Filosofía en español 
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Tratado diez y ocho
Del séptimo y décimo precepto del Decálogo

Prohibiéndosenos en el séptimo precepto del Decálogo todo hurto: non furtum facies, Exod. 20 y 15, y en el décimo todo deseo de hurtar, non concupisces domum proximi tui... et universa quae illius sunt. Deutheronom. 5, lo cual pertenece a la justicia; trataremos primero de la naturaleza de ésta, pasando después a declarar lo que pertenece a ambos preceptos. Al presente no hablamos de la justicia en cuanto incluye el agregado de todas las virtudes, sino en cuanto es una particular, que rectifica al hombre en orden al prójimo; de la que trata el Doctor Angélico 2. 2. q. 56 y siguientes.

Cap. I. De la justicia y del derecho
Punto I. Naturaleza, y división de la justicia
Punto II. Explicase la justicia legal, distributiva, y conmutativa
Punto III. De la justicia, y vicios opuestos a ella
Cap. II. Del dominio, y posesión
Punto I. Del dominio
Punto II. Del usufructo, usunudo, enfiteusis, y feudo
Punto III. De la posesión
Punto IV. Quiénes pueden tener dominio, y de qué cosas
Punto V. Del dominio de los hijos
Punto VI. Del dominio de los religiosos
Punto VII. Del dominio de los casados, y siervos
Punto VIII. Del dominio acerca de los animales
Punto IX. De la pesca, y caza
Punto X. De los montes, selvas, y dehesas
Punto XI. De las cosas halladas
Punto XII. De la prescripción
Cap. III. Del hurto
Punto I. Definición, y división del hurto
Punto II. De la parvidad de materia en el hurto, y de los hurtos pequeños
Punto III. De los hurtos de los domésticos

[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, página 472 ]