Filosofía en español 
Filosofía en español


[ Julián Sanz del Río nombrado Decano de la Facultad de Filosofía y Letras ]

Gobierno Provisional.

Ministerio de Fomento.

Decretos.

En uso de las facultades que me competen, como individuo del Gobierno Provisional y Ministro de Fomento,

Vengo en declarar cesante, con el haber que por clasificación le corresponda, a D. Juan Bautista Enríquez, Rector de la Universidad literaria de Granada.

Madrid 29 de Octubre de 1868.

El Ministro de Fomento,
Manuel Ruiz Zorrilla.

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En uso de las facultades que me competen, como individuo del Gobierno Provisional y Ministro de Fomento,

Vengo en nombrar Rector de la Universidad literaria de Granada a D. Francisco de Paula Montells, Catedrático de la Facultad de Ciencias de la misma Escuela.

Madrid 29 de Octubre de 1868.

El Ministro de Fomento,
Manuel Ruiz Zorrilla.

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En uso de las facultades que me competen, como individuo del Gobierno Provisional y Ministro de Fomento,

Vengo en relevar del cargo de Rector de la Universidad literaria de Zaragoza a D. Enrique Sánchez Muñoz, Baron de la Linde.

Madrid 29 de Octubre de 1868.

El Ministro de Fomento,
Manuel Ruiz Zorrilla.

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En uso de las facultades que me competen, como individuo del Gobierno Provisional y Ministro de Fomento,

Vengo en nombrar Rector de la Universidad literaria de Zaragoza a D. Jerónimo Borao, Catedrático de la Facultad de Filosofía y Letras de la misma Escuela.

Madrid 29 de Octubre de 1868.

El Ministro de Fomento,
Manuel Ruiz Zorrilla.

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En uso de las facultades que me competen, como miembro del Gobierno Provisional y Ministro de Fomento,

Vengo en disponer lo siguiente:

Artículo 1.º Se dará principio a las lecciones de las Escuelas normales en el primer día hábil de Noviembre próximo.

Art. 2.º La inscripción en la matrícula podrá hacerse hasta el 15 del mismo.

Art. 3.º Se aplicarán a los estudios de estas Escuelas las disposiciones contenidas en los artículos , , , , 10, 11, 12, 13, 14 y 16 del decreto del 21 del actual sobre enseñanza.

Art. 4.º La Escuela normal central estará bajo la inmediata dependencia del Rector de la Universidad de Madrid, y las de provincias bajo la de las Juntas provinciales de primera enseñanza.

Art. 5.º Las Escuelas normales se regirán por la ley de 9 de Setiembre de 1857 y disposiciones dictadas para su ejecución, en todo lo que no se oponga a este decreto y a los de 14 y 21 de este mes.

Madrid 29 de Octubre de 1868.

El Ministro de Fomento,
Manuel Ruiz Zorrilla.

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Circular.

Suprimidas las Juntas Revolucionarias que tan eminentes servicios han prestado al país en los instantes críticos del movimiento, preciso es ya que la Administración central se organice y funcione con la unidad y la energía que requieren las circunstancias especialísimas por que el país atraviesa.

Muchas y muy importantes son, según parece, las alteraciones que los dignos patriotas que componían aquellas asambleas populares han introducido en los ramos que abarca la Dirección de Obras públicas, Agricultura, Industria y Comercio: sin duda representan tales medidas aspiraciones respetables, ideas justas, gérmenes de reformas necesarias; pero imposible es, al menos en muchos casos, llevarlas a cabo de una manera excepcional, para esta o aquella provincia, y no para las restantes, porque esto sería destruir la gran unidad que en la Administración pública debe dominar siempre.

El Gobierno respetará los deseos de las Juntas revolucionarias en lo que tengan de verdaderamente sustancial, y traducirá en hechos prácticos esta explosión de las opiniones y sentimientos populares: sus reformas serán la expresión exacta de lo que el país ha pedido y aun ha consumado a veces en este gran movimiento; mas para llevar a cabo tal obra, necesario es que proceda de una manera regular y uniforme, y que ante todo tenga este Ministerio noticias oficiales y exactas de las alteraciones introducidas y de las razones en que se fundan.

En virtud de lo dicho, y sin esforzarlo más, porque V. S. en su ilustración comprenderá toda su importancia, espera este Ministerio que por ese Gobierno de su digno cargo se remita con la mayor urgencia una relación exacta y circunstanciada de todas las alteraciones introducidas por la Junta revolucionaria de esa provincia, tanto en la parte relativa al personal, especificando en esta los nombres y circunstancias de los individuos, como en la referente a los servicios de Obras públicas, Agricultura, Industria y Comercio, y que al verificarlo informe V. S. cuanto estime conveniente, y aún proponga aquellas medidas que en su juicio puedan contribuir a la pronta reorganización de este importante ramo administrativo.

Dios guarde a V. I. muchos años. Madrid 29 de Octubre de 1868.

Ruiz Zorrilla.

Sr. Gobernador de la provincia de…

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Instrucción pública. Negociado 1.º

Ilmo. Sr.: En consideración a las especiales circunstancias que concurren en D. Julián Sanz del Río, Catedrático de la Facultad de Filosofía y Letras de esa Escuela, y en uso de las atribuciones que me competen, he acordado nombrarle Decano de la referida Facultad.

Dios guarde a V. I. muchos años. Madrid 29 de Octubre de 1868.

Ruiz Zorrilla.

Sr. Rector de la Universidad Central.