Filosofía en español 
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1594 1598 1606

Segunda parte · Capítulo XLI. De Misas

Si acertase a derramarse la sangre, se ha de lamer con la lengua, y raer adonde cayó, y lo rallado guardarse en el sagrario

Caso 24

P. ¿Si aconteciese a un sacerdote estando diciendo misa caérsele el cáliz, y derramarse la sangre, qué se ha de hacer en tal caso?

R. Que si esto aconteciese por negligencia del sacerdote, que pecará mortalmente: y ha de hacer lo que manda por un decreto Pío sumo Pontífice: y demás de esto, si alguna cosa de la sangre cayó en la tierra o tabla, se ha de lamer la tierra, y raerse la tabla, y lo que se rayere quemarlo, y la ceniza de ello guardarla en el Sagrario, o en la pila bautismal: si cayere sobre el altar, procure el sacerdote de sorberlo.

(Nota 1) Nota, que si algún animal se comiere la hostia consagrada, que luego inmediatamente le han de desentrañar, y sacada de allí la hostia ha de ser puesta en lugar honesto, hasta tanto que naturalmente ella se consuma, y en ninguna manera se ha de quemar, porque sería grandísimo sacrilegio, ni tampoco se ha de echar en el lugar que está dicho en el caso 13, esto es de Ledesma (a Ledes. in sum. de Euch. sacram. diff. 42. col. 479), y Armilla (b Armil. ver. mis. num. 22. a).

(Nota 2) Y nota para esta materia, que el que dice misa sin agua y sin candela, y en pan leudado, y en cáliz de palo, peca mortalmente, y ha de ser depuesto de su oficio y beneficio, la cual pena le debe poner el ordinario, según la calidad del lugar y menosprecio del tal sacerdote, como lo tratan los Doctores (c Doctores in 4. dist. 12. q. 1. art. 8) comúnmente con Scoto (d Scoto q. 1. ar. 1), y peca (hablando regularmente) el clérigo que dice misa sin vestiduras sagradas, y queda sujeto a descomunión mayor, como está ordenado en el Concilio Bracarense (e Conci. Brach. 3. c. 3), y en el Concilio Tridentino (f Conci. Triden. sess. 22. c. 5. cano. 7) se condena por herejía decir, que estas vestiduras, de las cuales usa la Iglesia, cuando se dice misa, no son santas y devotas y que sea pecado mortal celebrar sin ellas, lo resuelve y tiene Soto (g Soto in 4. d. 22. q. 1. a. 2), y Covarrubias (g Covarr. in c. alma mater 1. p. § 9. num. 1), a los cuales sigue fray Manuel Rodríguez (h F. Ma. Ro. 1. tom. c. 230. concl. & n. 13). Verdad es, que no incurre el sacerdote descomunión ipso facto: salvo si amonestado no quiere cesar, porque en este caso ha de ser descomulgado y suspenso conforme al albedrío del ordinario, como lo dice Bernardo Díaz de Lugo (i Díaz de Lugo regula 38). También peca mortalmente diciendo misa en corporales que no estén benditos. Acerca de lo dicho se ha de notar, que no puede lícitamente celebrar misa el sacerdote, sin estas vestiduras sagradas, aunque le constriñan a ello por miedo de la muerte, como lo dice Navarro (k Nava. c. 25. nu. 85), lo cual tengo por negocio recio, y para mí muy dudoso, porque la obligación de decir misa con estas vestiduras, es de derecho positivo, el cual no obliga con tanto peligro: y así solamente admitiría yo la opinión de Navarro, en caso que fuese constreñido el sacerdote a celebrar sin ellas en menosprecio de los ritos eclesiásticos, y de la Iglesia que los ordena, porque en este caso obligación tiene de morir: y recibiría yo esta opinión cuando el sacerdote fuese compelido a celebrar faltando todas las vestiduras sagradas, cáliz, y lumbre, como lo dice fray Manuel Rodríguez (l F. Ma. R. ubi supra), y lo apunta Enríquez (m Enriq. 2 to. de missa. c. 29. lib. 9. nu. 5. in margine).

[Alonso de Vega, Summa llamada Nueva Recopilación, Madrid 1598, 2:520-521.]

Caso XXIIII

Pregunto. ¿Si aconteciese a un Sacerdote estando diciendo Misa caérsele el cáliz, y derramarse la sangre, qué se ha de hacer en tal caso?

Resp. Que si esto aconteciese por negligencia del Sacerdote, que pecará mortalmente: y ha de hacer lo que manda por un decreto Pío sumo Pontífice. Y demás de esto, si alguna cosa de la sangre cayó en la tierra, o tabla, se ha de lamer la tierra, y raerse la tabla, y lo que se rayere quemarlo, y la ceniza de ello guardarla en el Sagrario, o en la pila bautismal: si cayere sobre el altar, procure el Sacerdote de sorberlo.

(Nota 1) Nota, que si algún animal se comiere la hostia consagrada, que luego inmediatamente le han de desentrañar, y sacada de allí la hostia ha de ser puesta en lugar honesto, hasta tanto que naturalmente ella se consuma, y en ninguna manera se ha de quemar, porque sería grandísimo sacrilegio, ni tampoco se ha de echar en el lugar que está dicho en el caso ventitres. Esto es de Ledesma (k Ledesma in summ de Euchar. sacram. diffic. 42. col. 479), y Armilla (l Armil. verbo Missa. nu. 22. a). De esto dije más largo en nuestro Espejo de Curas en el segundo tomo en el capítulo 17, de los cánones penitenciales. §. 3. número 10, adonde puse la penitencia que mandó Pío II hacer al que aconteciese lo que pregunta el caso. Véase.

(Nota 2) Y nota para esta materia que el que dice Misa sin agua, y sin candela, y en pan leudado, y en cáliz de palo, peca mortalmente, y ha de ser depuesto de su oficio y beneficio, la cual pena le debe poner el Ordinario, según la calidad del lugar y menosprecio del tal Sacerdote, como lo tratan los Doctores (a Doctores in 4. dist. 12. q. 1. art. 8) comúnmente con Escoto (b Scoto q. 1. art. 1), y peca (hablando regularmente) el clérigo que dice Misa sin vestiduras sagradas, y queda sujeto a descomunión mayor, como está ordenado en el Concilio Bracarense (c Concilio Bracharense III, cap. 3), y en el santo Concilio Tridentino (d Conc. Trident. ses. 22. c. 5. cano. 7) se condena por herejía decir, que estas vestiduras, de las cuales usa la Iglesia, cuando se dice Misa, no son santas y devotas; y que sea pecado mortal celebrar sin ellas, lo resuelve y tiene fray Domingo de Soto (e Soto in 4. dist. 22. q. 1. art. 2), y Covarrubias (f Covarru. in cap. alma mater 1. p. § 9. num. 1) a los cuales sigue fray Manuel Rodríguez (g F. M. Rod. 1. tom. c. 230. concl. & nu. 13). Verdad es, que no incurre el sacerdote descomunión ipso facto: salvo si amonestado no quiere cesar: porque en este caso ha de ser descomulgado y suspenso, conforme al albedrío del Ordinario, como lo dice Bernardo Díaz de Lugo (h Lugo regula 38). También peca mortalmente, diciendo Misa en corporales que no estén benditos.

(Nota) Acerca de lo dicho se ha de notar, que no puede lícitamente celebrar Misa el Sacerdote, sin estas vestiduras sagradas, aunque le constriñan a ello por miedo de la muerte, como lo dice Navarro (l Navarro c. 25. nu. 85): lo cual tengo por negocio recio, y para mí muy dudoso, porque la obligación de decir Misa con estas vestiduras, es de derecho positivo: el cual no obliga con tanto peligro; y así solamente admitiría yo la opinión de Navarro, en caso que fuese constreñido el Sacerdote a celebrar sin ellas en menosprecio de los ritos Eclesiásticos, y de la Iglesia que los ordena, porque en este caso obligación tiene de morir: y recibiría yo esta opinión cuando el Sacerdote fuese compelido a celebrar, faltando todas las vestiduras sagradas, cáliz, y lumbre, como lo dice fray Manuel Rodríguez (k F. M. Rod. ubi supra), y lo apunta Enríquez (l Enriquez 2 tom. de Missa. c. 29. lib. 9. nu. 5. in margine).

[Alonso de Vega, Summa llamada Nueva Recopilación, Madrid 1606, 2:548-549.]

 

Segunda parte · Capítulo XLI. De Misas

Caso XXIIII

1 Si se derramase la sangre se ha de lamer con la lengua, y raer adonde cayó, y lo raído guardarse en el sagrario. 2. p. col. 548. c.

2 Si algún animal comiere la hostia consagrada, luego inmediatamente le han de desentrañar, y sacada de allí, ha de ser puesta en lugar honesto, hasta tanto que naturalmente ella se consuma, y en ninguna manera se ha de quemar. ibídem d.

3 El Sacerdote que dice Misa sin agua, y sin candela, y en pan leudo, y en cáliz de palo peca mortalmente, y ha de ser depuesto de su oficio, y beneficio. ibid. d. & col. 549. a.

4 Peca mortalmente (hablando regularmente) el clérigo que dice Misa sin vestiduras sagradas, y queda sujeto a descomunión mayor, aunque no la incurre ipso facto: y es herejía decir que estas vestiduras que la Iglesia usa para decir Misa, no son santas y devotas.

5 Finalmente no puede decir Misa sin ellas, aunque le constriñan a ello por miedo de la muerte, si el que le constriñe lo hace por menosprecio de ellas: empero no haciéndolo por este fin, con este temor no será pecado celebrar sin ellas. ibid. b. c.

[Alonso de Vega, Epítome, o Compendio de la Suma, Madrid 1610, tomo 2, páginas 209-210.]