Filosofía en español 
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Nota en respuesta a Francisco Moreno Herrera, marqués de la Eliseda


30 de noviembre de 1934a
ABC (Madrid), 1 de diciembre de 1934b

 
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Una nota del Sr. Primo de Rivera

Como contestación a la nota que publicamos ayer del marqués de la Elisedac, se nos ruega la inserción de la siguiente:

«El marqués de la Eliseda buscaba hace tiempo pretexto para apartarse de Falange Española de las JONS, cuyos rigores compartió bien poco. No ha querido hacerlo sin dejar tras de sí, como despedida, una ruidosa declaración que se pudiera suponer guiada por el propósito de sobresaltar la conciencia religiosa de innumerables católicos alistados en la Falange.

Estos, sin embargo, son inteligentes de sobra para saber: primero, que la declaración sobre el problema religioso contenido en el punto 25 del programa de Falange Española de las JONS coincide exactamente con la manera de entender el problema que tuvieron nuestros más preclaros y católicos reyes; y segundo, que la Iglesia tiene sus doctores para calificar el acierto de cada cual en materia religiosa; pero que, desde luego, entre esos doctores no figura hasta ahora el marqués de la Eliseda.»


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a  En otras ocasiones se recoge con el título «Sobre el punto 25».

b  Debió publicarse inicialmente en Informaciones (Madrid), 30 de noviembre de 1934.

c  Inmediatamente a continuación de la Norma Programática, ABC (Madrid), 30 de noviembre de 1934, se insertaba la siguiente nota bajo el epigrafe «El marqués de la Eliseda se aparta de Falange Española»: «Francisco Moreno y de Herrera, marqués de la Eliseda, miembro del Consejo Nacional de Falange Española de las JONS, ha visto con gravísima pesadumbre que en el nuevo programa doctrinal aprobado por la Junta política, y publicado por el jefe, el movimiento nacionalsindicalista adopta una actitud laica ante el hecho religioso, y de subordinación de los intereses de la Iglesia a los del Estado.– Con ser esto, a juicio del que suscribe, una posición doctrinal insostenible, llega al colmo su tristeza cuando ve que el espíritu que informa el artículo 25 del programa es francamente herético y recuerda que por motivos semejantes fue condenado el movimiemto de Action Française.– Por todo ello, el que suscribe, con pena hondísima, pero cumpliendo su deber de católico, se ve obligado a apartarse del movimiento de Falange Española de las JONS.»