Lorenzo Hervás Panduro | Doctrina y práctica de la Iglesia en orden a las opiniones dogmáticas y morales |
Doctrina y práctica de la Iglesia en orden a las opiniones dogmáticas, y morales. Obra del ab. D. Lorenzo Hervás dividida en dos tomos, de los que el segundo contiene los documentos de sus pruebas citados en el primero.
El primer tomo tiene 113 hojas, y el segundo tiene 146.
Esta obra queda en poder de mi primo Antonio Panduro hasta que Dios envíe el tiempo oportuno de su publicación. En Roma el año de 1798 dejé los borradores, que los eclesiásticos romanos han ya traducido en italiano con intención de publicarlos: y juzgan, que a todo cuanto he escrito, se deba preferir esta obra. Si el Sñr me concede vivir en el tiempo pacífico de su religión, yo avisaré cuándo se deberá imprimir esta obra, que se guardará con sumo cuidado, pues no está encuadernada.
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Tratado sobre la doctrina y práctica de la iglesia en orden a las opiniones dogmáticas y morales: obra de d. Lorenzo Hervás en dos tomos, de los que el segundo contiene los documentos de sus pruebas.
El presente tratado, que del probabilismo, o de las opiniones probables se suele comúnmente llamar, y aun intitular por los teólogos, y canonistas, como en bosquejo empecé a escribir en carta larga con el motivo, que en el principio de ella, que abajo{1} pongo, se declara con indicación del método, que en esta obra observo. El dicho bosquejo vieron en esta ciudad de Roma algunos literatos amigos míos que lo [Iv] hicieron público principalmente en la universidad de este colegio romano, en que escribo. Esta notoriedad excitó la curiosidad del sr. Doctor don Josef Casanova su profesor de teología moral, el cual vino a mi estudio, deseó ver el bosquejo, y de él entresacó los materiales necesarios para formar la cuestión, que del uso lícito de las opiniones probables dictó en dicha universidad el año 1792. Al mismo tiempo el sr. Abate Bolgeni volvió a este colegio, en que reside, desde Brescia, en donde había dejado para que se imprimiese su obra intitulada: «Il Possesso, principio fondamentale per decider i casi morali illustrato, e dimostrato da [II] Gianvincenzo Bolgueni, teologo Della S. Penitenzieria. Brescia. 1796.» y oyéndose hablar en esta universidad, y colegio romano de la dicha cuestión dictada en ella según mis manuscritos, deseó verlos; y luego que los vio, escribió a Brescia para que se suspendiera la impresión de su obra citada, al fin de la cual añadió treinta y seis páginas (que empiezan desde el número 275, y página 318.) vaciando de mi doctrina la que hacía a su asunto, y advirtiendo al lector, que de mis manuscritos en lengua española había tomado lo que añadía desde dicha página 318 hasta la última, que es 374. Bolgueni empieza la añadidura en el [IIv] número 275 y página 318 haciendo la siguiente advertencia «Mantengo mi palabra dada en el número 107 de exponer el sentir de los teólogos escolásticos antiguos sobre la regla, que llaman de la posesión. Tengo a mi vista un manuscrito en lengua española del abate don Lorenzo Hervás conocido por otras obras dadas a la luz pública: y de este manuscrito sacaré la doctrina de los teólogos, que él cita con suma exactitud habiendo visto sus obras mismas». Hecho público el dicho manuscrito mío con la obra de Bolgueni, el docto sr. don Francisco Luchini conocido por sus producciones literarias, y otros teólogos romanos desearon, que se tradujese en [III] italiano, y porque yo ocupado en otras obras no podía satisfacer a sus deseos, empeñaron al caballero Juan Santiago Pegna muy práctico en la lengua española, y conocido por sus obras, y por la traducción, que ha hecho de las francesas del jesuita Lalleman, para que tradujera el dicho manuscrito con mi revisión. El sr. Caballero Pegna hizo la traducción, que se debía imprimir inmediatamente costeando la impresión el sr. abate don Francisco Cabrera conocido también en el orbe literario, cuando antes que yo acabase de reveer la dicha [IIIv] traducción, sucedió la revolución del gobierno eclesiástico de Roma, en la que escribo esto en circunstancias de haberse ordenado a los tres meses del principio de dicha revolución, que todos los eclesiásticos, y regulares forasteros salgan en tres días de esta ciudad de Roma, y en diez de todos sus estados. Aunque yo en el día antecedente a la intimación de dicho orden publicado el dia 15 de Mayo del presente año 1798, a los cuatro jefes franceses de este gobierno debí el [IV] favor de estar exento con mis amanuenses de la obligación de salir de Roma con absoluta libertad para continuar aquí escribiendo mis obras, mas porque en los días inmediatamente siguientes se publicaron nuevos edictos, que declaradamente denotaban la supresión inminente de los estados regular, y eclesiástico, y en uno de dichos edictos se amenazaba con la prisión de todos los eclesiásticos romanos, y forasteros al primer indicio de cualquier tumulto, o movimiento popular, previniéndoles que todos [IVv] serían castigados inmediatamente en caso, en que no probasen haber procurado impedir, o sosegar con todo esfuerzo cualquiera tumulto, o revolución, determiné enviar a Madrid mis manuscritos con el correo de gabinete de nuestra corte, que para su remisión me ha concedido la licencia, y hoy 25 de Mayo envío el presente tratado esperando, que a los teólogos españoles no desagradará una obra, que hecha pública en Italia, y dictada en la universidad de este colegio romano por autores célebres se ha deseado traducida, e impresa en lengua italiana.
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{1} Habiendo yo publicado en mi historia de la vida del hombre un breve discurso sobre la teología apuntando en él las pocas ideas, que sobre las opiniones probables se podían externar en las circunstancias críticas, en que para su impresión en Madrid lo envié el año 1789, para mejor inteligencia de mi doctrina en dicho discurso, como también para la de la contenida en este tratado, útil podrá ser la siguiente carta, que a mi s. tio d. Frei Antonio Panduro escribí desde esta ciudad de Roma. Su fecha es a 9 de Abril de 1790. Empieza la dicha carta = En la última carta, en que v. m. me da la noticia, que de su salud ya recobrada, yo deseaba saber, v. m. proponiéndome algunas reflexiones sobre la cuestión moral del probabilismo, y probabiliorismo, e insinuándome el modo, con que desembarazándose de esta cuestión procedía en los casos morales, y causas eclesiásticas de su tribunal, industriosamente me incita a escribirle mi parecer, o modo de pensar sobre estos asuntos. Observo, que la fecha de la carta de [Iv] v. m. es muy posterior a la que he recibido avisándoseme desde Madrid, que ya habían llegado mis discursos teológicos, que se han de imprimir en la historia de la vida del hombre, y sospecho, que la lección de uno de ellos brevísimo sobre la teología moral ha movido la curiosidad de v. m. para desear, que yo sobre la dicha cuestión del probabilismo, y probabiliorismo le escriba mi parecer, y el modo práctico, que tengo para la resolución de los casos dudosos en cualquiera materia legal, o moral.
Si v. m. ha ojeado mi brevísimo discurso sobre la teología moral, en el habrá notado, que comparo la cuestión del probabilismo, y probabiliorismo a un laberinto, en que han entrado, y entran continuamente tropas de moralistas, que se persiguen, y buscan sin que la mayor parte de ellos jamás se llegue a alcanzar. Parece, que v. m. con las dudas, que me propone, quiere obligarme a entrar en este laberinto, del que he procurado huir en el dicho discurso; pues en él, como v. m. habrá advertido apenas [II] nombro la cuestión del probabilismo, y probabiliorismo, no obstante que presentemente los teólogos, y por moda los canonistas, y aún los legistas, sin vomitarla no suelen saber hablar de ningún caso dudoso de sus respectivas ciencias.
Con estas observaciones, que quizá v. m. creerá alegadas como pretextos para condecender con su deseo, no pretendo excusarme de hacer un acto obsequioso, y aún meritorio de obediencia a sus insinuaciones, que para mí son preceptos. Yo naturalmente condecendiente, y propenso a servir a cuantos honestamente puedo servir, no debo negar los servicios, que pueda hacer a quien de ellos es dueño, y debo hacer por todos títulos. Penetrado yo de esta persuasión, y gustosa obligación mía, no temo, que la resistencia, que por justo motivo he tenido para tratar de la dicha cuestión en mi discurso de la teología moral, pueda alterar la mayor facilidad, que para escribir sobre esta cuestión yo hubiera tenido en caso de escribir por placer genial. Este en mí es el de obedecerle, como [IIv] lo hago empezando a tratar del probabilismo, y probabiliorismo.
Aunque sobre este asunto supongo en v. m. la grande instrucción, que las reflexiones de su última carta me hacen conocer; no obstante yo debo prescindir de ella, y consiguientemente establecer las máximas, y observaciones, que juzgáre ser más oportunas para la mejor inteligencia, y resolución de la cuestión. De ésta primeramente declararé su naturaleza para que sin peligro de la menor duda convengamos en lo que se disputa, y se ha de resolver: y después expondré cronológicamente el parecer de los padres, doctores, y teólogos de la iglesia, y la práctica de ésta sobre dicha cuestión, para que en dicho parecer, y práctica tengamos el norte más seguro, a que debamos mirar, y la regla más cierta, que debamos observar [III] en nuestras resoluciones, las cuales serán más consecuencias de dicha regla, que decisiones nuestras.
Éste es, mi señor, el método, con que me propongo tratar la presente cuestión. Ésta, aunque actualmente tratada por teólogos moralistas como si fuera propia de ellos, o con mayor universalidad, y energía, que por los intérpretes sagrados, por los teólogos dogmáticos, y escolásticos, y por los canonistas, pertenece a las ciencias de estos no menos, que a la teología moral: por lo que se debe considerar, como cuestión, que tiene estrecha relación, y conexión íntima con todas las ciencias sagradas, y eclesiásticas. Diré también, que entre todas las cuestiones, que en estas se tratan, ella es la de mayores relaciones, y consecuencias, y consiguientemente la más interesante. Estas circunstancias nos obligan a buscar atentísimamente en la doctrina, y práctica de la iglesia [IIIv] por todos los siglos no solamente los principios doctrinales ciertos, y fundamentales para resolver acertadamente la dicha cuestión, mas también su resolución: porque no es creíble, que cuestión tan importante, que tiene relación íntima con toda la doctrina ética, y revelada de nuestra santa religión, no se haya tratado, y aún decidido por los padres, doctores, y teólogos de la iglesia desde los primeros siglos de ella.
A la verdad la cuestión del probabilismo es una duda, que inmediata, y necesariamente debió resultar en la mente humana desde el primer momento, en que los hombres empezaron a pensar, y a discordar en sus opiniones sobre todo lo que el hombre está obligado a hacer en conciencia. De ésta no dejaron de [IV] tratar algunos filósofos del paganismo: mas las tinieblas, en que éste estaba sumergido, les impidió ver aquella luz pura, con que una conciencia temerosa de errar busca el acierto en lo más perfecto, o a lo menos en lo que no sea pecaminoso. Esta luz solamente ha aparecido a los hombres con la religión cristiana, que la tiene siempre inextinguible: por lo que solamente desde la aparición del cristianismo los que lo profesaron, empezaron con tal luz a pensar, y examinar atentamente lo que debían hacer en conciencia, y a resolver, o determinar la conducta, que debían tener en los casos, sobre que no determinándose claramente por revelación divina, ni por razón lo que se había de creer, o hacer, oían o leían variedad de opiniones entre doctores católicos.
He indicado a v. m. el método, con que [IVv] trataré la cuestión propuesta, y la antigüedad de ésta: estas dos noticias preliminares le bastarán para figurarse anticipadamente la naturaleza, y el orden de pruebas, que alegaré con estilo epistolar, con que he empezado a escribir esta carta, mas sin dialogizar con v. m. por consultar a la mayor brevedad, que me sea posible. Los materiales de esta carta probablemente me servirán para escribir un tratado algo largo sobre la dicha cuestión, en el que por ahora no me permiten ni aun pensar mis presentes circunstancias, y el empeño, que he contraído en concluir otras obras empezadas».
Hasta aquí la carta del bosquejo de esta obra, que hecho público dio motivo para el aumento, y presente formación de ella.
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Transcripción, realizada por Sergio Méndez Ramos, del manuscrito
conservado en la Biblioteca Complutense (BH MSS 503), folios I a IV.
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