Análisis diacrónicos sobre los diccionarios de la (Real) Academia de la Lengua Española
Democracia
El término “democracia” aparece ya desde la primera edición del Diccionario de la Real Academia Española, resultado de haber sido acuñado en la Grecia clásica y de haber existido ya en la antigüedad gobiernos denominados democráticos (la democracia ateniense de Pericles), y haberse definido la democracia entre las formas de gobierno existentes, distinta de la monarquía y la aristocracia según la tipología establecida por Aristóteles en su Política (democracia, gobierno de todos; monarquía, gobierno de uno; aristocracia, gobierno de algunos). Sin embargo, la referencia fundamental para el primer Diccionario de la Academia no es la democracia ateniense sino la de los Cantones Suizos.
1732 Diccionario de la lengua castellana [de autoridades], Tomo tercero, pág. 67:
Referencia que era normal en el siglo XVIII, la de un gobierno formado por un pequeño núcleo de campesinos aislados por los Alpes, donde no existen grandes propietarios y esas personas han de tomar decisiones sobre su vida en común, al margen de una administración central. De hecho, Rousseau se inspirará en el «gobierno popular» de los cantones suizos para definir el origen de la sociedad política como un pacto entre iguales, teoría formulada en 1762 en su famosa obra El Contrato Social.
Incluso, pese a afirmar que la verdadera democracia como gobierno popular no ha existido nunca, Rousseau formula como condiciones para un gobierno democrático las mismas que se cumplían en los pequeños Cantones Suizos:
«¿No son demasiadas cosas difíciles las que implica reunir este gobierno? Primeramente, un Estado muy pequeño, en donde se pueda reunir el pueblo y en donde cada ciudadano pueda, sin dificultad, conocer a los demás. En segundo lugar, una gran sencillez de costumbres que prevenga o resuelva por anticipado multitud de negocios y de resoluciones espinosas; luego, gran igualdad en los rangos y en las fortunas, sin lo cual la igualdad de derechos y de autoridad no podría prevalecer mucho tiempo; y, por último, poco a ningún lujo, pues éste, hijo de las riquezas, corrompe de la misma manera al rico que al pobre, al uno por la posesión y al otro por la codicia; entrega la patria a la molicie, a la vanidad y arrebata al Estado todos los ciudadanos para esclavizarlos, sometiendo unos al yugo de otros y todos al de la opinión» (El Contrato Social, [1762] Libro III, Capítulo IV).
También Voltaire, dos años después, afirmará que Suiza es una democracia comparable a la ateniense, junto a las siete Provincias Unidas de Holanda:
«Europa conoció otra república, diez veces más pequeña aún que Atenas, la de Ginebra, que atrajo durante cincuenta años sus miradas y supo colocar su nombre al lado del de Roma, en la época en que ésta dictaba leyes a los monarcas, sentenciaba a Enrique, soberano de Francia, y absolvía y castigaba a otro Enrique que fue el primer hombre de su siglo, en la época misma que Venecia conservaba su antiguo esplendor, y la nueva república de las siete Provincias-Unidas asombra a Europa y a las Indias con su instalación y su comercio» (“Democracia”, en Voltaire, Diccionario filosófico [1764]. Sempere, Valencia 1901, Tomo 3, pág. 152.)
1780 primera edición, pág. 318:
«Democracia. s. m. Gobierno popular, como el de las repúblicas de los Cantones suizos y otras. Imperium populare.»
1791 tercera edición, pág. 294:
«Democracia. s. f. Gobierno popular. Imperium populare.»
En 1791 desaparecen las referencias a los Cantones Suizos y se mantiene solamente la definición de democracia como «Gobierno popular. Imperium populare». Ya han tenido lugar las revoluciones norteamericana y francesa, aunque en ningún momento se habla ni de soberanía popular ni de la soberanía nacional, que es la novedad que incorpora la Revolución Francesa de 1789 frente a la soberanía del monarca propia del caduco Antiguo Régimen. De hecho, en 1835 Alexis de Tocqueville deja por escrito su experiencia en Estados Unidos en su obra La democracia en América, donde describe la democracia norteamericana como gobierno popular directo:
«En el municipio, como en todo lo demás, el pueblo es la fuente de los poderes sociales, pero en ninguna parte ejerce su poder de forma tan inmediata como en él. En América el pueblo es un amo al que ha habido que complacer hasta el límite de lo posible. [...] Las funciones públicas, extremadamente numerosas, se hallan muy divididas en el municipio, como veremos más adelante; sin embargo, la mayor parte de los poderes administrativos está concentrada en las manos de un corto número de individuos que se eligen cada año, llamados select-men.» (Alexis de Tocqueville, La democracia en América, [1835] Volumen 1, Primera Parte, Capítulo V).
Sin embargo, la democracia norteamericana tolera la existencia de esclavos negros y de nativos americanos que no participan de la democracia:
«Estas dos razas desventuradas no tienen en común ni el nacimiento, ni el aspecto, ni la lengua, ni las costumbres: sólo en infortunio se parecen. Ambas ocupan una posición igualmente inferior en el país que habitan; las dos sufren los efectos de la tiranía, y si sus miserias son diferentes, pueden en cambio acusar de ellas a los mismos autores. ¿Acaso no se diría, viendo lo que pasa en el mundo, que el europeo es a los hombres de las otras razas lo que el propio hombre a los animales? Los utiliza en su provecho, y si no puede doblegarlos, los destruye» (La democracia en América, Volumen 1, Segunda Parte, Capítulo X.).
De hecho, concluye Tocqueville: «El negro ha perdido hasta la propiedad de su persona, y no podría disponer de su propia existencia sin cometer una especie de latrocinio».
¿Qué quieren decir entonces en Estados Unidos cuando apelan a su condición de «haber vivido siempre en democracia»? Propiamente nada, pues en la democracia esclavista ateniense apenas el diez por ciento de sus habitantes se ocupaban de los negocios públicos, quedando descartados no sólo los esclavos, los menores de dieciocho años o las mujeres, sino también los extranjeros (metecos) o los ilotas (siervos de la gleba). Únicamente se justificaría el «destino manifiesto» de Estados Unidos para llevar a otros pueblos la democracia, por medio del famoso discurso fúnebre de Pericles:
«Tenemos un régimen político que no emula las leyes de otros pueblos, y más que imitadores de los demás, somos un modelo a seguir. Su nombre, debido a que el gobierno no depende de unos pocos sino de la mayoría, es democracia. En lo que concierne a los asuntos privados, la igualdad, conforme a nuestras leyes, alcanza a todo el mundo, mientras que en la elección de los cargos públicos no anteponemos las razones de clase al mérito personal, conforme al prestigio de que goza cada ciudadano en su actividad; y tampoco nadie, en razón de su pobreza, encuentra obstáculos debido a la oscuridad de su condición social si está en condiciones de prestar un servicio a la ciudad» (Tucídides, Historia de la Guerra del Peloponeso, Libro II, 37, 1-2).
Pero, como ya vieron Platón y Aristóteles, ni la mayoría representa a la voluntad general, ni necesariamente sus decisiones son las más juiciosas. De hecho, la democracia ateniense era en realidad una mezcla de gobierno popular y representativo, pues como señala Montesquieu, Solón dividió en cuatro partes el censo de Atenas, pudiendo cada una de las cuatro elegir jueces para el Consejo de los Quinientos (Boule), pero sólo tres de las cuatro, formadas por ciudadanos acomodados, eligieran a los magistrados:
«Si el pueblo entero es, en la República, dueño del poder soberano, estamos ante una democracia; si el poder soberano está en manos de una parte del pueblo, se trata de una aristocracia. [...] Igual que la separación de los que tienen derecho al sufragio constituye en la República una ley fundamental, la manera de votar también lo es. La elección por sorteo es propia de la democracia; la designación por elección corresponde a la aristocracia» (Montesquieu, Del Espíritu de las Leyes, Libro II, Capítulo II.)
El propio Tocqueville señala la mezcla entre el gobierno popular y representativo en los Estados Unidos, cuya constitución estaba muy influida por Montesquieu:
«En América, el pueblo nombra al que hace la ley y al que la ejecuta; y él mismo forma el jurado que castiga las infracciones a la ley. No sólo las instituciones son democráticas en su principio, sino también en su desarrollo; así, el pueblo nombra directamente a sus representantes y los elige, por lo general cada año con el fin de mantenerlos completamente bajo su dependencia. Es, pues, realmente el pueblo quien dirige, y aunque la forma de gobierno sea representativa, es evidente que las opiniones, los prejuicios, los intereses e incluso las pasiones del pueblo no pueden encontrar obstáculos duraderos que les impidan hacerse oír y obrar en la dirección cotidiana de la sociedad. [...] En los Estados Unidos, como en todos aquellos países donde reina el pueblo, es la mayoría la que gobierna en nombre de éste» (La democracia en América, Volumen 1, Segunda Parte, Capítulo I.)
Uno de los founding fathers norteamericanos, James Madison, dejó escrita en 1787 en El Federalista la distinción entre una democracia pura, formada por un número reducido de ciudadanos en asamblea, y una república o gobierno representativo (lo que Montesquieu define como aristocracia). La distinción entre democracia y república sigue presente en Estados Unidos a día de hoy bajo la forma de la distinción entre votos populares y votos electorales, sufragio censitario indirecto para la elección de representantes, que tan polémico resultó en el año 2000, cuando George W. Bush ganó a Al Gore en las elecciones presidenciales norteamericanas por mayor número de votos electorales, pese a perder en votos populares.
1832 séptima edición, pág. 240:
«Democracia. s. f. Gobierno popular. Democratia, populare imperium.»
1869 undécima edición, pág. 249:
«Democracia. s. f. Gobierno popular.»
1884 duodécima edición, pág. 346:
En 1884, la duodécima definición del Diccionario cambia: «Gobierno en que el pueblo ejerce la soberanía», incluyendo una etimología griega más precisa del término. Sin embargo, pocos años después enciclopedias tan prestigiosas como la Montaner y Simón en 1890 y la Espasa en 1915, no sólo incluyen la misma definición, sino que incluso se permiten aleccionar con gran prolijidad entre las diferencias existentes entre la democracia ateniense, esclavista, y las democracias de entonces. A juicio de ambos diccionarios, la diferencia fundamental es precisamente la abolición de la esclavitud como doctrina principal que supone el cristianismo: que el hombre tenga una dignidad propia por ser «Hijo de Dios» implica una igualdad que conduce a la plena democracia:
«Las modernas sociedades se han formado bajo la influencia del cristianismo; el hombre, según la concepción cristiana, es sagrado, como hombre, a sus ojos y a los ojos de sus semejantes. La idea de la libertad responsable, de la igualdad ante Dios, es puramente cristiana. Si el estado de conquista, de violencia y de barbarie, retardaron por mucho tiempo las consecuencias civiles de esta idea, es lo cierto que en la Edad Media había desaparecido la esclavitud antigua, que las instituciones protectoras del débil se habían multiplicado bajo el influjo del sentimiento de la caridad y los más humildes, los más oprimidos, se consideraban iguales a los poderosos, a los señores, a los reyes, en cuanto estaban sometidos a las mismas prescripciones religiosas y se creían llamados a sufrir el mismo juicio en la otra vida. Estas ideas de igualdad hijas de una comunidad de fe y de esperanza, y que eran resultado del dogma, adquirieron una expresión visible en la organización de la Iglesia; en ella el nacimiento no se tuvo en cuenta para nada; el mérito lo era todo. Los obispos y los Papas salían de todas las clases de la sociedad, y lo más frecuente era que saliesen, como los Apóstoles, de la masa del pueblo. Obreros hijos de pobres aldeanos ejercieron sobre los príncipes más poderosos de la tierra un imperio casi absoluto. La elección fue el signo de la igualdad. Puede por esto comprenderse la distinción que separa la concepción de la democracia antigua de la moderna.» (“Democracia”, en Diccionario Enciclopédico Hispano-Americano, Montaner y Simón Editores, Barcelona 1890, tomo 6, página 252.)
«La esclavitud que había hecho que las llamadas democracias en lo antiguo no lo fueran, como después veremos, sufrió un rudo golpe con la aparición del Cristianismo. Es cierto que transformación tan asombrosa no se hizo en un instante, que no se salvan con tan pasmosa facilidad trances tan laboriosos, pero al fin el cambio se obró y el individuo, la sociedad y el Estado, que trae en su seno la nueva civilización, se parecen muy poco a los que sepultó la civilización pagana. Desde que brilla la luz del Cristianismo el ser hombre es título bastante para que se reconozcan derechos innatos, lo exige así la dignidad social, que es desde entonces la misma dignidad humana.» (“Democracia”, en Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo-Americana, Hijos de J. Espasa, Barcelona 1915, tomo 18-1ª, página 32.)
1925 décimoquinta edición, pág. 397:
En 1925 la décimoquinta edición del Diccionario de la Real Academia la definición de democracia se vuelve aún más oscura: «Doctrina favorable a la intervención del pueblo en el gobierno» (¿acaso el pueblo no interviene también en las aristocracias o las monarquías?), acompañada de una segunda acepción más concreta: «Mejoramiento de la condición del pueblo», cuyas referencias también pueden ser cristianas; por ejemplo, al catolicismo social explicitado en De Rerum Novarum de León XIII.
1936 décimosexta edición, pág. 418:
En 1936 la décimosexta edición modificará la acepción: «Predominio del pueblo en el gobierno político de un Estado».
1950 Diccionario manual e ilustrado de la lengua española. Segunda edición, pág. 525:
Sin embargo, hay que esperar a 1950, y no en el Diccionario de la Real Academia, sino en la segunda edición del Diccionario manual e ilustrado de la lengua española (editado también por la Real Academia Española), para encontrar la referencia a la soberanía nacional instaurada con el fin del Antiguo Régimen y la formación de las naciones políticas. La tercera acepción de democracia en ese diccionario responde a esa realidad: «Nación gobernada de esta manera». Referencia que probablemente esté señalando a las denominadas «democracias homologadas», capitalistas, opuestas a las «democracias populares» del socialismo real en plena Guerra Fría, las primeras satelizadas alrededor de Estados Unidos y las segundas satélites de la Unión Soviética.
La definición de «democracia popular» como «una de las formas de la dictadura del proletariado», no permite sin embargo encontrar esenciales diferencias entre una y otra clase de democracias, pues ambas son pluripartidistas y reconocen derechos políticos:
«Son rasgos característicos de la democracia popular la existencia de un sistema de varios partidos (excepto en algunos países de Europa); aparte de los partidos comunistas, hay otros partidos democráticos que mantienen posiciones socialistas y reconocen el papel dirigente de la clase obrera; la existencia de un tipo de frente popular que une a los partidos políticos y a las organizaciones de masas. Las otras particularidades del período en que se forma la democracia popular estriban en la ausencia de limitaciones a los derechos políticos, en la mayor duración del plazo para acabar con el viejo aparato estatal, &c.». (“Democracia popular”, en Diccionario de filosofía. Ediciones Pueblos Unidos, Montevideo 1965, pág. 111)
La diferencia se encuentra no en criterios formales (derechos políticos, sistema de varios partidos) sino en la economía capitalista de mercado, lo que conduce a la ideología de la democracia como selección de elites dentro de la sociedad capitalista, formulada por Schumpeter en 1942. Al igual que en la economía de mercado las empresas de propiedad privada compiten por ventas y recursos y los consumidores pueden elegir entre bienes y servicios ofrecidos por proveedores en competencia, en el sistema democrático los representantes pugnan por ganarse el voto del pueblo:
«Se recordará que nuestras principales dificultades acerca de la teoría clásica se centraban en la afirmación de que «el pueblo» tiene una opinión definida y racional sobre toda cuestión singular y que lleva a efecto esta opinión –en una democracia– eligiendo “representantes” que cuidarán de que esa opinión sea puesta en práctica. Así, pues, la elección de los representantes se considera como el fin que se subordina al fin primario del sistema democrático, que consiste en investir al electorado del poder de decidir las controversias políticas. Supongamos que invertimos el orden de estos dos elementos y ponemos en segundo lugar la decisión de las controversias por el electorado, y, en primer lugar, la elección de los hombres, que han de efectuar la decisión. Para expresarlo de otra manera ahora adoptamos el criterio de que el papel del pueblo es crear un gobierno o algún otro organismo intermediario, el cual crearía, a su vez, un ejecutivo nacional o gobierno. Entonces lo definiremos así: método democrático es aquel sistema institucional, para llegar a las decisiones políticas, en el que los individuos adquieren el poder de decidir por medio de una lucha de competencia por el voto del pueblo». (Joseph Schumpeter, Capitalismo, socialismo y democracia [1942]. Aguilar, Madrid 1968, pág. 343)
Sin embargo, como bien se comprobaría en poco tiempo, la democracia genera desigualdad, tanto en salarios como en posición social, pues el mercado requiere distintos productos a distintos precios (de lo contrario sería lo mismo una democracia capitalista que una democracia «popular», socialista), lo que implica que el Estado ha de intervenir para acabar con los efectos perjudiciales del mercado capitalista y así recuperar el «estado de equilibrio», que dirían Lord Keynes o un John Rawls que en su Teoría de la Justicia (1971) postuló un supuesto «velo de ignorancia» muy similar al contrato social roussoniano.
1992 vigésima primera edición, pág. 479:
«Democracia. (Del gr. δημοκρατία.) f. Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno. || 2. Predominio del pueblo en el gobierno político de un Estado.»
La vigésima segunda edición (2001) repite las definiciones de 1992. Finalmente, un comentario sobre el avance de la vigésima tercera edición del Diccionario de la Real Academia (aún en proceso):
Avance de la vigésima tercera edición [2010]
Democracia.
(Del lat. tardío democratĭa, y este del gr. δημοκρατία).
1. f. Forma de gobierno en la que el poder político es ejercido por los ciudadanos.
2. f. País que tiene esta forma de gobierno.
3. f. Doctrina política según la cual la soberanía reside en el pueblo, que ejerce el poder directamente o por medio de representantes.
4. f. Forma de sociedad que practica la igualdad de derechos individuales, con independencia de etnias, sexos, credos religiosos, etc. Vivir en democracia. U. t. en sent. fig.
5. f. Participación de todos los miembros de un grupo o de una asociación en la toma de decisiones. En esta comunidad de vecinos hay democracia.
~ burguesa. 1. f. En la terminología marxista, democracia liberal.
~ censitaria. 1. f. democracia que restringe el derecho de voto al censo de contribuyentes de un cierto nivel patrimonial.
~ cristiana. 1. f. Movimiento político que aúna los principios democráticos con algunos postulados de la doctrina y el pensamiento social cristianos.
~ directa. 1. f. democracia que se ejerce por el pueblo sin la mediación de representantes, a través de asambleas vecinales, referendos o iniciativas ciudadanas.
~ liberal. 1. f. democracia que, basada en el reconocimiento de los derechos individuales, se ejerce a través de los representantes políticos de los ciudadanos.
~ orgánica. 1. f. Denominación que se atribuía a sí mismo el régimen franquista, el cual suprimió las libertades políticas.
~ popular. 1. f. Sistema de gobierno de los regímenes políticos de inspiración marxista.
~ representativa. 1. f. democracia que se ejerce a través de representantes surgidos de elecciones libres y periódicas.
Entre estas enmiendas a la edición de 2001 puede advertirse cómo se ofrece como segunda acepción de democracia “País que tiene esa forma de gobierno”. Y también una acepción 5 de “democracia procedimental”: «Participación de todos los miembros de un grupo o de una asociación en la toma de decisiones. En esta comunidad de vecinos hay democracia».
La edición enmendada, aparte de recoger acepciones que ya han ido apareciendo históricamente, señala distintas variedades de democracia (burguesa, liberal, censitaria, popular, cristiana, directa, representativa), entre las que destaca la “democracia orgánica”, definida como “Denominación que se atribuía a sí mismo el régimen franquista, el cual suprimió las libertades políticas”, toda una expresión partidista de la ideología democrática, que se identificaría con la libertad. La democracia es así libertad en sentido negativo, “libertad de”, ausencia de trabas para realizar una acción: “libertad de” consumir, “libertad de” circulación, “libertad de” empresa, “libertad de” expresión, &c. Pero esa libertad es puramente formal si no dispones de “libertad para”, de capacidad positiva para hacer algo. Así, de nada sirve disponer de “libertad de” consumir si no dispones de “libertad para” consumir, de dinero disponible. De nada sirve disponer de “libertad de” circulación si careces de “libertad para” circular (de un automóvil, por ejemplo). Nada vale la “libertad de” empresa si no dispones de “libertad para” emprender un negocio; no sirve disponer de “libertad de” expresión, si careces de “libertad para” expresarte (un periódico o medio de comunicación).