Tratado séptimo
De la fe
La fe, esperanza, y caridad, son ciertos preámbulos de la ley, y pertenecen a su primer precepto, o se reducen a él; y por tanto antes de tratar en particular de los preceptos del Decálogo, lo haremos de estas virtudes, dando principio por la fe, por ser ella, como dice el Santo Concilio de Trento Ses. 6. cap. 8. Humanae salutis initium.
- Cap. I. De la naturaleza, objeto, sujeto, necesidad y preceptos de la Fe
- Punto I. De la naturaleza, y división de la Fe
- Punto III. Del objeto, y sujeto de la Fe
- Punto III. De la necesidad de la Fe para salvarnos
- Punto IV. De lo que se debe creer con necesidad de precepto
- Punto V. De los preceptos de la Fe
- Punto VI. Del precepto exterius confitendi fidem
- Punto VII. Del precepto negativo exterius non negare fidem
- Punto VIII. Del precepto de no usar de las vestiduras, o de otras señales de los infieles
- Cap. I. De los vicios opuestos a la Fe
- Punto I. Naturaleza, y división de la infidelidad
- Punto II. De la comunicación con los infieles
- Punto III. De la Herejía, y Apostasía
- Punto IV. División, y penas de la herejía
- Punto V. De la obligación de denunciar a los herejes, de los sospechosos de herejía, y libros prohibidos
[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, página 168 ]