Filosofía en español 
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Idea general y Ontología de la Corrupción

[ 751 ]

Campo de valores de los sustratos de la Corrupción:
Descomposición / Corrupción / Doctrinas ontológicas

[1] [Consideramos] indeterminados los conceptos o ideas ordinarias [748] de corrupción cuando no se delimita el campo de valores de los sustratos de referencia.

Una Idea de Corrupción concebida como capaz de ser predicada de cualquier entidad en función de sustrato, ha de diferenciarse de la Idea de Corrupción que se circunscribe a un conjunto delimitado de sustratos. Y no solo por su extensión, sino también por la intensión que esta extensión universal (trascendental a todo ser, en términos escolásticos) sin duda comporta.

En consecuencia, tendremos que concluir que la idea de ordinaria de corrupción, en la medida en que no establece los límites de su extensión en el conjunto del universo, es una idea indeterminada o vaga y, en todo caso, desprovista de capacidad para ser aplicada a un tipo concreto de sustratos, como puedan serlo las sociedades políticas en general o las democracias en particular.

Hemos tocado con esto un punto de importancia decisiva para nuestro asunto, pese a que ha solido pasar desapercibido por los gramáticos, lexicógrafos o historiadores del pensamiento. […] La cuestión relativa a la diversa extensión atribuida a la idea de corrupción no tiene que ver precisamente con la idea misma intensional de corrupción. Porque, entonces, la contraposición de los principios estoicos (“en el universo todo es corruptible”) y de los principios peripatéticos (“en el universo solamente son corruptibles los seres que habitan en la Tierra, porque los astros y el cielo no son corruptibles”) no se estaría estableciendo en el mismo plano.

Lo decisivo aquí es tener en cuenta que el término “corrupción”, cuya afinidad con el término “descomposición” es indudable, no puede confundirse con él. La relación lógica entre [ambos] podría cifrarse en esto: que toda corrupción envuelve una descomposición, pero no toda descomposición implica una corrupción. Y por ello habría que distinguir, es decir, no confundir, el sentido de corrupción cuando se utiliza en su sentido neutro (valorativamente) de descomposición, y cuando se utiliza en el sentido fuerte de corrupción [756].

La ambigüedad se da ya entre los pensadores griegos. Unas veces, ϕθορά significa destrucción (descomposición en sentido neutro, que no implica corrupción ética o política, οικο-ϕθορος = que arruina la casa) y otras veces destrucción o descomposición en sentido fuerte, pero implicando corrupción moral (παιδο-ϕθορος, que corrompe a los jóvenes). Pero cuando los estoicos decían que todo es corruptible, ¿acaso lo hacían en sentido neutro (todo es disgregable, nada permanece unido, al modo como podrían decirlo los atomistas) o lo decían en sentido fuerte? Y cuando Aristóteles decía que los cuerpos celestes son incorruptibles, ¿utiliza el sentido débil o el sentido fuerte de ϕθορά?

[2] Diferentes opiniones de escuela sobre la corrupción

Para definir la Idea de corrupción {es preciso} determinar el campo de valores de los sustratos de la corrupción. No es suficiente constatar doxográficamente que contamos, desde la Antigüedad, con diferentes escuelas, entre las que podemos elegir, que nos ofrecen doctrinas diversas acerca de la extensión de este campo de valores. Estas doctrinas podrían clasificarse en tres grupos, según la extensión atribuida al campo de los valores de la función.

(a) Primer grupo: Nada es corruptible

Reducen este campo de valores a cero, es decir, niegan absolutamente la realidad de cualquier sustrato corruptible (la corrupción solo tendría lugar en el mundo de las apariencias falaces) [681]. Parménides nos dice que “si el ser es”, no cabe pensar ni en su nacimiento (en su generación), ni en su corrupción: “¿Cómo podría perecer lo que es?”. Por tanto, concluye: “Queda ignorada toda corrupción” (fragmento 8 extraído de Simplicio, Física, 141,1).

El esquema ontológico de Parménides, aplicado al universo, no murió con los eléatas. En el siglo XIX sigue dirigiendo al materialismo monista (Büchner, por ejemplo), que interpretaba en ese sentido el “principio de Lavoisier”: la materia ni se crea ni se destruye, solo se transforma. Y si se transforma, lo hace sin que sus formas se pierdan, incluso porque ellas pueden reproducirse cíclicamente en un eterno retorno. En el siglo XX el eleatismo presidió la llamada por los cosmólogos “teoría del estado fijo del universo”. “La base fundamental de esta teoría consiste en aceptar que el universo, a gran escala, presenta un aspecto inmóvil” (dice H. Bondi en su Cosmología, 1951, Labor, Barcelona 1972, pág. 159).

(b) Segundo grupo: Hay algo corruptible y algo incorruptible

En este grupo hay que poner […] a Aristóteles y los peripatéticos, en la medida en que limitan el campo de la corrupción al ámbito de la Tierra (al mundo sublunar), pero considerando al mundo celeste, al Sol, principalmente, como eterno, ingénito e incorruptible. […] Además de estos dos tipos de sustancias corpóreas, las corruptibles terrenas y las incorruptibles celestes, Aristóteles reconoce la realidad de una tercera “sustancia”, incorpórea e incorruptible, que identifica con el Acto Puro y Primer Motor inmóvil de las sustancias corpóreas en perpetuo movimiento. […]

Si las sustancias corpóreas son corruptibles, dice Aristóteles, es porque están compuestas de hilemórficamente, de materia y forma; pero en las sustancias hilemórficas terrestres la materia no está plenamente actualizada y, por lo tanto, es disociable de su forma sustancial. Contiene ya otras formas en potencia, y estas son las que determinan la corruptibilidad del sustrato, precisamente cuando tiene lugar la generación de una nueva sustancia mediante la actualización de alguna forma potencial (corruptio unius est generatio alterius). En cambio, la materia de la que se compone el cuerpo de los astros está actualizada plenamente, y esta es la razón por la cual los astros, aun compuestos de materia y forma, son incorruptibles. Y por ello el cardenal Cayetano, en su Tratado sobre la analogía de los nombres, subrayó que el concepto de cuerpo se predica de los cuerpos celestes y de los cuerpos terrestres, pero no unívocamente, sino por analogía de desigualdad [817]. […]

Ahora bien […], la doctrina de la corruptibilidad total irá envolviendo poco a poco el campo de las cosas incorruptibles, a partir del momento en el cual el telescopio de Galileo permitió el descubrimiento de hechos (relaciones de semejanza indudables) que eran incompatibles con el dualismo aristotélico de unos astros incorruptibles y de una tierra corruptible: los hechos de la semejanza entre los procesos de corrupción de la Tierra y ciertos procesos observados con los telescopios, cada vez más potentes, en los astros. […] Astrónomos como Cassini, Bianchini o Fontenelle, recuperando la tradición estoica, establecieron razonamientos certeros que permitieron derrumbar definitivamente la concepción aristotélica tradicional acerca de la incorruptibilidad de los cielos.

Ningún físico admitiría hoy la tesis de un Sol incorruptible. Nos dirá, más bien, que el Sol está arrojando continuamente más de cuatrocientos millones de toneladas por segundo de materia hidrogénica o de helio, y por ello, lejos de ser incorruptible, evoluciona hacia la condición de una enana roja que acabará por disipamiento o corrupción. […]

Y sin embargo, cuando hablamos de corruptibilidad, como veremos más tarde, no cabe tampoco trazar una línea infranqueable entre la concepción de Aristóteles y nuestra concepción del mundo de la física actual. Aunque el Sol y los astros ya no son inmóviles y eternos, tampoco se consideran propiamente corruptibles, a la manera como son corruptibles los cuerpos sublunares (los cuerpos vivientes y los cuerpos institucionales). De hecho, ningún físico diría hoy que el Sol se corromperá dentro de seis mil millones de años, tomando la forma de una enana roja. Porque, de un modo muy aproximado, la distinción peripatética entre el Cielo incorruptible y la Tierra corruptible se mantiene hoy, aunque fundada en criterios muy distintos. En función de nuestras premisas, la razón es clara: los cuerpos celestes no forman parte de nuestro entorno inmediato, antrópico [702], el de los cuerpos manipulables, el de los cuerpos que forman parte “hoy por hoy” del mundo sublunar. […]

(c) Tercer grupo: Todo es corruptible

[Aquí] situamos a la mayor parte de los estoicos, encabezados por Zenón de Chipre, que en su Peri Ousias había extendido la corruptibilidad a todos los seres del Universo (Laercio, VII, 13). Todos los seres constan de dos principios, la ousia incualificada que padece (correspondiente a la materia de Aristóteles) y lo que la conforma como realidad, que más que una forma sustancial es un Logos divino con papeles de causa eficiente. La controversia entre estoicos y peripatéticos es muy conocida. […]

El esquema ontológico de los estoicos tampoco murió con el mundo antiguo. Los físicos del siglo XIX lo resucitaron a través de la termodinámica, con el llamado “principio de degradación (o corrupción) de la energía”, una interpretación del segundo principio de la termodinámica. A partir de 427 kilográmetros, podemos obtener 1 kilocaloría; pero 1 kilocaloría no puede transformarse en 427 kilográmetros, puesto que una fracción de ella quedará en la fuente, en forma de calor.

Siempre que se realiza un trabajo, una parte de él se transforma en calor; es una transformación irreversible, y por ello se dice que la energía se corrompe o se degrada. Clausius definió una función, la entropía, cuyas variaciones miden esa degradación. Y en el siglo XX el esquema ontológico estoico vuelve a recuperar su vigor con la Teoría del Big Bang, cuando ella se prolonga con la Teoría del Big Crunch. […] Podría decirse que la diferencia entre los físicos científicos del Big Crunch [823] y los metafísicos estoicos de la apocatástasis pantón es que aquellos ofrecen plazos y medidas en centésimas de segundo y estos no pueden hacer semejante cosa. Lo que está por ver es si esas centésimas de segundo son reales o ficticias. […]

¿Qué podemos deducir de aquí {cuando debatimos sobre la corruptibilidad o incorruptibilidad de las sociedades políticas y, entre ellas, las democráticas}? Muy poco […] Y, desde luego, no podríamos adherirnos a ninguna de estas tres escuelas [761].

{FD 42-43, 49-55 /
FD 9-113 / → MP}

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