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Idea política de Imperio como universal análogo de atribución (acepciones)
Vamos analizar los conceptos entretejidos en torno al término “Imperio” en la medida en tales conceptos mantengan una formal referencia a la política real. Dejamos de lado, por tanto, las acepciones etológicas (“imperio del domador sobre la fiera”), psicológicas (“imperio de la voluntad sobre los instintos”) o teológicas (el imperio de Dios Padre, el imperio de Juppiter Imperator) que se mantienen al margen de esta referencia, aunque indirectamente puedan engranarse con ella (por ejemplo, solo cuando el “imperio divino” se transmita a los gobernantes humanos, y solo a través de estos, comenzará a tener un significado político real).
El término “imperio” (como el término “nación”) [727] no es concepto unívoco, sino un concepto análogo (de atribución): designa conceptos muy distintos, entretejidos mutuamente, según el modo de atribución que llamamos “flotante” (sin primer analogado fijo). En cuanto a su estructura, las acepciones del término “Imperio” constituyen un sistema circular de acepciones ligadas por atribución, sin perjuicio de que, por su génesis, alguna de estas acepciones pueda ser anterior a las otras. Se trata, por tanto, de determinar no solo los conceptos congregados en torno al término “Imperio”, sino también la concatenación (symploké) [54] entre estos conceptos.
El término “imperio”, en cualquiera de sus acepciones o modos políticos, no es un término primitivo de la “filosofía política”; presupone otros términos primitivos, a saber, los Estados (a la manera como, en Aritmética, el concepto de número imaginario presupone los conceptos de números naturales, racionales, etc.). El Estado, en efecto, no es una categoría política moderna: las ciudades-Estado antiguas o los Reinos feudales, o las Repúblicas aristocráticas, representan un tipo de Estado, o de sociedad política [553-608], muy diferente al Estado-Nación [731]. Tomamos, en consecuencia, como referencial para construir las diversas acepciones de la Idea de Imperio, al Estado, por ejemplo, a la ciudad-Estado, y aún, por extensión, a la ciudad respecto de su alfoz y otras villas.
Los conceptos de Imperio aparecerán en el campo político como constituidos a partir del desarrollo de ciertas relaciones “de segundo orden”, que pueden ser desplegadas una vez dados los Estados. Una vez que suponemos que están ya “trabajando” (distributivamente) [24] las sociedades políticas como Estados, podemos volver sobre ellas (o entre ellas) –y podemos volver conceptualmente, precisamente, porque es la realidad política misma la que “vuelve” o “re-flexiona” de algún modo– a lo largo de dos vías diferentes dadas en una misma dirección “reflexiva”:
(A) Vía regresiva (“reflexión regresiva” mantenida “dentro de cada Estado”). Esta vía se abre cuando, dado ya un Estado en “marcha” (incluso en el contexto de otros Estados), volvemos hacia ciertos componentes, o engranajes de componentes, o partes formales [28] suyas, que hayan sido privilegiados por la práctica efectiva de la política real, a fin de redefinir sus funciones dentro del sistema presupuesto (la redefinición se haría necesaria precisamente en razón de su privilegio). Estas partes privilegiadas, que se disocian efectivamente de las demás, pueden ser muy diversas entre sí, según las circunstancias de la coyuntura histórica (una Iglesia, cuya influencia en el conjunto social haya crecido desmesuradamente en un intervalo histórico; el poder judicial, inicialmente indiferenciado de otros poderes; los poderes económicos o fácticos –multinacionales acaso– que hayan destacado en el sistema político). En nuestro caso, las partes o componentes del Estado, a partir de las cuales la reflexión tiene lugar en el sentido del regressus, son aquellas que tienen que ver con el poder militar. Y ello, tanto en la medida en que este poder militar alcanza el control del gobierno en el ámbito interno de la sociedad política (de la república), como en el ámbito externo, es decir, en relación con la capa cortical [597] (la que está en contacto con otras sociedades políticas o, sencillamente, con los “bárbaros”).
(B) Vía progresiva (“reflexión progresiva” que desborda los límites del Estado). Ahora, el Estado (por ejemplo, el Estado-ciudad) se relaciona con otros Estados interactuando sobre ellos en condiciones dadas. Nos enfrentamos, en esta vía, con nuevas relaciones, con estructuras, constituidas por ellas, de “segundo orden” (no por ello contingentes o superestructurales). A esta escala, podremos ver cómo se redefinen los más importantes conceptos o acepciones asociadas al término “Imperio”. Dicho de otro modo: los planes y los programas [238] de un Imperio habrán de tener en cuenta, no sólo y directamente, en primer grado, la eutaxia [563] del propio Estado (“razón de Estado”), cuanto también la eutaxia de segundo grado que tiene que ver con el coorden de los Estados implicados en el “sistema imperial” [718]. La ratio imperii puede significar muchas veces modificaciones, más o menos profundas, en los planes y en los programas dictados por la estricta ratio civilis propia del Estado hegemónico, en lo que se refiere a planes y programas relativos a alianzas, prioridades de ejecución, economía, etc.
Distinguimos las siguientes acepciones de Imperio:
- Imperio como facultad del imperator (acepción categorial, vía del regressus) [717].
- Imperio como espacio de acción del imperator (acepción categorial, vía del regressus) [717].
- Imperio diapolítico (acepción categorial, vía del progressus) [718].
- Imperio metapolítico (acepción categorial, vía del progressus) [719].
- Idea filosófica de Imperio [720].
Los conceptos o acepciones categoriales del término Imperio (I, II, II y IV) pueden considerarse como conceptos categoriales efectivamente considerados en el decurso histórico de la vida política, aunque de manera confusa y oscura [791]. Dicho de otro modo, piden ser reivindicados como conceptos (emic y etic) [237], no sólo de las ciencias políticas, jurídicas y sociales, sino también como conceptos técnicos (prácticos, emic) de instituciones históricamente dadas. Sin embargo, estos cuatro conceptos categoriales, cuyo entretejimiento nos permitirá una interpretación de los mismos como si fuesen modos o acepciones de un “análogo de atribución flotante” (sin primer analogado fijo), que designamos como “Imperio”, no agotan el campo político abierto a esta escala. La conexión entre estas acepciones a través del Estado, tomado como referencial (no como primer analogado), nos obliga a reconocer una quinta acepción del término “Imperio” que, más que un Concepto, lo consideramos una Idea [783], en tanto desborda los conceptos categoriales (aunque gire siempre en torno a ellos), y la tarea de analizarla le corresponderá, por tanto, a una filosofía. Filosofía a la que le corresponderá “tallar” la Idea de Imperio, a partir de los conceptos de “Imperio” y de las ideas mundanas que el decurso de la Historia política haya ido arrojando.
Por último, podemos fácilmente advertir cómo los más diversos autores (politólogos, historiadores…), suelen andar “a ciegas” cuando utilizan el término “imperio”, precisamente por no haber advertido la estructura dialéctica de este término.
{EFE 171-172, 174-175, 176-183, 175 /
→ EFE 171-238 / → BS24 27-50}