Filosofía en español 
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Punto segundo · De la adoración de Latría

P. ¿Qué es latría? R. Que es: Qua tribuitur Deo proprius cultus ipsius. Esta adoración se debe a Dios y a cualquiera de las tres Divinas Personas, de manera que podemos adorarlas o juntas o separadas, bien que en este segundo caso ha de ser sin excluir las demás. El motivo de esta [276] adoración es la suma e increada excelencia de Dios, la que no puede convenir a criatura alguna. El acto principal de esta adoración es el Sacrificio del Altar. Después de él es el voto que solamente puede hacerse a Dios. Ultimamente son actos de latría el Gloria in Excelsis Deo, el Te Deum laudamus, que sólo pueden tributarse a Dios.

Cristo Señor nuestro no solamente en cuanto Dios, sino también en cuanto hombre, debe ser adorado con adoración de latría: porque con la misma adoración que se adora la persona, se adoran todas sus partes. Con esta misma debe también ser adorado la Sagrada Eucaristía, en la que se contiene el mismo Dios. La Cruz en que murió Jesucristo, y las demás formadas a su semejanza deben asimismo ser adoradas con adoración de latría; porque la imagen de alguno debe ser adorada con la misma adoración que su prototipo, y siendo la Cruz una especial señal, y estandarte del Redentor, deberá ser adorada con la misma adoración de latría, que lo es el mismo Jesucristo. No obstante se debe advertir, que la Cruz en que murió el Señor merece por dos títulos la adoración de latría, no las demás cruces, y por lo mismo, si estas pierden su figura, ya no son objeto de nuestro culto. No así la Cruz en que Jesucristo fue ensalzado, que aunque se divida en muchas partes, como está dividida, cada una de ellas pide esta adoración.

Los demás instrumentos inanimados de la pasión del Salvador, como los cordeles, azotes, corona, clavos, lanza y otros, que tocaron su Santísimo Cuerpo, por razón de este contacto, han de ser adorados igualmente con adoración de latría. No así los instrumentos animados, como los labios de Judas, que le dieron el falso ósculo, las manos de los que lo atormentaron y crucificaron; porque su enorme delito los hace indignos de veneración.

Ni de aquí se sigue, que se hayan de adorar con adoración de latría las manos de la Santísima Virgen, ni las de S. José, como ni las de los Discipulos que tocaron las Santísimas Carnes o persona de Jesucristo; porque siendo capaces de adoración por su propia excelencia, no se [277] les debe tributar la que es propia de otra distinta; lo que no sucede en los instrumentos inanimados incapaces de propia excelencia, que merezca adoración. Y así es más honor el culto de hiperdulía, que se tributa a la Madre de Dios, y el de dulía, que se da a los Santos, que el de latría que se tributa a los instrumentos inanimados; porque aquellos cultos son debidos por la propia excelencia, y éste por la ajena, y con ello se evita dar ocasión a la idolatría.

Dirás: Si todas las cruces han de ser veneradas por la semejanza que tienen con aquella en que Cristo murió, deberán serlo también con la misma adoración de latría todos los clavos, coronas &c. por esta misma semejanza. R. Que todas las Cruces formadas a imagen de la primera, lo son de Cristo crucificado, lo que no sucede en los clavos, coronas, y demás instrumentos inanimados de la pasión del Señor. S. Tom. 3. part. q. 25. art. 4. ad. 3. No obstante esto, cuando los clavos, y corona se hallan en algún Crucifijo, o se usa de estos instrumentos para representar la pasión del Redentor, deben ser venerados con adoración de latría, por su actual representación. Y debe notarse, que si las cruces se forman per accidens o por casualidad, no merecen adoración alguna, y así es lícito pisar en ellas, cuando de este modo se forman en la tierra por concurrencia casual de varios palos o pajas.

Los nombres de Dios, y de Jesús han de ser adorados con adoración de latría, por serlo de Personas divinas, a quienes se tributa la misma adoración. Lo mismo decimos de los nombres de María, de los Ángeles y Santos respecto de la adoración de hiperdulía o dulía, por la misma razón de representación o imagen de sus ejemplares.

[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, páginas 275-277 ]