Filosofía en español 
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[ Manuel Pedregal Cañedo ]

La reglamentación del trabajo en el Congreso internacional de Amberes

Reunióse el año último en Amberes un Congreso internacional, que tuvo por objeto de sus deliberaciones la legislación aduanera y la reglamentación del trabajo. España estuvo dignamente representada en ese Congreso por el Sr. Alonso de Beraza.

Fue muy interesante la discusión relativa a la protección arancelaria, que no contuvo las importaciones del extranjero en Alemania, según declaró Bismarck, ni impidió la decadencia de la industria metalúrgica en Rusia, según manifestó Novicou, quien estima que la protección es carga muy pesada para las industrias protegidas. En efecto, la carestía general, que aumenta considerablemente con la elevación de los aranceles de aduanas, es carga pesadísima para toda clase de industrias. Por el contrario, demostró Ledeboer que en Holanda con la libertad comercial prosperaba la industria algodonera hasta el punto de que el número de telares, que era de 3.530 en 1861, se elevaba hoy a 18.125, siendo el número de husos 55.800 en 1861, y 230.266 en la actualidad.

En cuanto a la reglamentación del trabajo, punto de capital importancia, sin duda el de mayor relieve en la vida de los pueblos modernos, justo es reconocer que las diversas escuelas y opiniones estuvieron brillantemente representadas en el Congreso.

La necesidad de una estadística internacional del trabajo reclama, de parte de los Gobiernos, diligencia superior a la que en general se emplea. Es muy considerable el movimiento de la población obrera. El crecimiento de las Repúblicas americanas, debido en buena parte a la inmigración europea, el desarrollo colosal de las grandes ciudades, la fuerza de atracción que ejercen los nuevos países sobre el viejo mundo, determinan corrientes varias de emigración entre pueblos, naciones y continentes, que imponen como deber a los Gobiernos la formación de estadísticas del trabajo y de las condiciones de la vida en los diferentes pueblos, para ilustrar a los emigrantes, en cuanto a la dirección que les convenga tomar, librándoles de las seducciones y engaños, a que por desgracia tan expuestos están. Acerca de la importancia de ese servicio presentó una Memoria Héctor Tenis, con relación a los Estados Unidos, y comunicó al Congreso el delegado del Oficio del trabajo en París, Mr. Cossa, datos y noticias que ponen de manifiesto cómo y hasta qué punto a necesidades apremiantes de la colectividad, o de las clases más desvalidas, deben responder los Gobiernos con la organización adecuada de funciones que faciliten el cumplimiento de los fines sociales. El cuerpo consular puede servir de base para la organización de ese importante servicio.

La limitación da las horas de trabajo constituyó el objeto preferente de las discusiones del Congreso. No les robó tiempo la reglamentación del trabajo de los niños y de las mujeres. Se consagraron principalmente al examen de las dificultades y privaciones con que lucha el trabajador adulto.

El cuadro, que ofrecen más de 70.000 obreros, que en Bélgica trabajan 12 horas diarias; la duración de 11 a 12 horas para casi todos ellos en Alemania; la cruel prolongación de las horas de trabajo, en Rusia, despiertan vivos sentimientos de simpatía hacía las clases trabajadoras, y no es extraño que se acentúe el disgusto entre esas clases, al contemplar sobre todo cómo en el paraíso de los obreros, en Australia, descrito con calor por madame Auguste Couvene, disfruta el trabajador de relativa felicidad con el régimen llamado de los Tres ocho: ocho horas para el trabajo, ocho para el descanso, y ocho para el esparcimiento y la instrucción, a cuyo régimen se agrega un ocho más, que es fundamental: ocho chelines de salario. Con razón decía Sélberstein de Lodz, que la cuestión no está en las horas de trabajo, sino en el salario.

El obrero, que gana diez pesetas cada día, impone la limitación de las horas de trabajo; cuando el salario es insuficiente, sale el trabajador de la fábrica, en donde rige la limitación de ocho horas de trabajo, y se dirige a emprender nueva tarea en otra parte, para obtener el complemento de salario que necesita, como sucede en la fábrica del mismo Silberstein.

El presidente de la Asociación de albañiles de Madrid, que, al frente de una comisión, se presentó en el Congreso de diputados, manifestaba que su tarea era de ocho horas diarias; pero que trabajaba tarea y media, porque su jornal de 18 reales no le bastaba para atender a las necesidades de su familia. Sin embargo, pedía la limitación del trabajo a ocho horas, cuya regla, establecida por la costumbre, más fuerte que la ley, infringía él todos los días, bajo la presión de necesidades apremiantes.

Tuvo elocuentes y numerosos defensores la limitación de las horas de trabajo, por medio de la ley. Entre ellos figuraba el partido de los jóvenes economistas católicos, No se opusieron los impugnadores de la intervención legislativa en esa clase de relaciones, a la disminución de las horas de trabajo. Strauss, de Amberes, decía: «Por la libertad hemos obtenido la reducción de las horas de trabajo: la solución del problema está en la extensión de la libertad y de la instrucción.»

En efecto, las clases obreras de Inglaterra son las que mayores ventajas van obteniendo en Europa. La dotación media del trabajo no pasa de nueve horas, y deben su situación al régimen de libertad, y, sobre todo, a la organización y prudente energía de sus Trade-Unions.

Los Sres. Solvay manifestaron que tenían fábricas en diversos países, estando dotadas todas ellas con el mismo material o maquinaria, y que los obreros ingleses y americanos, con un trabajo de ocho a nueve horas, obtienen los mismos resultados que los obreros rusos en trece o catorce horas. Es indudable que las fuerzas del obrero se agotan con el trabajo excesivo. Pero la intervención del legislador perturba, en vez de mejorar la situación de los trabajadores.

A la iniciativa de los fabricantes, decía Leys, de Amberes; a la libertad, añadía León Tonnat; a los progresos del tecnicismo industrial, según Legrand, de Bruselas; Garot, de Verviers; Wellefroid, de Sesaing; Sidney Webb, de la Fabian Society, se deberá la limitación de las horas de trabajo, que ha de estar en relación con su eficacia, puesto que el salario depende de la producción principalmente, y es cuestión de salario, más que de limitación de las horas de trabajo, el problema de las clases obreras.

Emilio Vander-Rest, muy favorable a la limitación de las horas de trabajo, hizo notar que no era posible dictar leyes de carácter internacional, ni cabe fijar reglas permanentes respecto de relaciones, que son variables por su naturaleza. «El interés nacional, decía, exige que se especialice la prescripción legal, según la naturaleza de las industrias, las condiciones de su explotación, la índole, necesidades o exigencias propias de cada una de ellas». Esta especialización de las industrias, añadía el profesor Vander-Rest, hace imposible todo convenio internacional, esperando de la «libertad de la ciencia, que es el instrumente fundamental del progreso», lo que otros demandan a la intervención del legislador.

Lepessionne, de Lieja, recordaba que desde 1880 a 1889 había disminuido el trabajo de los mineros dos horas y veinte minutos, y entre reproches injustificados, que dirigía Mahaim o los economistas llamados ortodoxos, reconocía que la Vieille Montagne y otras empresas industriales favorecían al establecimiento de beneficiosas instituciones obreras.

Convengamos todos en que es un deber supremo el cooperar al mejoramiento de las clases desvalidas; pero proclamemos sin ambages que esta penosa labor, constituyendo la parte más hermosa del progreso de los siglos, ha de ser y es, resultado de la acción combinada de las fuerzas sociales, a las cuales puede servir de propulsor la ley, sin que logre jamás sustituirlas.

M. Pedregal