Parte tercera ❦ Edad moderna
Libro X ❦ Guerra de la independencia de España
Apéndices
I. Instrucción aprobada en 12 de enero de 1810 por la Junta Central y gubernativa del Reino, para la imposición y exacción de la contribución extraordinaria de guerra ❦ II. Real cédula de fecha 8 de julio de 1810, en que se manda guardar y cumplir el real decreto de 24 de mayo del mismo año, por el cual se destinó la mitad de los diezmos para la subsistencia de los ejércitos ❦ III. Sobre agregar a Francia las provincias del Ebro ❦ IV. Sobre el plan de Kolly ❦ V. Sobre el incidente del duque de Orleans
I
Instrucción aprobada en 12 de enero de 1810 por la Junta Central y gubernativa del Reino, para la imposición y exacción de la contribución extraordinaria de guerra, acordada por real decreto de la misma fecha:
Art. 1.º Todos los habitantes de estos reinos han de satisfacer por vía de contribución extraordinaria un tanto proporcionado a sus haberes.
Art. 2.º Para aventurar menos la justicia de la exacción los contribuyentes sobre quienes ha de recaer, que serán todos los ciudadanos absolutamente en todos los estados y condiciones, sin otra excepción que la de los que no tienen otros bienes que los sueldos de los empleos civiles o militares, por cuanto estos contribuyen por el método prevenido en real decreto de 1.º de este mes, se repartirán en veinte y dos clases, y en cada una se colocarán los vecinos de cada pueblo según la diversidad de sus fortunas.
3.º A la más ínfima pertenecerán los que no siendo absolutamente pobres o meros jornaleros, tienen algún oficio o industria de que viven, y se les reputa por tanto algún caudal, aunque sea módico, y se juzga que podrán contribuir con la limitada cuota de dos pesetas al mes o noventa y seis reales al año. A proporción que los ciudadanos vayan subiendo de estado se les cargará mayor suma de contribución hasta llegar a la clase primera de la escala en la que la contribución es de doce mil reales al año, o mil reales al mes; y para que un vecino sea puesto en esta clase es necesario que su fortuna se regule a juicio prudente en millón y medio de reales de caudal. Si subiere de esta cantidad, por cada medio millón de caudal que se aumente, se aumentarán cuatro mil reales al año de contribución.
4.º La escala de las clases y el tanto de contribución que se ha fijado es en esta forma:
Contribución anual | Corresponde a cada mes | |
1.ª De un capital estimativo de millón y medio de reales… | 12.000 | 1.000 |
2.ª De un millón… | 8.000 | 666 ⅔ |
3.ª … | 7.200 | 600 |
4.ª … | 6.000 | 500 |
5.ª … | 4.800 | 400 |
6.ª … | 3.840 | 320 |
7.ª … | 2.880 | 240 |
8.ª … | 2.400 | 200 |
9.ª … | 1.920 | 160 |
10.ª … | 1.680 | 140 |
………
7.º Examinado detenidamente entre todos el modo de vivir de cada parroquiano y el conjunto de todas sus facultades se le asignará clase según la opinión que se tenga o se forme sobre estos antecedentes de lo que podrá contribuir extraordinariamente en la actual crisis, en que todo debe ofrecerse a la patria con heroico desprendimiento.
………
10.º Como solos los absolutamente pobres o meros jornaleros están exentos de hacer este sacrificio, se comprenderá en él bajo el nombre de subsidio extraordinario de guerra el clero secular y regular; y como se habrán asignado clases también a uno y otro, al clero secular por personas, y al regular por casas o conventos, se pasará copia autorizada de la regulación que se les haya hecho a los Provisores o Vicarios generales de la diócesis o partido, para que manden hacer la exacción por medio de la persona que nombren, a la que incumbirá poner la cantidad que colecte en la Depositaría o Tesorería Real que se indicare, y para que esto así se cumpla, prestarán los MM. RR. Arzobispos, RR. Obispos y demás prelados eclesiásticos todos los auxilios que cupieren en sus facultades, pues así especialmente se les encarga.
………
12.º Si alguno de los contribuyentes no pudiese satisfacer su parte en metálico, podrá hacerlo en frutos o efectos directamente útiles y de recibo que sirvan en especie para las provisiones del ejército, los que se les admitirán a los precios corrientes.
II
Real cédula de S. M. y señores del Consejo fecha 8 de julio de 1810, en que se manda guardar y cumplir el real decreto de 24 de mayo del mismo año, por el cual se destinó la mitad de los diezmos para la subsistencia de los ejércitos, cuyos artículos son los siguientes:
I. «El clero secular y regular, que ha dado siempre ejemplo de desinterés religioso, y patriotismo… contribuirá, ínterin dure la guerra con Francia, con la mitad de sus diezmos por vía de subvención extraordinaria.
II. »Se exceptúan del expresado servicio los curas párrocos y los que están sirviendo o se nombraren para las prebendas o beneficios que tienen anejas la cura de almas; pero los provistos nuevamente para las demás piezas eclesiásticas que no tengan dicha calidad, en vez de contribuir con la mitad de sus rentas según lo dispuesto en el artículo 4.º del decreto de 14 de abril último, quedan sujetos a esta subvención extraordinaria.
III. »Igual servicio deberán hacer todos los demás partícipes en diezmos, de cualquiera clase y condición que sean, sin excluir los dueños de las tercias reales enajenadas.
IV. »Todas las encomiendas de las ordenes militares y de San Juan de Jerusalén están sujetas a la misma carga en sola la parte de diezmos de granos que resulte, pagadas las obligaciones de justicia a que están afectas.
V. »Esta subvención se ha de sacar de la masa general de diezmos, después de separada la casa excusada, el noveno, las tercias reales de la corona, y los novales.
VI. »La otra mitad de los diezmos que quede y pertenezca a los partícipes, que no sean el clero secular y regular, la mitad de las tercias reales enajenadas, y los granos de las encomiendas que no necesiten para su precisa subsistencia sus poseedores, y hayan de enajenar éstos, ha de aplicarse igualmente a los suministros de los ejércitos y plazas; pero se les pagará religiosamente su importe al fin del año contado de una cosecha a otra, al precio medio que hubieren tenido en él.
VII. »Este subsidio extraordinario de la mitad de los diezmos debe entenderse subrogado en la cuota que por esta razón habría de corresponder a sus partícipes por el artículo 10 de la instrucción aprobada en decreto de 12 de enero último sobre la contribución extraordinaria de guerra que se circuló con fecha de 15 del propio mes, quedando por lo demás en su fuerza y vigor dicha contribución extraordinaria, cuya exacción ha de tener el más exacto cumplimiento, sirviendo de hipoteca su producto para el pago de la mitad de los diezmos sujetos a reintegro.
»El Consejo de Regencia, en representación del rey nuestro señor don Fernando VII, protesta solemnemente recurrir a la silla Apostólica para obtener de ella la debida aprobación en la parte que sea necesaria de lo acordado por este decreto, cuando lo permitan las circunstancias, y no duda conseguirlo de su piedad atendido el gravísimo y justo medio en que se funda; y en defecto empeña su real palabra de reintegrar en épocas felices y proporcionadas la parte de diezmos que se señalan por la Santa Sede.
»Tendreíslo entendido, y comunicareis las órdenes oportunas a su cumplimiento.– Xavier de Castaños, Presidente.– Francisco de Saavedra.– Antonio de Escaño.– Miguel de Lardizábal y Uribe.– En la Real Isla de León a veinte y cuatro de Mayo de mil ochocientos diez.– Al marqués de las Hormazas.»
III
Sobre agregar a Francia las provincias del Ebro
(Correspondencia de don Miguel José de Azanza, nombrado duque de Santafé por el rey José)
París 20 de junio de 1810.
Señor: Me ha parecido conveniente enviar a V. M. abiertas las cartas que dirijo con un correo al ministro de Negocios extranjeros por si quisiese enterarse de ellas antes de pasárselas. Por fin ya me hablan. Yo no noto acrimonia alguna en las explicaciones que se tienen conmigo. A mi juicio las cartas que V. M. escribió al emperador y a la emperatriz con motivo del casamiento han surtido buen efecto. Nada me ha hablado todavía el emperador sobre negocios; pero cuando asisto al lever me saluda con bastante agrado. El ministerio español se había representado aquí por muchos como antifrancés. El difunto conde de Cabarrús era el que se había atraído mayor odio. Sobre esto me he explicado con algunos ministros y creo que con fruto. Aunque parece indubitable el deseo de unir a la Francia las provincias situadas más acá del Ebro, y se prepara todo para ello, no es todavía una cosa resuelta según el dictamen de algunos, y se deja pendiente de los sucesos venideros. Juzgo, señor, que por ahora nada quiere de nosotros el emperador con tanto_ahínco, como el que no le obliguemos a enviar dinero a España. El estado de su erario parece que le precisa a reducir gastos. Debo hacer a M. Dennié la justicia de que en sus cartas habla con la mayor sencillez sin indicar siquiera que haya poca voluntad de nuestra parte para facilitar los auxilios que necesita su caja militar.
¿Creerá V. M. que algunos políticos de París han llegado a decir que en España se preparaba una nueva revolución muy peligrosa para los franceses, es a saber, que los españoles unidos a V. M. se levantarían contra ellos? Considere V. M. si cabe una quimera más absurda, y cuán perjudicial nos podría ser si tomase algún crédito. Y espero que semejante idea no tenga cabida en ninguna persona de juicio, y que caerá prontamente, porque carece hasta de verosimilitud.
Dos veces he hablado al príncipe de Neufchatel sobre la justa queja dada por V. M. contra el mariscal Ney. En la primera me dijo que el emperador no le había entregado la carta de V. M., y significó que no era de aprobar la conducta del mariscal; y en la segunda me respondió que nada podía hacer en este asunto.
Se ha sostenido aquí por algunos días la opinión de que los nuevos movimientos de la Holanda acarrearían la reunión de aquel país al imperio francés; pero ahora se cree que no se llegará a esta extremidad.
Sé con satisfacción que la reina mi señora experimenta algún alivio en las aguas de Plombières. Las señoras infantas gozan muy buena salud. He oído que la reina de Holanda está enferma de bastante cuidado en Plombiéres. Quedo como siempre con el más profundo rendimiento. Señor.– De V. M. el más humilde, obediente y fiel súbdito.– El Duque de Santafé.
París 22 de setiembre de 1810.– Señor.– Según nos ha dicho anoche el príncipe de Neufchatel, además de haberse declarado que a V. M. corresponde el mando militar de cualquiera ejército a que quisiese ir, se va a formar uno en Madrid y sus cercanías que estará a sus inmediatas ordenes; pero todavía nada ha resuelto S. M. I. sobre la abolición de los gobiernos militares, y restitución a V. M. de la administración civil. Sobre esto instamos mucho, conociendo que es el punto principal y más urgente. Nos ha dicho también el príncipe, que ha comunicado ordenes muy estrechas, dirigidas a impedir las dilapidaciones de los generales franceses, y que se examine la conducta de alguno de ellos como Barthélemy.
El duque de Cadore, en una conferencia que tuvimos el miércoles, nos dijo expresamente que el emperador exigía la cesión de las provincias de más acá del Ebro por indemnización de lo que la Francia ha gastado y gastará en gente y dinero para la conquista de España. No se trata de darnos el Portugal en compensación. Nos dicen que de esto se hablará cuando esté sometido aquel país, y que entonces es menester consultar la opinión de sus habitantes, que es lo mismo que rehusarlo enteramente. El emperador no se contenta con retener las provincias de más acá del Ebro, quiere que le sean cedidas. No sabemos si desistirá de esto como lo procuramos. Quedo con el más profundo respeto, &c.
IV
Sobre el plan de Kolly
(De Azanza al ministro de Negocios extranjeros)
París 18 de mayo de 1810.– Excmo. Sr.– Es imponderable la impresión que han hecho en Francia las noticias publicadas en el Monitor sobre la aprehensión del emisario inglés barón de Kolly en Valencey y las cartas escritas por el príncipe de Asturias. Cuando yo entré en Francia, en todos los pueblos se hablaba de esto. El vulgo ha deducido mil consecuencias absurdas. Lo que se cree por los más prudentes es que Kolly fue enviado de aquí, donde residió muchos años, para ofrecer sus servicios a la corte de Londres, y que consiguió engañarla perfectamente. El príncipe por este medio se ha desacreditado y hecho despreciable más y más para con todos los partidos. Se cree no obstante que el emperador piensa en casarle, y que tal vez será con la hija de su hermano Luciano. El prefecto de Blois que ha estado muchos días en Valencey me ha dicho que esto es verosímil, y que él mismo ha visto una carta escrita recientemente por el emperador al príncipe en términos bastante amistosos, y asegurándole que le cumpliría todas las ofertas hechas en Bayona. El príncipe insta por salir de Valencey, y pide que se le dé alguna tierra, aunque sea hacia las fronteras de Alemania, lejos de las de España e Italia, y da muestras de sentir y desaprobar lo que se hace en España a nombre suyo, o con pretexto de ser a su favor.– El duque de Santafé.– Señor ministro de Negocios extranjeros.
V
Sobre el incidente del duque de Orleans
(Del Diario de las operaciones de la Regencia)
He aquí lo que refiere acerca de este asunto el Manifiesto, o sea Diario manuscrito de la primera Regencia extendido don Francisco Saavedra, uno de los regentes y por principal promotor de la venida del duque.
Dia 10 de marzo de 1810. «En este día se concluyó un asunto grave sobre que se había conferenciado largamente en los días anteriores. Este asunto que traía su origen de dos años atrás, tuvo varios trámites, y se puede reducir en sustancia a los términos siguientes.
»Luego que se divulgó en Europa la feliz revolución de España acaecida en mayo de 1808, manifestó el duque de Orleans sus vivos deseos de venir a defender la justa causa de Fernando VII: con la esperanza de lograrlos pasó a Gibraltar en agosto de aquel año, acompañando al príncipe Leopoldo de Nápoles que parece tenía igual designio. Las circunstancias perturbaron los deseos de uno y otro; pero no desistió el duque de su intento. A principios de 1809, recién llegada a Sevilla la Junta Central, se presentó allí un comisionado suyo para promover la solicitud de ser admitido al servicio de España, y en efecto la promovió con la mayor eficacia, componiendo varias Memorias que comunicó a algunos miembros de la Central, especialmente a los señores Garay, Valdés y Jovellanos. No se atrevieron éstos a proponer el asunto a la Junta Central como se pedía, por ciertos reparos políticos; y a pesar de la actividad y buen talento del comisionado no llegó este asunto a resolverse, aunque se trató en la sección de Estado; pero no se divulgó.
»En julio de dicho año escribió por sí propio el duque de Orleans, que se hallaba a la sazón en Menorca, repitiendo la oferta de su persona; y expresando su anhelo de sacrificarse por la bella causa que los españoles habían adoptado. Entonces redobló el comisionado sus esfuerzos, y para prevenir cualquier reparo, presentó una carta de Luis XVIII aplaudiendo la resolución del duque, y otra de lord Portland, manifestándole en nombre del rey británico no haber reparo alguno en que pusiese en práctica su pensamiento de pasar a España o Nápoles a defender los derechos de su familia.
»En esta misma época llegaron noticias de las provincias de Francia limítrofes a Cataluña, por medio del coronel don Luis Pons, que se hallaba a esta sazón en aquella frontera, manifestando el disgusto de los habitantes de dichas provincias, y la facilidad con que se sublevarían contra el tirano de Europa, siempre que se presentase en aquellas inmediaciones un príncipe de la casa de Borbón, acaudillando alguna tropa española.
»De este asunto se trató con la mayor reserva en la sección de Estado de la junta, y se comisionó a don Mariano Carnerero oficial de la secretaría del Consejo, mozo de muchas luces y patriotismo, para que pasando a Cataluña, conferenciando con el general de aquel ejército y con don Luis Pons, y observando el espíritu de aquellos pueblos, examinase si sería bien recibido en Cataluña. Salió Carnerero a mediados de setiembre, y en menos de dos meses evacuó la comisión con exactitud, sigilo y acierto. Trató con el coronel Pons y el general Blake que se hallaban sobre Gerona, y observó por sí mismo el modo de pensar de los habitantes y de las tropas. El resultado de sus investigaciones de que dio puntual cuenta fue, que el duque de Orleans, educado en la escuela del célebre Dumouriez y único príncipe de la casa de Borbón que tiene reputación militar, sería recibido con entusiasmo en las provincias de Francia, y que en Cataluña, donde se conservan los monumentos de la gloria de su bisabuelo y la reciente memoria de las virtudes de su madre, encontraría general aceptación.
»Mientras Carnerero desempeñaba su encargo, el comisionado del duque se marchó a Sicilia, adonde le llamaban a toda priesa. En el mismo intervalo se creó en la Junta Central la comisión ejecutiva, encargada por su constitución del gobierno. En esta comisión pues, donde apenas había un miembro que tuviese la menor idea de este negocio, se examinaron los papeles relativos a la comisión de Carnerero. Todo fue aprobado y quedó resuelto se aceptase la oferta del duque de Orleans, y se le convidase con el mando de un cuerpo de tropas en la parte de Cataluña que se aproxima a las fronteras de Francia; que se previniese a aquel capitán general lo conveniente por si se verificaba; que se comisionase para ir a hacer presente a dicho príncipe la resolución del gobierno al mismo Carnerero, y que se guardase el mayor sigilo ínterin se realizase la aceptación y aun la venida del duque, por el gran riesgo de que la trasluciesen los franceses.
»Ya todo iba a ponerse en práctica cuando la desgraciada acción de Ocaña y sus fatales resultados suspendieron la resolución de este asunto, y sus documentos originales, envueltos en la confusión y trastorno de Sevilla, no se han podido encontrar. Por fortuna se salvaron algunas copias; y por ellas se pudo dar cuenta de un negocio nunca más interesante que en el día.
»El Consejo pues de Regencia, enterado de estos antecedentes, y persuadido por las noticias recientemente llegadas de Francia de todas las fronteras, y por la consideración de nuestro estado actual, de lo oportuna que sería la venida del duque de Orleans a España, determinó: que se lleve a debido efecto lo resuelto y no ejecutado por la comisión ejecutiva de la Central en 30 de noviembre de 1809; que en consecuencia, condescendiendo con los deseos y solicitudes del duque, se le ofrezca el mando de un ejército en las fronteras de Cataluña y Francia; que vaya para hacérselo presente el mismo don Mariano Carnerero encargado hasta ahora de esta comisión, haciendo su viaje con el mayor disimulo para que no se trascienda su objeto; que para el caso de aceptar el duque esta oferta, hasta cuyo caso no deberá revelarse en Sicilia el asunto a nadie, lleve el comisionado cartas para nuestro ministro en Palermo, para el rey de Nápoles y para la duquesa de Orleans madre; que se comunique desde luego todo a don Enrique O'Donnell general del ejército de Cataluña y al coronel don Luis Pons, encargándoles la reserva hasta la llegada del duque. Últimamente, para que de ningún modo pueda rastrearse el objeto de la comisión de Carnerero, se dispuso que se embarcase en Cádiz para Cartagena, donde se previene esté pronta una fragata de guerra que le conduzca a Palermo, y traiga al duque a Cataluña.»
Día 20 de junio. «A las siete de la mañana llegó a Cádiz don Mariano Carnerero comisionado a Palermo para acompañar al duque de Orleans en caso de venir, como lo había solicitado repetidas veces y con el mayor ahínco, a servir en la justa causa que defendía la España. Dijo que la fragata Venganza en que venía el duque iba a entrar en el puerto; que habían salido de Palermo en 22 de mayo y llegado a Tarragona, que era el puerto de su destino; que puntualmente hallaron la Cataluña en un lastimoso estado de convulsión y desaliento con la derrota del ejército delante de Lérida, la pérdida de esta plaza y el inesperado retiro que había hecho del ejército el general O'Donnell; que sin embargo que en Tarragona fue recibido el duque con las mayores muestras de aceptación y de júbilo por el ejército y el pueblo, que su llegada reanimó las esperanzas de aquellas gentes, y que aun clamaban porque tomase el mando de las tropas, él juzgó no debía aceptar un mando que el gobierno de España no le daba, y que aun su permanencia en aquella provincia, en una circunstancia tan crítica, podría atraer sobre ella todos los esfuerzos del enemigo. En vista de todo se determinó a venir con la fragata a Cádiz a ponerse a las órdenes del gobierno. En efecto el duque desembarcó, estuvo a ver a los miembros de la Regencia y a la noche se volvió a bordo.»
Día 28 de julio. «El duque de Orleans se presentó inesperadamente al Consejo de Regencia, y leyó una Memoria en que, tomando por fundamento que había sido convidado y llamado para venir a España a tomar el mando de un ejército en Cataluña, se quejaba de que, habiendo pasado más de un mes después de su llegada, no se le hubiese cumplido una promesa tan solemne; que no se le hubiese hablado sobre ningún punto militar, ni aun contestado a sus observaciones sobre la situación de nuestros ejércitos, y que se le mantuviese en una ociosidad indecorosa. Se quiso conferenciar sobre los varios particulares que incluía el papel y satisfacer a las quejas del duque; pero pidió se le respondiese por escrito, y la Regencia resolvió se ejecutase así reduciendo la respuesta a tres puntos: 1.º Que el duque no fue propiamente convidado sino admitido, pues habiendo hecho varias insinuaciones, y aun solicitudes por sí, y por su comisionado don Nicolás de Broval, para que se le permitiese venir a los ejércitos españoles a defender los derechos de la augusta causa de Borbón; y habiendo manifestado el beneplácito de Luis XVIII y del rey de Inglaterra, se había condescendido a sus deseos con la generosidad que correspondía a su alto carácter, explicando la condescendencia en términos tan urbanos que más parecía un convite que una admisión. 2.º Que se ofreció dar al duque el mando de un ejército en Cataluña, cuando nuestras armas iban boyantes en aquel principado y su presencia prometía felices resultados; pero que desgraciadamente su llegada a Tarragona se verificó en un momento crítico, cuando se había trocado la suerte de las armas, y se combinaron una multitud de obstáculos que impidieron cumplirle lo prometido, y que tal vez se hubieran allanado si el duque, no dándose tanta priesa a venir a Cádiz, hubiese permanecido allí algún tiempo más. 3.º Que el gobierno se ha ocupado y ocupa seriamente en proporcionarle el mando ofrecido, u otro equivalente; pero que las circunstancias no han cuadrado hasta ahora con sus medidas.»
Día 2 de agosto. «A primera hora se trató acerca del duque de Orleans, a quien por una parte se desea dar el mando del ejército, y por otra parte se halla la dificultad de que la Inglaterra hace oposición a ello. En efecto, el embajador Wellesley ha insinuado ya, aunque privadamente, que en el instante que a dicho duque se confiera cualquiera mando o intervención en nuestros asuntos militares o políticos, tiene orden de su corte para reclamarlo…»
Día 30 de setiembre. «El duque de Orleans vino a la isla de León y quiso entrar a hablar a las Cortes; pero se excusaron de admitirle, y sin avisar ni darse por entendido con la Regencia, se volvió en seguida a Cádiz. Casi al mismo tiempo se pasó orden al gobernador de aquella plaza para que con buen modo apresurase la ida del duque. Se recibió respuesta de éste al oficio que se le pasó en nombre de las Cortes, y decía en sustancia en términos muy políticos que se marcharía el miércoles 3 del próximo mes.»
Día 5 de octubre. «A la noche se recibió parte de haberse hecho a la vela para Sicilia la fragata Esmeralda que llevaba al duque de Orleans, y se comunicó inmediatamente a las Cortes.»