Filosofía en español 
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En un pleito contra la Compañía de María


La Nación (Madrid), 27 de febrero de 1932a

 
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La administración de Justicia

Más de tres millones en litigio. Una sentencia interesante

El 20 de agosto de 1920 la excelentísima señora doña Ana de Bertodano y de la Cerda, marquesa de Bárboles, entregó a los padres de la Compañía de María (Marianistas) 3.103.500 pesetas nominales en títulos de la Deuda pública española. Era esta entrega la culminación de unas largas negociaciones seguidas en Madrid y Nivelles (Bélgica), donde tiene su residencia el Consejo general de la Orden. El verdadero pensamiento en que concordaron la marquesa de Bárboles y los marianistas, según la sentencia que se ha dictado ahora, no era otro que el siguiente: la marquesa se proponía una fundación para después de su muerte, denominada de Santa Ana y San Rafael y administrada preferentemente por los marianistas; con destino a esa fundación haría entrega a dichos religiosos de un capital de 3.103.500 pesetas en títulos de la Deuda pública; ellos entregarían a la marquesa durante su vida la renta exacta de 109.328 pesetas que aquellos valores producían al año, y muerta la señora y nacida por consecuencia la entidad fundacional por ella misma creada para después de su muerte, harían entrega a tal entidad del capital íntegro.

Pero cuando después de puestos los valores en manos de los marianistas se fue a dar envoltura contractual a lo acordado, prefirieron las partes encubrir (así lo estima la sentencia ahora) el verdadero negocio de dotación fundacional y mandato con entrega de bienes bajo el aspecto de un llamado contrato de renta vitalicia, por el cual los marianistas aparecían como adquirentes en pleno dominio del capital a cambio de la obligación de pagar a la marquesa 200.000 pesetas al año (cantidad que dos días después, en una carta de la marquesa, volvió a ser reducida a 109.328) y de emplear la utilidad que obtuvieran del negocio, al cesar la obligación de pagar la renta en una fundación benéficodocente.

Muerta la marquesa de Bárboles surgieron dos pleitos: uno promovido por su albaceazgo y continuado por los hijos de la marquesa en impugnación de todo lo que antecede, y otro por los representantes de la fundación de Santa Ana y San Rafael, pidieno que se declarase inatacable todo lo hecho. Ambos pleitos fueron acumulados.

El letrado defensor de los hijos de la marquesa de Bárboles, D. José Antonio Primo de Rivera, sostuvo por vía de reconvención en el segundo litigio que el llamado contrato de renta vitalicia era de los que se llaman relativamente simulados, como vestidura de un negocio verdadero de distinta índole; que el negocio verdadero consistía en un complejo de dotación fundacional para después de la muerte y de depósito, o depósito y mandato, en poder de los religiosos marianistas; que todos los componentes de este negocio eran unilateralmente revocables, sin necesidad de mutuo disenso; y que como la marquesa de Bárboles los revocó en vida, o sea, antes de nacer el ente fundacional, los 3.103.500 pesetas en valores, con todos los intereses producidos, debían ser reintegrados a los herederos.

El recto y culto juez del distrito de Chamberí, D. Juan Hinojosa, ha dictado sentencia con fecha 20 del corriente mes en la que, fundado en unos considerandos de clara doctrina, acordes con la tesis mantenida por la defensa de los herederos de la marquesa de Bárboles, dicta un fallo de acuerdo con sus peticiones.b


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a  El texto es recogido de forma incompleta y errando en la fecha de publicación por Agustín del Río Cisneros y Enrique Pavón Pereyra, José Antonio abogado, Madrid : Ediciones del Movimiento, 1968², p. 127-128.

b  El pleito se prolongó durante seis años y, finalmente, se resolvió conforme los intereses de los Marianistas por sentencia del Tribunal Supremo de 11 de julio de 1934. Así surgió la Fundación Santa Ana y San Rafael, titular del colegio del mismo nombre que, inaugurado en el curso 1945-46, continúa hoy su actividad en Madrid.