontrado una fórmula más ampliamente conciliadora, no debe dudar un solo momento en presentarla. Desde ahora es posible anunciar que será afectuosamente acogida con tal de que lleve a la obra de todos un vínculo más de generosa concordia.