Una poderosa fuerza secreta. La Institución Libre de Enseñanza Editorial Española. San Sebastián 1940

La Institución Libre y la Enseñanza. II. Los instrumentos oficiales

El Instituto-Escuela

Benjamín Temprano

Catedrático

La Escuela Superior del Magisterio y el Instituto-Escuela, sostenidos ambos con dineros del Estado y hábilmente manejados por la Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas, «alma mater» de la Institución, son los órganos elegidos para captar al profesorado oficial; la primera llevará el espíritu institucionista al campo de la Primera enseñanza; el segundo hará sentir su influjo en la enseñanza superior y secundaria.

Por R. D. de 10 de mayo de 1918 se dispone: «Artículo I° Con elementos del profesorado y bajo la dirección e inspección de la Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas, se organizará en Madrid, con el carácter de ensayo pedagógico, un Instituto-Escuela de Segunda enseñanza, con residencias anejas para todos o una parte de los alumnos, en el que se aplicarán nuevos métodos de educación y planes de estudios.

«Se ensayarán al mismo tiempo sistemas prácticos para la formación del personal docente, adaptables a nuestro país...

Artículo 16. Asimismo, a los seis años de haber comenzado a constituirse la escuela de Segunda enseñanza, elevará la Junta de Ampliación de Estudios una Memoria determinando concretamente el resultado que ofrezca la experiencia realizada y las resoluciones que deben adoptarse para la reforma y propagación de los [162] nuevos métodos de enseñanza a los demás establecimientos oficiales.»

Del artículo del Decreto, y más aún del preámbulo del mismo, se desprende que la finalidad fundamental del Instituto-Escuela es preparar una reforma profunda de la Segunda enseñanza, contrastando previamente en la realidad el plan y métodos que se seguirán, a fin de evitar un posible y funesto fracaso; todo lo demás, incluso la formación de aspirantes al profesorado, es cosa secundaria en el Decreto, pues la única novedad la constituyen las prácticas de enseñanza, que permitirán comprobar si el aspirante tiene aptitudes pedagógicas, condición «sine qua non» para aspirar a formar parte del profesorado, a fin de que no puedan darse casos como el de algunos prohombres de la Institución, cuyo saber no discutimos, pero que como catedráticos son verdaderas calamidades docentes.

El pleno desenvolvimiento del Instituto-Escuela parecía lógico se procurara fuese conocido «de visu» por el profesorado de Institutos, que había de difundir los planes y métodos allí ensayados; no se hizo nada de esto; al contrario, y se han dado casos pintorescos como éste:

Organizado por la Asociación de Catedráticos de Instituto un cursillo para profesores de Segunda enseñanza, hubo conferencias dadas en su mayor parte por institucionistas, visitas a museos y otros centros, excursiones a El Escorial y Toledo; pero en el programa no figuró ni una sola visita al Instituto-Escuela. Hubo también conferenciante institucionista que, alardeando de conocer el estado de la enseñanza en el Extranjero, especialmente en Francia, parecía desconocer en absoluto la labor que entonces se realizaba en los Institutos, españoles... ¡Y estos señores pretendían reformar la enseñanza nacional!

Terminado el período de ensayo el 29 de febrero de 1925, [163] la Junta para Ampliación de Estudios presentó un voluminoso informe que en la edición oficial abarca 55 páginas; en 49 de ellas, la Junta, mediante habilidosa introspección, parece recrearse en su propia obra, para concluir proponiendo que continúe el ensayo y se aumente la dotación económica al Instituto-Escuela. A la reforma profunda de la Segunda enseñanza, que había motivado la creación de este Centro, se dedican, en el informe de la junta, cinco páginas, en las cuales se exponen varias ideas generales que en modo alguno justifican los cuantiosos gastos del ensayo, y se desliza una idea fundamental: limitar la reforma a unos cuantos centros, dándoles una organización análoga a la del Instituto-Escuela; dicho en romance: que se coloque a unos cuantos Institutos bajo el control de la junta para Ampliación de Estudios. Es la penetración pacífica del espíritu de la Institución.

Siendo ministro de Instrucción Pública el melifluo don Fernando de los Ríos, uno de los conspicuos de la Institución, se impuso el plan hoy en vigor en la Segunda enseñanza, y, haciendo tabla rasa del precioso informe del año 1925, no sólo se extiende la reforma a todos los Institutos existentes, sino que se aumentan éstos en gran número, y, como frondosos islotes en el exuberante campo de la Segunda enseñanza, se fundan en varias poblaciones Institutos-Escuelas a imagen y semejanza del de Madrid; en lugar de aquella meticulosa formación y selección del profesorado, con tanto tesón defendida, se recurre a la red barredera de los cursillos, y, frente al Bachillerato múltiple o bifurcado, practicado en el Instituto-Escuela y defendido por los institucionistas, se establece para toda España un tipo único de Bachillerato, con la única excepción del Instituto-Escuela de Madrid y sus hijuelas de provincias.

En resumen: lo del Instituto-Escuela ha sido uno de los varios trucos que nos han colocado los [164] institucionistas y que les han permitido, mediante formas correctas, pero con tenaz intransigencia, ir extendiendo su espíritu de secta. El Instituto-Escuela no ha hecho otra cosa que practicar lo que estaba ya, no sólo ensayado, sino también implantado en la mayor parte de los países europeos. A pesar de su libertad de acción y abundancia de medios económicos, no ha sabido crear un tipo moderno de Bachillerato adaptado a la realidad española y a nuestras posibilidades económicas; con tan largo y costoso ensayo se ha demostrado únicamente que, a mayor abundancia de medios, menor número de alumnos, más horas de trabajo y mejor selección del profesorado, responde un mayor rendimiento en el trabajo: «parturient montes, nascetur ridieulus mus», no merecía la pena tanto bombo para tan ridículo engendro.

A fin dudar idea del elevado coste de tan cacareado ensayo, sólo diremos que, según los datos oficiales facilitados por la misma Junta, el curso 1924-1925, para 403 alumnos de Segunda enseñanza, había 37 profesores y 39 becarios aspirantes al magisterio secundario, o sea 70 profesores, con un presupuesto de 249.506 pesetas en concepto de personal y material.

Según datos facilitados por la misma Junta y tomados de la estadística oficial (1921-22), había en esa fecha en España 60 Institutos, con 18 profesores cada uno por término medio, y un presupuesto para personal y material de 6.965.550 pesetas; aplicando a todos estos centros el régimen y presupuesto del Instituto-Escuela sería necesario un presupuesto de pesetas 3.823.308 (más del 50 por 100), y esto para el curso 1921-22, pues para el 1924-25 la diferencia hubiera sido bastante mayor. [165]

Mirando al futuro

Entendemos que el ensayo pedagógico del Instituto-Escuela debe terminar. La formación del profesorado es una de las múltiples misiones que debe llenar la Universidad oficial; la práctica en la enseñanza debe ser realizada por todo aspirante al profesorado, pero en aquellos Institutos en que por su numerosa matrícula se precisa la división en secciones; los alumnos de los Institutos-Escuelas existentes serán sometidos al régimen que se acuerde para los centros de Segunda enseñanza, acabando con situaciones de excepción que, por serlo y por caras, resultan siempre odiosas.

Para eliminar o, por lo menos, atenuar el caos ideológico en que se debate la sociedad actual, hay que ir decididamente a la formación de la conciencia psicológica y moral de las nuevas generaciones, haciendo que arraiguen profundamente en el espíritu de la juventud los ideales de la Religión y Patria, solidaridad social y subordinación del interés individual al interés colectivo.

La dirección y control de esta labor educadora (en la que caben colaboraciones) corresponde al Estado, que debe realizarla por medio de sus organismos propios, de modo especial por medio de la Universidad, que habrá de ser adaptada a las necesidades de los nuevos tiempos, no tolerando en modo alguno que la acción estatal sea suplantada por entidades que, usando y abusando del dinero y poder oficial, pueden utilizar tan poderosos recursos con fines partidistas, acabando por poner en peligro la vida misma del Estado.

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  Una poderosa fuerza secreta
San Sebastián 1940, páginas 161-165