Filosofía en español 
Filosofía en español


Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas
Presidente: Don Emilio Attard Alonso
Sesión número 5 celebrada el viernes, 12 de mayo de 1978

Intervención de Miquel Roca Junyent (Grupo Parlamentario de la Minoría Catalana)

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor De la Fuente.

Tienen solicitada la palabra los señores Roca Junyent y Arias.

Al propio tiempo, informa a la Comisión que, tras dar cuenta a la Mesa de solicitud reglada por virtud de la cual se pretende votación nominal del artículo 2.º, es procedente que en su lugar se haga reglamentariamente, porque, de acuerdo con el artículo 75, ha sido solicitada por dos Grupos Parlamentarios.

El señor PECES-BARBA MARTÍNEZ: Una pregunta, señor Presidente. ¿Es de todo el artículo 2.º o solamente de alguna de las enmiendas? Lo pregunto para poder aligerar.

El señor PRESIDENTE: A su tiempo se informará.

Es de todo el artículo 2.º y del término «nacionalidades».

Yo rogaría luego que, para evitar dos votaciones nominales, fuera incorporada a la votación del voto particular de Alianza Popular. Pero en su momento será informada la Comisión.

Consecuentemente, se ha sometido a la Mesa que, dada la profundidad del tema, por mucha prisa que tengamos, excepcionalmente se aplicará un turno extraordinario que autoriza el párrafo 3 del artículo 118.

Por ello, después de las intervenciones de los señores Roca Junyent y Arias se concederá, a discreción de todos los Grupos Parlamentarios, una intervención para cada uno por el término máximo de los diez minutos que autoriza el artículo invocado.

Tiene la palabra el señor Roca.

El señor ROCA JUNYENT: Para consumir un turno en contra de la enmienda formulada por el representante de Alianza Popular, y quisiera al respecto señalar algunas observaciones previas.

En primer término, voy a referirme a lo que constituye el centro de la intervención del señor De la Fuente y de su voto particular y enmienda, no tanto a algunas de las consideraciones que se han vertido, que ninguna relación guardan con el tema de las nacionalidades y que me preocuparía enormemente que se confundieran, es decir, que esta confusión a la que ha hecho alusión el señor De la Fuente se trasladara, por una prórroga inconcebible, hacia temas que ninguna relación guardan con el que hoy estamos examinando.

Simplemente quisiera sugerir en esta línea que la bandera de la reconciliación tiene dos aspectos: uno, los que la levantan para no hablar, evidentemente, del pasado, y otro, los que la levantan para olvidarlo; pero lo que no puede ser es que unos la levanten para olvidarlo y otros la levanten para, de vez en cuando, recordarlo. O aquí todos lo olvidamos o, en todo caso, vamos a hablar de conceptos distintos de reconciliación.

Se ha hablado de confusión, se ha dicho que el término «nacionalidades» introduce una gran confusión, y esto me parece que se apoya en dos puntos que yo quisiera, alternativamente, examinar. El primero de ellos es que, con todos los respetos, el mismo respeto que él quería sostener para los que vamos a defender posiciones distintas, y con toda sinceridad he de manifestar que o se estaba tratando de una interpretación demagógica de la Constitución o, realmente, no se conocía el texto de la Constitución. Quiero decir esto porque en la Constitución no se definen de ningún modo dos clases de españoles. En la Constitución, al hablarse de las nacionalidades y regiones que integran España, no se hace alusión en absoluto a cuáles van a ser aquellas nacionalidades que se sienten con conciencia de tal y van a identificarse con esta expresión, ni aquellas otras que quedarán satisfechas con la expresión «región», sino que se establece para unos y para otros un mismo tratamiento en el Título correspondiente. No hay distinción en cuanto al contenido sustantivo de lo que va a ser la autonomía; está a la merced, a la libre decisión de los habitantes en cada una de estas comunidades autónomas el decidir el nivel que quieren dar a sus propias competencias dentro del respeto constitucional, y unas serán «nacionalidades», porque así se sienten, y otras serán «regiones», porque así querrán serlo. Pero, en todo caso, quiero adelantar, para los que alguna duda tengan en este sentido, que no estará en el ánimo de una nacionalidad como la catalana el intentar sostener que otras lo sean. Que cada cual decida lo que sobre su propia conciencia colectiva tenga razón de ser, pero no nos vamos a interferir en el proceso de la libre formación de estas futuras comunidades autónomas.

Por tanto, no es verdad que se establezcan gradaciones distintas entre unas y otras; no se establecen dos clases de españoles. El problema ninguna relación guarda con lo que aquí estamos tratando. Se trata de saber si queremos inmovilizar una estructura del Estado, una estructura centralista que se ha demostrado que no ha funcionado, que no ha sido capaz de resolver los problemas que en este sentido se encontraban planteados, o si, por el contrario, queremos innovar, introducirnos hacia nuevos esquemas más operativos de funcionamiento y, además, por otra vía. Si aceptamos que los conceptos políticos son inamovibles o, por el contrario, que los conceptos políticos gozan de una flexibilidad, de una capacidad de adaptación a la realidad social de los tiempos y evolucionan con la misma rapidez con que evoluciona la sociedad en sí misma.

Ha dicho don Licinio de la Fuente –y quiero decir que en esto coincidimos plenamente y lo digo con toda sinceridad– que «nacionalidades» y «nación» quieren decir exactamente lo mismo. Es verdad, quieren decir absolutamente lo mismo.

Lo único que ocurre es que en el concepto político, en la vida política, los términos se acuñan, se amoldan, y estos términos que se acuñan y se amoldan a las nuevas realidades es evidente que van generando nuevas concepciones. Y, entonces, si originariamente las naciones fueron lo que, en definitiva, vino a formar la conciencia colectiva de un pueblo en función de una identidad histórica, de una identidad cultural y de una identidad que había plasmado una vida colectiva común y un sentimiento común de la propia personalidad también es evidente que en el Derecho moderno las naciones han tendido a confundirse –y buen caso ocurre de ello en muchos supuestos europeos– con la realidad del Estado. Esto ha creado dos conceptos: se ha creado el concepto de la nación-Estado, de la que quizá su origen fue a través de la Revolución Francesa, y buen ejemplo lo constituye hoy la vecina República francesa; y otra es aquellas naciones sin Estado, aquellas naciones que lo que siguen siendo es, fundamentalmente, una identidad colectiva, una identidad histórica, una identidad cultural, una personalidad propia en su contexto superior.

Estas naciones sin Estado es lo que modernamente ha venido en llamarse «nacionalidades». Cuando en el debate general inicial en esta comisión yo sostenía ya la idea de la nación de naciones y me apoyaba para ello en viejos precedentes que se remontaban incluso a don Antonio de Capmany en 1808 –cita después reproducida en las Cortes Constituyentes de Cádiz–, es evidente que ya se estaba en esta línea de definir un nuevo Estado que haría a su vez, y hoy también ha creado un grado de conciencia colectiva, una identidad, y ésta es la nación-Estado, y se había creado a su vez, y mantenido sobre todo ese concepto de nacionalidades, este concepto de una nación sin Estado como personalidad cultural, histórica y política propia.

Esto es lo que, en definitiva, estamos conservando. Hay una cosa evidente y es que tampoco vamos a ser aquí incongruentes, y yo voy a recoger la congruencia que otros oradores han tenido a lo largo de estas sesiones en la Comisión Constitucional.

Es evidente que España es una realidad plurinacional. Este es un lenguaje que empleamos aquí, y hemos empleado antes y ahora, lo empleamos en 1916 a través de Cambó y en 1931 a través de Companys, y lo empleamos hoy los Diputados catalanes. España es una realidad plurinacional, y bajo concepto tendríamos, señores Diputados –y yo no lo tengo tan bajo–, de España si no aceptáramos una idea de España capaz de asumir esta realidad plurinacional. Si vamos a decir que, evidentemente, una realidad plurinacional, la aceptación del hecho de distintas nacionalidades que integran España, puede introducir conceptos de separatismo, ello puede contribuir a la degradación o, como se ha dicho, al proceso de la progresiva desintegración de España. Mal concepto tenemos, bajo concepto tenemos de esta otra realidad importante y fundamental que también es España, para decir que no puede asumirse.

España es una realidad plurinacional y esta realidad puede ser perfectamente asumida en una Constitución que, al lado de definir esta nación española, nación-Estado, define aquellas otras nacionalidades que son aquellas identidades históricas y culturales a las que aludía el propio Ministro de Justicia en su intervención, y que, evidentemente, éstas son las que vienen a configurar la realidad de la resultante de una España-nación, una nación española, que en este sentido cobra su dignidad.

Contra esta realidad plurinacional, contra el tema de las nacionalidades, yo diría que sólo caben dos actitudes: o aceptarlo con todas sus consecuencias, o intentar destruirlo. Lo que hay de cierto es que intentar destruirlo se ha manifestado absolutamente inoperante, ineficaz y que a través de este intento lo único que se ha hecho ha sido, en todo caso, forjar una imagen de España que es la que hoy es España, de esta imagen que se impone y que hemos de sustituir por esta otra, que es el resultado de la libre voluntad de todos los españoles, y que hemos de forjar, a través del propio respeto a su personalidad, a su personalidad política, el reconocimiento de una personalidad superior, de una personalidad integradora, que es la de la nación española, y no tengo ningún reparo en utilizar esta denominación, ya que la realidad plurinacional exige reconocer estas nacionalidades, porque no podremos forjar una imagen válida de España en la medida en que sigamos ignorando el origen y el fundamento de esta propia realidad.

Se ha dicho que son muchas las cosas –y esto es cierto, señor De la Fuente– que han hecho los catalanes, vascos, gallegos, valencianos y aragoneses para contribuir a la realidad de la España de hoy. Son muchas las aportaciones que unos y otros han recibido y son muchas las aportaciones que unos y otros han hecho. Pero esto no tiene nada que ver con el concepto de nacionalidad, sino que tiene que ver con un nuevo concepto que, precisamente, nos reservamos en su momento volver a insistir en este debate, porque figuraba en el anteproyecto y no figura ahora en el informe de la Ponencia, que es el concepto de la solidaridad.

La unidad de la Nación española, la nación-Estado, fundamentada en esta realidad, en la diversidad de nacionalidades y regiones que la integran, encuentra su último complemento, el trípode perfecto, en la solidaridad entre todas ellas. Estos son los tres ingredientes.

Nosotros estamos forjando una Constitución que quiere definir una nueva concepción de la vida política en España. La democracia no era parcelable, y así como otros dijeron que la democracia no era parcelable para referirse a ciertas libertades, es evidente que tampoco era parcelable en el sentido de querer restringir el alcance de estas libertades a las diversas colectividades nacionales integradoras de la Nación española.

Nación de naciones es un concepto nuevo, es un concepto –se dice– que no figura en otros Estados o que no figura en otras realidades, quizá sí; pero es que, señores, ayer ya se decía que nosotros tendremos que innovar. Y no es necesario; en los procesos de pura asimilación histórica no se trata de saber si los otros han resuelto de una o de otra manera sus propios problemas. Lo que estamos intentando es encontrar soluciones propias a los problemas propios.

El ignorar que el problema de las nacionalidades ha mantenido en vilo la estabilidad democrática de las instituciones españolas, desde hace centenares de años, es un grave error. Nosotros hemos de intentar en esta fase recuperar una línea de estabilidad, y esta línea de estabilidad pasa por la asunción de todos los problemas reales que tenemos planteados.

Un problema real que tenemos planteado, un problema cierto que tenemos planteado es el de la asunción de esta personalidad diversa de España, de esta personalidad de unas nacionalidades y regiones que la integran.

Evidentemente, podría decirse –como se ha dicho en la intervención anterior– que éste no es el momento, que tenemos otros muchos problemas y que nos bastaría con una desafortunada, a mi entender –y respetuosamente así lo digo–, expresión del sano regionalismo. Y digo que es desafortunado lo del sano regionalismo porque ésta es una expresión que se ha repetido durante muchos años y yo reto a quien sea a que me diga qué se ha hecho para introducir el sano regionalismo. Aquí no se ha hecho absolutamente nada para ello y, por tanto, no se hable del sano regionalismo, porque debería ser sano, pero de tan sano era inexistente. Aquí no se ha hecho absolutamente nada para potenciar aquellas regiones que con la personalidad regional se hubiesen bastado y contentado. A no ser que se quiera decir, como ya se decía en 1916, que organización regionalista sí. ¿Por qué? Porque no era problema en el momento en que se planteaba; pero sí hubiese sido problema si la organización regionalista se hubiese llevado a cabo.

Lo que está en cuestión son dos cosas distintas, es un problema de estructuración del poder político del Estado, no de descentralización únicamente, no de desconcentración; es un problema de distribución del poder político. Las autonomías son formas de participación en el poder político y no suponen, en absoluto, nada que degrade ni que disgregue el poder del Estado, porque son también parte del poder del Estado y, por tanto, de lo que se trata es de distribuir este poder público; y si no se hizo que se haga ahora y que se añada a ello el reconocimiento de unas personalidades históricas, culturales, con una línea de tradición, con una línea de presencia viva, y que se ha demostrado que la ignorancia o la lucha contra estas realidades nada podían hacer por su mantenimiento.

Yo no sé si hoy acude a esta sala un representante de Alianza Popular que es Diputado por Barcelona; pero a él invoco cuando recuerdo que, entre otras cosas, en la primera Asamblea de Parlamentarios de Cataluña y en la segunda reunión de dicho órgano, cuando los parlamentarios reclamaban por unanimidad el restablecimiento del Estatuto de Autonomía, el único voto en contra del regreso del Presidente de la Generalitat fue el de este Diputado, voto en contra limitado a esto, pero no a lo demás. Se decía: «El restablecimiento del Estatuto de Autonomía de 1932, en una línea de reconocimiento de las diferentes nacionalidades y regiones que integran el Estado español». Y en aquel momento no hubo ningún voto en contra. Cuando se habla de los que hablan un lenguaje aquí y un lenguaje allá, seamos muy precisos y estemos muy atentos a lo que se dice. Nosotros el lenguaje lo utilizamos aquí y allá igual que lo hacemos, en todo caso, ante los 36 millones de españoles cuando hablamos ante la televisión; pero, en todo caso, lo que es cierto es que hoy Cataluña espera, el país vasco –y no hablo en nombre de él– espera, espera Galicia, espera España entera que, a través de la solución que demos a este problema, no se va a dar una solución disgregadora, sino una solución potenciadora, una solución que, asumiendo todo lo que la Historia no supo asumir hasta esta fecha, sea capaz de proyectar un futuro mucho más estable, un futuro mucho más permanente, en el que esta realidad, insisto, de la nación española como nación de naciones, esta realidad de España sea ya, no el fruto de unas imposiciones, de unas incomprensiones, de unas vejaciones en muchos casos, sino que sea el fruto de la expresión libre de todos los ciudadanos españoles que quieran, a través de esta nueva estructura, definir un Estado que pueda durar por muchos siglos y contribuir a una tarea común, a una tarea colectiva española común y forjar una meta común a esta España; a una España que sea realmente respetuosa, y que encuentre en estas nacionalidades y regiones autogobernadas –sí, autogobernadas– la expresión de una unidad en la libertad.


Intervención de Alberto Jarabo Payá (Grupo Parlamentario de Alianza Popular)

El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra don Alberto Jarabo, para defender su enmienda número 14.

El señor JARABO PAYA: Señor Presidente, señoras y señores Diputados, mi enmienda propugna, efectivamente, como otras que ya se han defendido por los miembros de nuestro Grupo Parlamentario, la supresión del término «nacionalidades» en este artículo 2.º sometido a debate en estos momentos.

Yo pido de antemano excusas por la repetición de algunos de los argumentos que ya se han manifestado, aunque intentaré, en la medida de mis posibilidades, soslayar esta reiteración.

Desde mi punto de vista, creo que ha sido muy valioso el discurso pronunciado hace unos minutos por el Diputado señor Roca Junyent, por cuanto que uno de mis argumentos se basaba, precisamente, en la idea de tratar de demostrar que, de alguna forma, los conceptos «nación» y «nacionalidad» son absolutamente idénticos y que, a lo largo de más de un siglo, así lo habían considerado los especialistas en estos temas de Derecho constitucional o político, sobre teoría del Estado, tales como Fichte, Hegel, &c.

Quiero rogar a SS. SS. que me disculpen, por cuanto pudiera deducirse de alguna de estas citas un afán de presunción, que en absoluto está en mi ánimo, ni mucho menos pretender demostrar una cultura en esta problemática, de la que carezco en verdad; puesto que esta «cultura», entre comillas, ha sido adquirida de una forma apresurada con la lectura de una serie de libros y artículos que tratan de este tema, de los que, en mi limitado conocimiento, he tomado una serie de notas y apuntes que venían a reforzar lo que eran opinión y criterio personales.

El señor Roca decía que «nacionalidad» y «nación» quieren decir exactamente lo mismo. Sin embargo, pienso que de esta afirmación, que entiendo tremendamente sincera y expresiva, se deriva una característica a la que no se ha dado el oportuno desarrollo, y es la necesidad incuestionable para toda nación que como tal se sienta, de alcanzar, de conseguir la propia soberanía. No se puede hablar en forma alguna de nación, desvinculándola, desligándola del concepto de Estado soberano.

Toda nación, toda nacionalidad, puesto que los términos son idénticos, está obligada inexorablemente a buscar su constitución en Estado soberano. Si esto es así, que así lo es, pienso que difícilmente pueda aceptarse la interpretación personal que el señor representante de UCD daba en cuanto a la extensión y significación del término «nacionalidad»; porque no pasa de ser eso, una opinión, un criterio, una interpretación puramente personal y sin ningún valor obligatorio, sin ninguna significación dogmática.

Así, creo perfectamente lógicas las palabras que antes pronunciaba mi compañero don Licinio de la Fuente, en cuanto a la congruencia incontestable de las manifestaciones de los Diputados señores Letamendía y Barrera, en cuanto que ellos aspiran a que sus nacionalidades tengan esa característica de soberanía, que viene directamente vinculada a esa concepción de nacionalidad como nación.

Me han preocupado también las palabras del representante de UCD y que en su interpretación dijera que las nacionalidades están ya perfectamente definidas y que no serían susceptibles de ampliación ni de extensión. Entiendo que esto es algo también contradictorio e inaceptable, por cuanto difícilmente puede darse aquí una relación exhaustiva, privando a todas las demás posibles nacionalidades de aspirar a tal definición.

No comprendo cuál puede ser la razón por la que se hable de nacionalidad catalana, gallega o vasca y no se haga referencia a la valenciana, aragonesa, balear, insular de Canarias y muchas otras que entiendo reúnen sobradas notas para poder tener esta pretensión.

Si esto se admite así, y pienso que habría que admitirlo, estamos ante una situación de plurinacionalismo atomizado, puesto que la teoría de las definiciones de «nación» está basada en determinadas notas características como la etnia, la lengua, la historia o la conciencia común, &c., puesto que, en definitiva, y siguiendo teorías ya muy antiguas que llegan hasta Montesquieu, que define la nación como una unidad de hecho, hasta Rousseau en el «Contrato Social» que lo define como una comunidad de deseo, entiendo que difícilmente se podría privar a una determinada zona o a un determinado territorio de que su aspiración a convertirse en nacionalidad no se hiciera realidad, y así podríamos perfectamente vernos forzados a aceptar, en razón de esta interpretación, la nacionalidad murciana o cartagenera. Yo entiendo que eso es exactamente así.

Pues bien, entre las notas que he venido leyendo en estos últimos días, había una que a mí me parece, desde mi punto de vista naturalmente, importante. Era la que escribía el profesor García Pelayo cuando decía que «desde el momento de la aceptación en el texto constitucional de la palabra “nacionalidades”, es indudable que se abre una posibilidad, al menos en el terreno de la dialéctica de las ideas, que no forzosamente –añade– está en la fatalidad histórica, de que se cree un Estado de nacionalidades, que en una fase posterior y en su disgregación se transforme en varios estados nacionales».

Yo creo que eso es un pensamiento importante que hay que valorar en toda su significación y trascendencia. Si, efectivamente, prospera esta doctrina del Estado de nacionalidades, dentro de este término extraño de «Nación de naciones», que a mí me parece muy poco racional, pragmático, muy triunfalista y grandilocuente, pienso que vamos lógicamente a un federalismo. Y si se va a un federalismo, o se puede llegar en una fase sucesiva a este federalismo, habría que meditar seriamente sobre la enorme responsabilidad histórica, que a todas en estos momentos compete, en cuanto a la inclusión del término «nacionalidades». Porque yo creo que ya no se trata de una discusión sobre la oportunidad o conveniencia conceptual de la integración o no de la palabra, sino de algo mucho más importante.

Yo pienso que quizá se está abriendo un portillo, se está abriendo una fisura, se está, en definitiva, cubriendo una primera fase en un camino que puede llevarnos –yo no digo que sea así–, puede llevamos a esa desintegración de la unidad de España.

Y si esto es así, yo creo que es un momento de grave meditación, que exige una serenidad y una extraordinaria ponderación. Yo creo, dejando aparte el que estudiosos, investigadores y especialistas consideren que el federalismo en este momento ha perdido mucha de su esencia y de su virtualidad y que prácticamente se ha convertido en lo que definía Sánchez Romano, sin ningún ánimo peyorativo, en un mito jurídico y que de hecho en los estados federales es la federación la que está supliendo las aspiraciones, fines y objetivos de los estados federados, como sucedía a mediados del siglo XIX, lo cierto es que yo creo que un federalismo en España sería algo realmente negativo, catastrófico y calamitoso por una serie de razones.

Entre ellas, pienso yo que tienen cierta virtualidad nuestro apasionamiento, nuestro individualismo, en ocasiones rabioso y radical, y el hecho de que, al contrario de lo que aquí se ha afirmado al hablar de la solidaridad de las naciones, lo normal es que surja una rivalidad, que ese deseo de diferenciación adopte caracteres agresivos, y que, muy a menudo, esa rivalidad se transforme incluso en conflicto abierto de poderes. Entonces, para no caer personalmente en lo agorero, en lo tremendista o en lo catastrofista, que es una palabra tan de moda, me voy a permitir leer una nota que ha venido hace unos días en el periódico, que habla de este peligro, y dice: «Con el desarrollo del término “nacionalidades” la Península Ibérica podía quedar convertida en un damero de países independientes, en un conjunto balcanizado de pequeñas repúblicas pobretonas, famélicas, indefensas, siempre encorajinadas unas con otras y sin voz audible en el orfeón internacional. La palabra España dejará de oírse por carecer de significados. ¿Es eso lo que queremos?

Yo ruego, de verdad, que se desprovea a estas palabras y al hecho de que yo las pronuncie, de tono catastrofista, pero pienso que existe esta posibilidad, y de ahí nuestra gravísima responsabilidad en estos momentos.

Ortega decía (pienso que en fechas aproximadas de este mes de mayo en 1931) que para los países desunidos la federación era un paso adelante y, en cambio, para un país unido, el federalismo era un paso atrás. Y yo me pregunto: ¿Están dispuestos los dos grandes partidos aquí representados mayoritariamente a propiciar este paso atrás, a afrontar el riesgo de esa posible desintegración de la unidad de España? ¿Desprecian, quizá, ese peligro, por considerarlo muy improbable, o en todo caso están decididos a afrontarlo? Yo pienso que ésa es y ésa será su responsabilidad histórica, que es, en definitiva, la responsabilidad del poder de su representación. A nosotros sólo nos queda dejar el testimonio sincero, hondo, de nuestra inquietud, y avisar, en cierta forma, de este riesgo.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Jarabo.


Intervención de Gonzalo Fernández de la Mora y Mon (Grupo Parlamentario de Alianza Popular)
Intervención de Jordi Solé Tura (Grupo Parlamentario Comunista)
Intervención de José Manuel Paredes Grosso (Grupo Parlamentario de Unión de Centro Democrático)

El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, para un turno en contra, don Hipólito Gómez de las Roces. (Pausa.)

El señor HERRERO RODRÍGUEZ DE MIÑÓN: Señor Presidente, el Profesor Solé Tura, como portavoz de la Ponencia, pretendía hacer una aclaración.

El señor PECES-BARBA MARTÍNEZ: Como no está en la Sala, ahora, el señor Solé Tura, pido que se continúe y que esa aclaración se haga después.

El señor PRESIDENTE: En efecto, esa aclaración se puede hacer igual posteriormente.

El señor HERRERO RODRÍGUEZ DE MIÑÓN: Sin duda, porque es tan cierta y absoluta que es permanente. (Risas.)

El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Fenández de la Mora.

El señor FERNÁNDEZ DE LA MORA Y MON: Señor Presidente, señoras y señores Diputados, quiero, en primer lugar, aprovechar esta oportunidad para agradecer a la Mesa y agradecer a la Junta de Portavoces una interpretación de procedimiento que creo que es de interés para todos los señores Diputados, como es autorizarnos a los enmendantes a que, teniendo en cuenta que el texto que la Ponencia nos somete ahora es diferente del texto anterior, podamos refundir, subdividir y adecuar nuestra enmienda al nuevo texto que la Ponencia somete a la consideración de la Comisión.

Al agradecerle esta decisión de interpretación, porque me permite matizar y subdividir mi propio texto, creo que además le puedo felicitar en nombre del pueblo español, porque considero que de este modo el trabajo de la Comisión puede ser más operativo, puede ser más constructivo y los diversos puntos de vista de los Diputados pueden ir mejorando, como ocurrió en el caso del apartado 1 del artículo 1.º del texto de la Ponencia en el día de ayer.

Con este propósito, quiero someter a la consideración de la Comisión tres modificaciones del texto de la Ponencia, una de ellas puramente estilística y dos de carácter conceptual.

La primera se refiere a la primera frase del artículo 2.º, que dice: «La Constitución se fundamenta en la unidad de España». Entiendo que esta expresión, aparte de ser bastante ambigua, no es una expresión precisa ni rigurosa, porque la unidad de España, en realidad, es una declaración jurídica sobre la unidad del territorio, sobre la unidad de la población y sobre la unidad de la soberanía.

Ahora bien, la Constitución no puede apoyarse sobre ninguna declaración jurídica, ni sobre ninguna norma positiva, sino que ocurre exactamente todo lo contrario. Todas las normas positivas, todas las declaraciones jurídicas se apoyan sobre la Constitución, que es la norma de las normas y el pináculo de la pirámide constitucional, de la pirámide jurídica, como decía Kelsen. En realidad, la Constitución sólo se funda sobre la soberanía nacional, que es lo que se decía en el apartado 2 del artículo 1.º, aprobado en la sesión de ayer por esta Comisión.

Esta es la razón de que yo proponga la supresión de la frase «La Constitución se fundamenta en la unidad de España», para empezar diciendo: «España, patria común e indivisible de todos los españoles...» &c. Porque creo que este concepto, «La Constitución se fundamenta en la unidad», no añade nada y que es impreciso jurídicamente. Incluso me atrevería a decir que conceptualmente es incorrecto. Al mismo tiempo sería necesaria la supresión de la palabra «unidad», ya que ahí no significa nada, puesto que la palabra «unidad» aparece en la antepenúltima línea, cuando se habla de la unidad de la Nación española. Es decir, sería una reiteración.

Luego mi primera propuesta a la Comisión, y en primer lugar a la Ponencia, es que el artículo empezara diciendo: «España, patria común e indivisible de todos los españoles...», etcétera.

La segunda enmienda se refiere al término «nacionalidades». Como mi Grupo, Alianza Popular, ha defendido ya una enmienda, y como además esta cuestión ha sido ampliamente debatida y resulta muy difícil añadir nuevos conceptos, únicamente quisiera decir muy brevemente, para justificarme ante mi propia conciencia, cuál es mi criterio fundamental sobre esta cuestión, que entiendo verdaderamente gravísima.

Nacionalidad puede ser sinónimo de condición de nacional, lo cual sería incoherente dentro del párrafo, en el sentido de que uno tiene la nacionalidad española. Podría ser sinónimo de región, en cuyo caso verdaderamente sobra, porque se habla de regiones y nacionalidades, o podría ser, finalmente, sinónimo de nación, como parece que es el criterio de alguno de los legisladores y que como interpretación muy auténtica nos ha dicho esta mañana el señor Roca.

Ahora bien, si entendemos que nacionalidad es sinónimo de nación, mi primera objeción es que, en ese caso, el artículo tiene dos contradicciones «in terminis», puesto que afirma dos veces la unidad nacional y, al propio tiempo, afirma la pluralidad nacional. De manera que nos encontramos ya con una gravísima incoherencia de carácter terminológico, diríamos que de puro carácter gramatical, en el texto. Si nacionalidad es sinónimo de nación, se afirman dos cosas distintas, contradictorias e incompatibles.

En segundo lugar, la idea del sinónimo de nación y nacionalidad, con la afirmación del principio de unidad nacional, nos podría llevar a una fórmula de convergencia, que yo creo que es verbal, y a la cual se ha aludido también en el seno de esta Comisión y que quisiera analizar muy brevemente. Ello sería considerar que nuestro país es una nación de naciones, formulación, desde luego, inédita, formulación novísima y que yo quisiera someter a una disección, no rigurosa, pero sí suficientemente aproximativa, para llegar a la conclusión de lo que esta afirmación entraña.

Nación de naciones es una afirmación sociológica, puesto que se refiere a realidades sociológicas que tendrían que tener luego una traducción política, una traducción jurídica. Una de las traducciones posibles que puede tener nación de naciones es reino de reinos, que es la figura del imperio, y no creo que realmente éste sea el supuesto en que nosotros configuramos el futuro de España.

La segunda traducción jurídico-política que podría tener la expresión sociológica de nación de naciones, podría ser Estado de Estados. Ahora bien, éste es el Estado federal. Y precisamente esto, aunque sí está en el ánimo de algunos legisladores, creo que no está en el ánimo de la Comisión y desde luego no en el de Alianza Popular. Pero si éste fuera el estado de ánimo de la Comisión y de las Cortes, habría que afrontarlo con claridad. Si vamos a una nación de naciones que se va a reflejar en un Estado de Estados, es decir, configurándolo en la Constitución como un Estado federal, al que yo me opondría, por lo menos, ello me parecería valiente, diáfano, transparente, siendo capaces los legisladores de asumir el sentido de responsabilidad que tienen con su pueblo, diciendo claramente a dónde van y qué es lo que claramente desean.

Finalmente, la idea de nación lleva al principio de nacionalidades, y esto en la tradición jurídico-política de la nación de naciones llevaría o al Estado federal o a los Estados independientes. No olvidemos que el principio de nacionalidades ha sido utilizado siempre en ese sentido: unas veces como instrumento fragmentador o liquidador, como el caso del Imperio Austro-Húngaro, y otras veces como instrumento integrador, como en el caso del III Reich, en que la fórmula trataba de integrar a los sudetes, Austria, Prusia oriental, Silesia, &c. Es decir, el término de nacionalidades como fórmula integradora o desintegradora siempre desemboca en una fórmula jurídico-política.

Como soy partidario de la unidad del Estado español, y como soy enteramente partidario de la unidad de la Nación española, por todas las razones que aquí se han manifestado en el curso de la sesión, mi segunda enmienda es suprimir la fórmula de las «nacionalidades».

Creo que ésta es una hora de inmensa responsabilidad para los legisladores por el imperativo que tienen de diafanidad y, en segundo lugar, el imperativo que tienen de pensar fundamentalmente en el bien común de nuestro pueblo.

Dentro de este contexto, yo quisiera hacer una alusión marginal. Se ha dicho que la no adopción de estos criterios, como es el criterio de las nacionalidades, ha podido justificar fenómenos tan trágicos y tan condenables como el del terrorismo de la ETA. Yo quiero decir que en una ocasión se nos afirmó que cuando se aprobara la amnistía general habríamos eliminado de la vida nacional el terrorismo en algunas regiones de España. Desgraciadamente ese pronóstico no se cumplió.

Ahora se nos formula el pronóstico de que cuando incluyamos el concepto de nacionalidades eliminaremos también el terrorismo. Yo tengo la seguridad absoluta de que ese pronóstico, desgraciadamente, no se cumplirá, porque el terrorismo no aspira a un regionalismo, no aspira a unas autonomías, sino que aspira clara y decididamente a una fórmula de independencia total, a la constitución de un Estado y, diría más, de un Estado marxista-leninista. Sólo cuando ese Estado se constituyera, posiblemente los protagonistas de esa acción violenta renunciarían a ella.

Mi tercera enmienda es la adición de una frase al final del artículo. Es añadir, donde el artículo actualmente termina «unidad de la nación española» (también contenida en mi enmienda, pero que la fragmento, ya que el nuevo texto es diferente del primer anteproyecto), añadir la frase «dentro del principio de solidaridad».

¿Por qué? Porque el peligro mayor de las autonomías es que puedan agudizar los desequilibrios socioeconómicos de las diferentes regiones. Este es un hecho que han vivido casi todos los países europeos y americanos que han adoptado fórmulas federales o fórmulas autonómicas, y que en el caso de España es singularmente grave, porque las regiones autónomas que se dibujan, y algunas de las ya constituidas, están caracterizadas precisamente por el gran desequilibrio socioeconómico que entre las mismas existe.

Ahora bien, para evitarlo, no hay más remedio que establecer fórmulas de redistribución de rentas o fórmulas de compensación entre las regiones.

En algunos de los textos que hemos conocido del anteproyecto constitucional, se manejaba esta idea. A mí me parece que es fundamental que en este artículo que es el artículo en el cual se habla de las autonomías regionales, y en el que algunos legisladores y la Ponencia pretenden que además se hable de nacionalidades, es fundamental que se siente la tesis en la cual hayan de apoyarse luego las normas y las decisiones del Poder ejecutivo que apliquen este principio de solidaridad interregional en el sentido de una justicia redistributiva y una justicia distributiva, no sólo entre los individuos, familias y comarcas, sino entre las regiones, precisamente para dar una interpretación coherente a la idea de las autonomías y, en segundo lugar, para hacer posible la elaboración posteriormente, por esta Cámara o por los órganos correspondientes, o quizá también por las propias Instituciones autónomas, de la legislación que desarrolle este principio fundamental de nuestro Estado. Es por ello por lo que propongo que se añada ese criterio de la solidaridad interregional.

Nada más y muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Fernández de la Mora. El señor Solé Turá tiene la palabra para un turno en contra, y posteriormente el señor Paredes Grosso.

El señor SOLE TURA: He pedido la palabra para una intervención, en contra de la enmienda que acaba de presentar el señor Fernández de la Mora, por las siguientes razones:

Yo creo que en la argumentación del señor Fernández de la Mora, como en otras argumentaciones que se han aducido hasta ahora, late un equívoco fundamental, y es la interpretación enormemente restrictiva, yo diría que dogmática, si se me permite el uso de esta palabra, del concepto de nación, al tiempo que también hay una visión muy mecánica de la relación entre nación y poder político, como si toda nación indefectiblemente se trasmutase en Estado.

Yo quiero aquí recordarle, como quiero recordar a otros oradores que me han precedido, que estas dos nociones son erróneas. Primero, porque el concepto de nación es enormemente relativo. Yo quiero aducir sólo algunos ejemplos, que también se han aducido anteriormente, citando una serie de casos históricos. Es evidente que hay un término de nación manejado en sentido muy distinto, por ejemplo, por el nacionalismo jacobino, que veía a la nación como un principio opuesto al monárquico-patrimonial, y como forma de afirmación del proyecto revolucionario frente al absolutismo de los Estados continentales. El nacionalismo alemán manejaba otro concepto completamente distinto, puesto que se trataba de afirmar una comunidad histórico-cultural en un momento de dispersión política, cuando se trataba de hacer la unidad estatal y económica, en un mundo dividido ya en compartimientos políticos y económicos.

Otro concepto estaba bajo la línea del nacionalismo- imperialismo británico, y no digamos ya del imperialismo alemán, que acabó finalmente en la concepción nacional-socialista, Otra concepción incluso podría darse en un cierto nacionalismo bolchevique, por lo menos latente en el concepto socialista de un solo país. Otra concepción distinta es el nacionalismo, muy diferente en todo caso, antiimperialista de las revoluciones coloniales, y otro es el concepto de nacionalismo que hoy existe como factor de unidad frente al colonialismo, frente a la dispersión tribal de algunas entidades políticas que se han emancipado del poder colonial. Y no hablemos del concepto de nación que se maneja en territorios donde un Estado recubre diversas colectividades.

Quiero decir con esto que el concepto de nación, evidentemente, no es unívoco, ni se puede decir nunca que la nación sea una entidad hecha y preexistente al Estado. Creo que es el juego recíproco de varios elementos, y yo he tenido ocasión de escribir sobre esto. Pero fundamentalmente pienso que los que juegan a la hora de definir el concepto de nación son los siguientes elementos: Primero, la lucha por la construcción de un poder político, efectivamente un Estado; una lucha en la que intervienen todas las clases sociales en presencia, que pueden tener éxito o no. La victoria o la derrota en esta lucha afecta a todas las clases en presencia, y puede dar lugar a solidaridades que no se producirían de otro modo.

Junto a esta construcción, está aquella en la que juega un papel importante el espacio económico, pero entendido no sólo en el sentido de mercado, sino también la articulación de los centros de acumulación de capital y el desarrollo de una cultura específica que tiene como elementos fundamentales, pero no únicos, la lengua y también aspectos históricos, &c.

En definitiva, la nación no es un concepto unívoco; es un conjunto de clases sociales en movimiento, en bloque, que desempeñan un papel fundamental en la estructura interna, pero también en la relación de ellas con unos bloques exteriores.

Me parece que en cualquier estudio mínimamente serio de lo que ha sido la idea histórica de nación juegan siempre estos dos factores: articulación interna de las clases y relación de ellas con algo exterior, para llegar a esa forma de conciencia colectiva que denominamos nación.

Esta denominación de nación, en algunos casos, culmina históricamente con la creación de un poder político propio, y en otros no.

Por eso me parece que no tiene ningún sentido, o muy poco sentido, hablar de que el Estado español formado, por ejemplo, por los Reyes Católicos, era una nación, como se ha aducido aquí, incluso en el caso más peregrino del señor Gómez de las Roces, que se refería a una nación de mil años que tuvo como definidor a Jaime I el Conquistador. Me parece que aquí, con todos los respetos, se ha pasado históricamente.

Lo que quiero poner de relieve es, primero, que no existe un término unívoco, y segundo que ese término no se transmuta forzosamente en poder político. Quiero decir que existen colectividades nacionales, formas de conciencia nacional que se expresan a través de fórmulas políticas distintas; una de ellas el Estado-nación, por cierto hoy bastante en crisis, dado el propio desarrollo de las formas de articulación de multinacionales, imperialismo, &c.; pero también otras formas de Estado federal, de estado regional, &c.

Por eso entiendo que la fórmula que aducía el señor Fernández de la Mora, cuando hablaba de que forzosamente una nación de naciones culmina en Estado de Estados, es absolutamente impropia. Puede culminar en eso o en otras cosas. Dependerá de la forma de articulación del poder político.

En consecuencia, ese peligro que él ve, tiene que verse no en función de la forma, sino en función de cómo establezcamos el poder político, de cómo lo organicemos, de cómo quede regulada la Constitución, y de cuál sea el juego real de las autonomías y la relación de las mismas con el Poder central. Allí está la clave del asunto, no en el concepto de nacionalidades, que refleja una situación real y sociológica, política, cultural, pero que no prejuzga ni mucho menos esos resultados políticos a los que él se refiere.

Por otro lado, creo que la fórmula de nacionalidades es obvio que refleja una situación concreta en nuestro país. Será más o menos exacta, pero refleja una situación real, y es exacta por lo menos en un sentido concreto, y es que ha sido ésta la forma de expresión de peculiaridades nacionales existentes en nuestro país, en casos muy concretos como en los de Cataluña, Euzkadi y Galicia.

Quiero subrayar además cómo ese término es también móvil, que recubre realidades distintas, y que no prejuzga ni encierra nada, y no establece, en consecuencia, ninguna desigualdad, como también se ha aducido, puesto que las desigualdades también resultarán o no de cómo funcionen los poderes políticos y las autonomías. Las desigualdades vendrán si las autonomías establecen discriminación en su forma jurídica institucional, no en cuanto a la definición de la realidad que la subyace.

Evidentemente, se nos dice todo eso en función de una concepción propia de lo que ha sido la unidad de España. Esto es lo que está aquí en discusión. Estamos ante dos conceptos, ante dos visiones de lo que es España y de lo que es unidad. Es evidente que, para muchos de nosotros, y para mí concretamente, lo que se quiere rechazar es una concepción que confunde la unidad de España no con la unidad real de sus pueblos, sino con el dominio de una clase social cerrada, que ha utilizado un Estado centralista y burocrático no para dar salida a una concepción de la verdadera unidad de España, sino para dominar España en función de unos intereses cerrados y oligárquicos. Esta concepción de la unidad no la compartimos evidentemente los comunistas.

Es una concepción de la unidad que no tiene nada que ver con la auténtica unidad de España. La auténtica unidad de España se basa en el reconocimiento de lo que hay: de esas formas de conciencia, de organización, de esas formas de existencia. Eso es lo que hay que saber articular. Esa es la tarea histórica que tenemos ante nosotros: saber articular eso en formas de unidad real que sólo pueden basarse en la solidaridad afectiva entre sus pueblos y...

El señor FERNÁNDEZ DE LA MORA Y MON: Para una cuestión de orden. El señor Solé, ¿habla en nombre del Partido Comunista o de la Ponencia?

El señor SOLE TURA: En nombre del Grupo Parlamentario Comunista.

En definitiva, eso es lo que nosotros intentamos defender, ésa es la idea que nosotros intentamos establecer, ésa es la razón profunda de una toma de posición que va en contra, evidentemente, del concepto que acaba de expresar el señor Fernández de la Mora.

Nada más.

El señor PRESIDENTE: Falta un turno a favor, antes del segundo turno en contra de quince minutos. ¿Pide alguien la palabra?

Tiene la palabra el señor Paredes.

El señor PECES-BARBA MARTÍNEZ: Señor Presidente, entendemos que si no hay segundo turno a favor, no puede haber segundo turno en contra y, por consiguiente, debe pasarse al siguiente enmendante.

El señor PRESIDENTE: Igual entiende la Mesa, salvo criterio en contrario, que consideraríamos.

El señor HERRERO RODRÍGUEZ DE MIÑÓN: Señor Presidente, entendemos que ello supondría el forzar una renuncia a un derecho que reconoce el Reglamento a los Grupos de consumir dos turnos a favor o en contra de una enmienda. Si la utilización de ese otro turno a favor o en contra depende de que el enmendante a favor a su vez quiera utilizar un turno a favor o en contra, nosotros entendemos que eso realmente supondría una relación de heteronomía que vaciaría de contenido un derecho reglamentario.

Nosotros probablemente coincidiremos con el Grupo Socialista en la necesidad de abreviar al máximo estos trámites, pero también es cierto que en un tema importante el hecho de que el enmendante no quiera ejercer el derecho que le reconoce el Reglamento, no puede privar a los otros Grupos de aclarar cuál es su posición sobre un tema tan trascendente como éste.

El señor PRESIDENTE: El señor Peces-Barba tiene la palabra.

El señor PECES-BARBA MARTÍNEZ: Señor Presidente, aunque le agradezco mucho que haya coincidido con la posición que yo antes he manifestado, por si la intervención del señor Herrero Rodríguez de Miñón pudiera hacerle cambiar de opinión, quisiera indicar, señor Presidente, que éste es un tema en el cual todos vamos a tener ocasión de pronunciarnos, porque el Grupo Socialista no se ha pronunciado y no ha querido hacerlo porque tiene su propia enmienda y en ella fijará su posición. Unión de Centro Democrático la ha fijado en varios momentos.

No hay más que, creo, una reiteración que es inútil y, por tanto, yo pido que con esa interpretación del Reglamento, señor Presidente, que ya ha hecho la Presidencia, sea posible que pasemos al siguiente enmendante. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor De Grandes Pascual.

El señor DE GRANDES PASCUAL: Señor Presidente, yo pienso que para paliar las posibles interpretaciones duales por parte del Grupo Parlamentario Socialista y por parte de Unión de Centro Democrático, podría la Presidencia conceder ese turno extraordinario en razón de la excepcionalidad y la importancia del tema, con lo que no se quitaría la voz al señor Paredes Grosso.

El señor PRESIDENTE: La Presidencia mantiene, de acuerdo con la Mesa, su criterio, que someterá esta tarde a cambio de impresiones con los portavoces de los Grupos. No obstante ello, haciendo uso, como anteriormente lo hizo, de la aplicación potestativa del número 3 del 118, que autoriza el turno de excepcionalidad a los Grupos Parlamentarios, los Grupos Parlamentarios pueden hacer uso de ese criterio con arreglo al mantenido por la Mesa.

El señor MENDIZABAL URIARTE: Señor Presidente, yo tenía pedida la palabra y S. S. se ha anticipado. Me parece que el criterio justo es el criterio que acaba de mantener el señor Peces-Barba, porque el Reglamento...

El señor PRESIDENTE: Perdón. Eso se ha dicho que se someterá a la Junta de Portavoces.

Tiene la palabra el señor Parlamentario que, al amparo del número 3 de la excepcionalidad, ha decidido la Mesa.

El señor MENDIZABAL URIARTE: Señor Presidente, Alianza Popular protesta y quiere que conste su protesta.

El señor PRESIDENTE: Que conste en Acta.

El señor Paredes tiene la palabra en nombre de UCD.

El señor MENDIZABAL: Pregunto si es portavoz el señor Paredes.

El señor HERRERO RODRÍGUEZ DE MIÑÓN: El señor Paredes es miembro de este Grupo Parlamentario, es miembro de la Mesa, no ha sido objeto de esas constantes sustituciones y reiteraciones que otros Grupos padecen, y en este momento ostenta la representación de UCD.

El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Paredes.

El señor PAREDES GROSSO: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a tratar de ser brevísimo visto lo conflictivo de esta intervención, que considero justificada, puesto que se está debatiendo muy largamente un tema importante.

Quería decir, con relación a la enmienda del señor Fernández de la Mora, que a veces tengo la impresión contraria a lo que yo en principio creía de que las Cortes Constituyentes estaban más para seguir los manuales de Derecho Político que para inspirarlos. Porque continuamente nos encontramos con una preocupación constante ante el uso de unos términos que, si bien en su versión actual y tradicional pueden inducir a ambivalencias, sin embargo, son los que nos hacen falta para resolver el problema que ahora mimo tenemos planteado.

Yo querría recordar simplemente que en la discusión de la Constitución del 31, don Fernando de los Ríos aludía a la capacidad creadora de que España ha hecho gala en otros momentos, para aportar nuevos conceptos o nuevas versiones dentro del Derecho Político, como por ejemplo –decía él– al definir la razón de Estado o al implantar el término liberalismo.

Yo creo que hoy estamos ante una coyuntura importante para este país, en la cual nos vemos obligados a innovar para resolver nuestros problemas.

Creo que el concepto de nación de naciones es un concepto rico y, efectivamente, estoy de acuerdo con el señor Fernández de la Mora en que, en cierto modo, se corresponde a reino de reinos, que es exactamente lo que este país fue y ha sido, sin perjuicio de que ese concepto pueda ser más o menos racional; pero históricamente es una realidad. Entonces, la versión nación de naciones me parece que se corresponde casi linealmente con eso que está en la Historia de España, y que de ninguna manera creo que podamos negar, en base a unos conceptos unidireccionales históricos, que en este momento tenemos que reformar, porque nos hace falta reformarlos para recoger la realidad.

Yo creo que España desde siempre ha sido a la vez y al mismo tiempo una y plural, de tal manera que cualquier atentado contra la pluralidad de España ha sido también un atentado contra la unidad de España, porque ambos conceptos van indisolublemente unidos y se apoyan en la realidad.

Creo que tenemos este problema de un concepto estrecho de la unidad de España, quizá desde 1700, desde la Guerra de Sucesión, o quizá antes, desde el Conde-Duque de Olivares, que fue un concepto que se revirtió erróneamente, a mi juicio, en la tradición liberal de 1812 y que es algo que tenemos que reparar, porque si no recogemos, y reconocemos, y consagramos la pluralidad, estaremos negando también la unidad.

Por eso me parece que el fin trascendente de esta Constitución es resolver ese gravísimo problema, llámesele forma de Estado o llámese simplemente reflexión sobre la naturaleza de España. Creo que para eso tenemos que ser creativos, tenemos que tener flexibilidad en los conceptos y tenemos que reivindicar el derecho de una nación soberana, como España, a ejercer una de sus más antiguas costumbres, como es innovar en el terreno de las instituciones políticas.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Paredes.

Se levanta la sesión. Se ruega a los señores portavoces que a las cuatro, a ser posible, coincidieran para reunirse y reanudar la sesión a las cuatro y media.

Era la una y cincuenta y cinco minutos de la tarde.


Intervención de Gregorio Peces Barba Martínez (Grupo Parlamentario Socialista)

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Roca Junyent.

Queda la enmienda número 327 y el voto particular del Grupo Parlamentario Socialistas del Congreso. Tiene la palabra el señor Peces-Barba.

El señor PECES-BARBA MARTÍNEZ: Señor Presidente, retiramos en este acto el voto particular y nos vamos a limitar a defender nuestra enmienda en esta única intervención que hace el Grupo Socialista en este debate.

Muy en primer lugar –creo que con la autoridad que me da el no ser en este momento miembro de la Ponencia–, sí tengo que echar la influencia de este dato al que me acabo de referir para salir al paso de algunas afirmaciones que se han hecho sobre el sentido del consenso, sobre la circunstancia de que todo ya está aquí resuelto y bien resuelto.

Yo creo que los socialistas, que estamos acostumbrados, como Grupo de oposición, a perder la mayor parte de las votaciones, aunque también ganemos en esta Cámara algunas significativas, acogemos siempre con humor aceptable esta pérdida de las votaciones.

Creo que cuando se pierde una enmienda no hay que tener mal humor, no hay que hacer afirmaciones fuertes como la de los puntapiés que aquí hemos oído, porque, en definitiva, señor Presidente, entiendo que el único puntapié que aquí se ha dado hasta ahora ha sido precisamente por el señor Diputado que ha intervenido, en el trasero colectivo de la Ponencia.

Por mi experiencia, tengo que decir que ha habido fuertes discrepancias –mi salida es un signo de las mismas– y que los debates son positivos; que de estos debates y de los debates del Pleno vamos a sacar resultados convenientes. No creo que se pueda decir con justicia ni lo que acabo de referir hasta ahora ni que exista una especie de muro de Berlín del consenso, una férrea disciplina; y la mejor prueba de la inexactitud de esa afirmación es que ha sido hecha por el miembro de un Grupo Parlamentario, del Grupo Parlamentario mayoritario en esta Cámara, que realmente no creo que sea ejemplo de una férrea disciplina.

Nosotros, señor Presidente, en nuestra enmienda, que voy a pasar inmediatamente a defender, damos por sentado el planteamiento general que hemos hecho los socialistas en todas nuestras intervenciones a lo largo de nuestra historia. Damos por sentado que España, como nación, existe antes de la Constitución; no deben hacerse confusiones o combates contra molinos, como el que hemos oído anteriormente en la última parte de la intervención del señor Cisneros, porque el hecho de que nosotros queramos ser rigurosos desde el punto de vista jurídico, no quiere decir en absoluto que afirmemos –lo cual sería absurdo– que España surge porque lo dice la Constitución. España como nación es un hecho anterior, es un hecho de mucho tiempo y nosotros ese hecho no lo negamos. Lo único que hacemos es intentar en una norma jurídica, como es la Constitución, no querer meterlo todo, no querer confundirlo todo, sino intentar de alguna manera que la pureza de una corrección técnica sea posible con el reconocimiento de la realidad. Y hemos dicho que los socialistas no podemos, en ese aspecto, ser acusados de separatistas, pero tampoco de separadores; que España es una nación de naciones y esto no es nuevo, porque esto es el Reino Unido de Gran Bretaña y del Norte de Irlanda, esto es Bélgica, esto es Checoslovaquia, esto es Yugoslavia y no se puede decir que no sea esta realidad una realidad sin peligro ninguno de separatismos, sin peligro ninguno de ruptura de esa unidad. Y en uno de los ejemplos que aquí se han citado muchas veces, el de la Confederación Suiza, en la Constitución de la Confederación Suiza, formada por naciones que se llaman cantones (porque han tenido la posibilidad de utilizar ese término que nosotros no tenemos, si hubiéramos tenido esa posibilidad hubiéramos evitado la retórica de muchos debates), en la Constitución de la Confederación helvética –repito–, formada por cantones de muy diversa procedencia, de culturas, en definitiva, por naciones diversas, se habla de la nación suiza y no existe ninguna dificultad en hablar y en reconocer esa realidad de comunidades nacionales en el seno de una comunidad nacional superior. Que no se nos diga, al contestar a la defensa de nuestra enmienda, como ya se ha dicho con la enmienda de Socialistas de Cataluña, que es sustancialmente idéntica a la nuestra, que queremos tener el prurito de inventar en este momento la unidad de la nación española. Lo único que queremos es que nuestra Constitución de 1978 recoja las corrientes jurídicas actuales y no las del siglo XVIII; queremos que recoja lo que sobre estas materias opinan autores tan absolutamente mayoritarios hoy en la doctrina jurídica como Kelsen, como Bobbio, como Hart, que son, creo, aquellos que representan más lo que supone hoy el concepto mayoritario en materia jurídica.

Nuestra enmienda dice textualmente: «La Constitución fundamenta y garantiza la unidad de la nación española, el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas».

Esto es, entendemos, una forma correcta, desde el punto de vista de la teoría del Derecho constitucional, que recoge esas doctrinas a las que antes me he referido, de señalar una realidad preexistente, porque, naturalmente, las normas jurídicas –y la Constitución es una norma jurídica– recogen hechos, que, incluso, han tenido otra caracterización normativa con anterioridad, porque, naturalmente, la nación española hemos dicho que existía este siglo, el siglo pasado, hace tres siglos, hace cuatro, hace cinco, no queremos hacer una excursión histórica demasiado larga, para no complicarnos en ella, pero evidentemente que esa nación española, ese hecho jurídicamente relevante, ha tenido diversas interpretaciones en las diversas organizaciones constitucionales anteriores y, evidentemente, como ya ha dicho con razón el señor Reventós, la nación española que organiza la Constitución de 1978, que estamos discutiendo, no tiene la misma estructura o el mismo sentido para el Derecho que la que tenía en las Leyes Fundamentales de la etapa franquista o la que tenía con anterioridad. Por consiguiente, nosotros lo único que queremos es una corrección de criterios que supere los criterios idealistas, que supere esa imposible empresa de escalar el cielo en que consistía el idealismo «ius naturalista», según la formulación de algún autor clásico, y que supere esa historia de una gran ilusión con que Bobbio calificaba a los autores del «ius naturalismo» y creo que algún ejemplo concreto puede poner de relieve la realidad de lo que estamos diciendo, Porque en algún momento, señor Presidente, esa realidad, ese hecho relevante, que es la Nación española, tuvo que ser por primera vez contemplado en un texto constitucional. Nosotros no innovamos, sino que recogemos de nuevo, en una formulación jurídica, ese hecho preexistente.

La libertad política es también –o la idea de la libertad o la idea de derechos fundamentales, para esta misma concepción que ha defendido el señor Cisneros, para esta concepción que yo he calificado de idealista y de «ius naturalista»– un concepto previo a la realidad jurídica, son derechos naturales.

He oído muchas veces, cuando actuaba como abogado defensor y lo he dicho también muchas veces en el Tribunal de Orden Público, por ejemplo, al defender en un delito de asociación ilícita, que el derecho de asociación es un derecho natural y, sin embargo, como no estaba inscrito en el Derecho positivo del régimen franquista, esa afirmación que yo he hecho, que es una realidad, como es la realidad, desde el punto de vista fáctico de la Nación española, no ha tenido consecuencias jurídicas.

Por eso, la supresión del «se» y la afirmación del «fundamenta» no tiene nada que ver con intentos de crear ahora la Nación, sino simplemente intenta dar una formulación jurídica correcta, porque desde el punto de vista jurídico, señoras y señores Diputados, desde el punto de vista normativo, no hay nada antes ni por encima de la Constitución, solamente los hechos con relevancia normativa o el poder, en este caso, o el poder constituyente o el poder de la fuerza.

Estamos haciendo en realidad, al hacer la Constitución como texto superior, el viejo «pactum subiectionis» al que se referían los autores pactistas de la doctrina liberal. Los hechos son anteriores; España como Nación es anterior, pero desde el punto de vista jurídico, es la Constitución la que fundamenta y garantiza, en este momento, la concepción de ese hecho, la unidad de la Nación española.

Y colocamos –y ésta sería la segunda perspectiva de nuestra enmienda– también la fundamentación y la garantía del derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones. Ya hemos dicho, en alguna ocasión, en este debate, que para nosotros nacionalidad es sinónimo de nación y, por eso, señor Presidente, entendemos que debe situarse y mantenerse el término nacionalidad, como se debe mantener, como el término de región.

No nos han convencido, en absoluto, las afirmaciones que se han hecho esta mañana y entiendo que una vez más se ha producido una dialéctica mutua de posiciones extremas o contradictorias, que se han apoyado entre sí. Los argumentos que hemos oído de los partidarios de suprimir el término nacionalidades se han apoyado, en gran parte, en argumentos de aquellos que eran partidarios de llevar hasta sus últimas consecuencias el principio de las nacionalidades, y al revés, los partidarios de llevar hasta sus últimas consecuencias el principio de las nacionalidades se han apoyado en las posiciones de aquellos que querían suprimir el término nacionalidades.

Muchas veces se está contribuyendo, desde posiciones aparentemente defensoras de la unidad, a interpretaciones disgregadoras y desde las interpretaciones disgregadoras se están dando argumentos para las interpretaciones conservadoras.

No quisiera tampoco, para terminar, dejar de señalar que la interpretación conservadora que se ha dado esta mañana en el voto particular de Alianza Popular y en las intervenciones de algunos de sus señores Diputados ha sido una interpretación donde se ha unido –al menos en la defensa del voto particular que ha hecho el señor De la Fuente– la defensa de la retirada del término nacionalidades con una defensa ardiente y a mi juicio muy respetable, porque todas las opiniones son libres, pero –señalo– del anterior régimen o de la situación del régimen franquista.

Entiendo, señor Presidente, que nosotros, cuando hablamos de conciliación, no queremos decir con eso que no se tenga que analizar la realidad anterior y mucho más en un asunto como éste, donde lo único que estamos intentando resolver, con buena voluntad entre todos, es la superación de los vientos que fueron sembrados, precisamente, durante el régimen franquista. Y, en este sentido, quiero muy expresamente señalar que la afirmación de estado de obras de que durante esos cuarenta años en el país vasco se prosperó mucho, tengo que rechazarla enérgicamente, porque estoy seguro que los vascos no aprecian solamente ese tipo de progreso, sino un progreso mucho más humano y mucho más integral, que se les negó y que se les reprimió durante esos cuarenta años.

Entiendo también, y con ello termino, señor Presidente, que no es posible que en el texto que actualmente presenta la Ponencia se evite la aparición de la solidaridad entre las nacionalidades y las regiones. La solidaridad, como ha señalado el señor Reventós, es un concepto fundamental para nosotros, que está al mismo nivel de ese trípode que nosotros situamos en ese artículo 2.º: la unidad de la nación española, el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Entiendo que si se puede encontrar alguna fórmula que permita que estos principios se recojan, nosotros la aceptaríamos con mucho gusto.

Entendemos, porque de alguna manera con la intervención de los socialistas el debate se ha desviado del planteamiento de esta mañana, a mi juicio no excesivamente justificado, hacia un planteamiento más doctrinal, más técnico, pero quizá sea un planteamiento prematuro; quizá sea el planteamiento de nuestra enmienda, como decía Peggui, una mirada hecha para una luz distinta, para una luz en la que la pasión no esté tan presente como ha estado aquí y, por consiguiente, donde la técnica y la razón, que es lo que queremos los socialistas, puedan recoger los hechos que nosotros aceptamos como preexistentes. Nada más y muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Peces-Barba.