Filosofía en español 
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Punto segundo · Si es lícito seguir la opinión probable

P. ¿Es lícito obrar con opinión solamente probable? R. 1. Que cualquiera cuando se ve obligado a obrar, puede seguir la opinión que sea prácticamente probable, si habiendo hecho las debidas diligencias, no aparece por la parte opuesta otra opinión más probable, o segura; porque en lo moral no es posible se tenga una certeza perfecta y matemática siempre que se obra, y así basta se tenga una [34] certidumbre moral de la bondad de la operación; y para esto es suficiente la opinión prácticamente probable de ésta, cuando no ocurre en contrario otra más probable y segura. Por esta causa el Papa Alex. VIII condenó esta proposición, que es la 3. Non licet sequi opinionem, vel inter probabiles, probabilissimam. Los que enseñan lo contrario se llaman Rigoristas, y su sistema rigorismo.

R. 2. Que es lícito seguir la opinión más probable que favorece a la libertad, dejando la más segura, pero menos probable, que favorece a la ley; v. g. la opinión que dice, que el que cometió algún pecado mortal, está obligado a confesarse cuanto antes, teniendo copia de Confesor, es sin duda más segura que su contraria, pero porque ésta es más probable que aquélla, puede cualquiera conformarse con ella. La razón de esto es, porque el hombre no siempre está obligado a elegir lo que más dista del pecado, no siendo más conforme a la razón y verdad.

Arg. contra esto con aquella regla del Derecho: In dubiis tutior pars est eligenda; según la cual siempre estaremos obligados a obrar lo más seguro. R. Que según lo que ya queda antes dicho, de dos maneras puede ser una opinión más segura, esto es, o tutior a falsitate, o tutior a peccato. La que fuere más probable, lo es también tutior a falsitate, aunque alias no lo sea a peccato. Esto supuesto, respondemos, que para obrar moralmente bien, basta seguir aquella opinión que sea tutior a falsitate, sin que sea preciso lo sea también a peccato materiali. Por esto la regla del argumento ha de entenderse con relación a esta otra: Inspicimus in obscuris quod est verosimilius. La misma respuesta puede darse a otras varias autoridades, que se alegan contra nuestra resolución, por lo que no nos detenemos en satisfacerlas en particular. Lo contrario será rigorismo.

[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, páginas 33-34 ]