Filosofía en español 
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Democracia como Institución: Nematología y Tecnología

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Democracia en sentido político / Democracia en sentido metapolítico

El término “Democracia”, como los adjetivos derivados, “democrático”, “demócrata”, etc., no son términos unívocos. Tienen diversas acepciones, y aun contrapuestas entre sí: el régimen de Franco fue definido por algún catedrático de la época (en 1943) como una “democracia orgánico representativa selectivo jerárquica”; pero la democracia definida en la Constitución de 1978 [855] se enfrentó enérgicamente con la definición de democracia de treinta años antes, considerándola como un “mero disfraz” de la dictadura (disfraz que requería a esa dictadura envolverse, en cuanto “democracia orgánica”, de instituciones democráticas), tales como la elección de enlaces sindicales, representantes de los tercios familiares, márgenes concedidos a las iniciativas municipales, incluso a la prensa o a la radio, lo que determinó que la oposición entre la dictadura y la democracia, no fuese una oposición dicotómica. La dicotomía solo se conseguía suponiendo dada la equivalencia entre “democracia” y “democracia parlamentaria” con listas de candidatos cerradas y bloqueadas, y criterio exclusivo de la mayoría para decidir, incluso en asuntos técnicos [869-870]. Todo lo que no fuese democrático, en este sentido “fundamentalista” [866], será concebido como dictadura residual.

Esta pluralidad de acepciones del término democracia, o de sus derivados, es cualquier cosa menos un caos de acepciones léxicas, inconexas entre sí. Entre las acepciones de la democracia median afinidades profundas, en función de las cuales podemos clasificarlas según diferentes criterios.

Aquí utilizaremos un criterio tal que nos permita agrupar las diversas acepciones de la democracia en dos grandes rúbricas, de fronteras no siempre bien definidas (sobre todo cuando estas fronteras no se consideran como dicotómicas o disyuntas), saber: las acepciones que llamaremos (1) políticas en sentido estricto y las acepciones que podríamos llamar (2) metapolíticas.

Entre las democracias metapolíticas (que no son necesariamente apolíticas [882], puesto que también pueden intersectarse con las democracias políticas) destacaríamos la acepción tecnológica de la democracia procedimental [880], en la cual un grupo de personas, o una sociedad humana, asume la ley de la mayoría como criterio práctico (técnico) indiscutible para tomar una decisión.

Podría afirmarse, acaso, que el sentido estricto (o los diversos sentidos éticos o políticos) de la democracia se organizan en el plano tecnológico; en cambio, los sentidos metapolíticos se organizan más bien, quizá, en el plano ideológico o nematológico [876-878]. […]

La distinción entre las acepciones políticas (1) y las acepciones metapolíticas (2) del término democracia pueden ponerse en correspondencia (y correspondencia no es identidad) con otras agrupaciones tales como las siguientes: acepciones del término democracia específicas de la sociedad política (en la que incluimos el Estado) y acepciones genéricas del término democracia, es decir, que fueron comunes a otros conceptos de sociedad, tales como la llamada “sociedad civil” [836], pero teniendo en cuenta que un predicado genérico de las democracias políticas específicas no significa que él deje de ser esencial. Aun cuando también es cierto que un predicado no esencial, sino accidental, puede ser genérico: “Mortal” es predicado esencial de los sujetos humanos, sin por ello dejar de ser genérico, porque los demás cuerpos vivientes, animales o plantas, son también mortales.

La “sacralización de la democracia” [860], que conduce a tomar las constituciones democráticas homologadas como “criterio epocal” en la periodización dicotómica histórica (en lugar de dividir el curso de la historia en dos mitades: antes de Jesucristo / después de Jesucristo; o bien: antes de la Hégira / después de la Hégira), la periodización dicotómica se expresará así: antes de la Democracia / después de la Democracia [863]. División que conduce a graves distorsiones en el uso del razonamiento lógico (propiamente silogístico) que se regula por las tablas jerárquicas de los géneros, subgéneros, especies, etc. En una tertulia televisada (junio de 2013) su director plantea a los tertulianos el siguiente tema para el debate: “¿Por qué, a vuestro juicio, se ha desatado en los últimos meses el número de procesos judiciales que tienen que ver con delitos fiscales (tales como lavado de dinero, exportación de capitales, defraudación en los impuestos tributarios)?” Un tertuliano (conocido periodista) constata: “Sin duda, porque la democracia no puede tolerar la corrupción en materias fiscales, y los españoles han madurado suficientemente en democracia como para no tolerar la impunidad de estos delitos”. Los demás tertulianos se adhieren, en lo esencial, a esta respuesta. Y, sin embargo, esta respuesta es errónea, en el terreno mismo de la lógica silogística. Porque no es la sociedad democrática, en cuanto tal, la que no puede tolerar los delitos fiscales: tampoco una sociedad aristocrática, o una sociedad autocrática los tolera (Francis Bacon, canciller de Inglaterra, fue acusado en el Parlamento de 1618 por delitos de cohecho y prevaricación, fue inhabilitado para cargos públicos, multado con 40.000 libras y encerrado en la Torre de Londres).

Cabría suponer que la metodología de las nuevas élites periodísticas, dada su proximidad a las metodologías judiciales, policíacas o científicas, ha transformado a los periodistas de élite, si se admite la paradoja, en una especie de agentes de producción de “opinión científica”. O al menos, de una opinión neutral, libre de valoración (en el sentido de Max Weber), o incluso libre de ideología. Pero esto no es así, como lo demuestra el hecho de la distribución misma de estas élites en las cadenas de medios de comunicación (prensa, radio, televisión, internet), que aunque suelen presentarse como independientes, están siempre ideológicamente polarizados según las ideologías de primer orden, como las llamaremos, principalmente políticas o confesionales, de los citados grupos de comunicación. Polarizaciones ideológicas determinadas a veces por su adscripción a partidos políticos o simplemente a financiaciones puntuales bien definidas por empresas, bancos y, por supuesto, gobiernos partidistas (municipales, autonómicos, nacionales). Lo más interesante, sin embargo, es que por encima de estas ideologías de primer orden, que diferencian unas élites de otras (incluso que diferencian unos canales de televisión de otros, unas cadenas de radio respecto de otras, o unos grupos de prensa respecto de otros), se habría ido formando también una nebulosa ideológica común, una ideología de segundo orden, cuya naturaleza es propiamente filosófica, aun cuando no siempre se llama así. [Algunos de los temas constitutivos de esta nebulosa ideológica que envuelve a las élites periodísticas españolas de nuestros días pueden encontrarse en el Rasguño titulado “Sobre las élites de los periodistas en la democracia coronada”, El Catoblepas, núm. 68].

No es, pues, la condición específicamente democrática de una sociedad política, sino su condición genérica de sociedad política la razón de toda “cruzada” contra los delitos fiscales (sin perjuicio de que estas “cruzadas” se vean espoleadas en situaciones de crisis económica). Decir que “la democracia no puede tolerar las corrupciones fiscales” es tanto como atribuir a la especie (haciendo de paso propaganda de la misma) lo que es propio del género. Cuando alguien pregunta por qué Sócrates acostumbraba a estar sentado (y quien dice Sócrates podría referirse también a los diputados en “sede parlamentaria”, o al Papa en la Santa Sede), quien responde: “Porque Sócrates, los parlamentarios o el Papa son hombres”, comete un gran error, porque no es la condición humana la razón formal (o el término medio) por el cual podemos unir el predicado “sentado” al sujeto “los hombres”, en este caso, sino a la condición de primate (los primatólogos han observado que los chimpancés o los gorilas pasan más de la mitad de un día en postura sedente). Ahora bien, este “error categorial” no consiste solo en una perturbación de la “maquinaria lógica”. Está motivado ideológicamente por la “sacralización de la democracia parlamentaria”, porque al atribuir a la sociedad democrática la exigencia del cumplimiento de las leyes tributarias, estamos recurriendo a una sinécdoque (pars pro toto) o a una metonimia (pars pro pars) a fin de subrayar la excelencia de esa democracia santificada.

También cabría poner en correspondencia la oposición entre las acepciones (1) y las acepciones (2) del término democracia con la oposición que media entre los términos políticos y los términos ético-morales. Por lo demás, las acepciones (1) de la democracia se corresponden, sobre todo, con las acepciones tecnológicas o morfológicas de la democracia, mientras que las acepciones (2) se corresponden con las acepciones nematológicas.

Por último, también podemos poner en correspondencia la oposición entre las acepciones (1) y (2) de la democracia con la oposición entre el ciudadano y el hombre, establecida en la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano [488] de 1793. Distinción que contiene la sinuosa evolución de esos conceptos, derivada sobre todo de la sustantivación del “hombre” frente al “ciudadano”. Una sustantivación ejercida ya en 1793, cuando el diputado Juan Bautista Cloots –Anacarsis Cloots, que se autodenominaba “apóstol de la Humanidad”–, siguiendo la inspiración de una enmienda que Volney, “en vistas a una República universal”, había presentado al dictamen de los constitucionalistas de 1783 decía: “No hay otra soberanía que la del Género humano.” O bien cuando Pi Margall, en pleno debate sobre las nacionalidades españolas, creyó necesario aclarar ante unos correligionarios que le pedían explicaciones: “Antes que español soy hombre” [742].

En efecto: cuando hablamos de democracia, según alguna de las acepciones que suponemos pueden ser incluidas en el grupo de acepciones políticas (1), es porque estamos entendiendo la democracia a escala de su marco político específico, dentro de las diversidades específicas de la sociedad política [837-838], en general (autocrática, aristocrática o democrática); mientras que cuando hablamos de democracia en alguna de las acepciones incluibles en el grupo de acepciones metapolíticas (2) es porque estamos entendiendo la democracia a escala de un marco genérico (desde el punto de vista político), que incluso tocan tanto a las sociedades políticas como a las sociedades civiles apolíticas [882], como pudiera serlo la familia, el colegio profesional, el sindicato, incluso el partido político (cuando se considera como una asociación privada, como ocurre en España, según la ley orgánica 6/2002, de 27 de junio, de partidos políticos).

Según esto, un demócrata, en sentido específico, es un ciudadano que milita o simpatiza, mediante su voto o sus cartas al lector, en algún partido político enfrentado con los otros partidos políticos del arco parlamentario, pero sobre todo, con los partidos o movimientos no democráticos (llamados confusivamente, en la España de 1978, “fascistas” o “criptofranquistas”). De hecho, ya desde el “contubernio de Múnich” de 1962 y, sobre todo, desde 1974, con la Junta Democrática, y después con la Plataforma Democrática y con la Platajunta, se utilizó la condición de demócrata como criterio para neutralizar las diferencias entre los eurocomunistas (prosoviéticos, trotskistas o maoístas) y los socialistas y democristianos. El propio concepto de eurocomunismo, que asumió como propio Santiago Carrillo en 1974, se acogió al criterio de la democracia parlamentaria (próxima de hecho a la partitocracia) para lograr el consenso entre diferentes corrientes que “en el interior” o “en el exterior” habían ido desenvolviéndose como alternativas a la “dictadura fascista”.

{EC149 / → EC149 /
EC68 / → EC95 / → EC112-113 / → PCDRE / → FD / → ZPA}

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